Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191° y 192° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimientos Administrativo General, en su articulo 37º, establece que todos los procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos, deben ser considerados y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de cada entidad; y, en su articulo 38°, numeral 38.3, modificado por Ley N° 29091, establece la publicacion de diversos dispositivos legales en el MORDAZA del Estado Peruano y en los Portales Institucionales; Que, con Ordenanza Regional N° 268-2013/GRPCR del 25 de MORDAZA de 2013, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de CETICOS, Organismo Publico Descentralizado, adscrito al Gobierno Regional MORDAZA en sujecion a la Ley Nº 29014 y su Reglamento el Decreto Supremo N°019-2009-PCM; y, mediante Ordenanza Regional N° 270-2013/GRP-CR del 25 de MORDAZA de 2013 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Pliego Gobierno Regional Piura;; Que, con Oficio N° 0705-2014/GG-CETICOS-PAITA del 04 de noviembre de 2014 (HRyC N° 44629), el Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercio y Servicios de Paita ­ CETICOS PAITA, alcanza la propuesta del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de dicha entidad; Que, mediante Informe N° 0193-2014/GRP-480000 del 11 de noviembre de 2014, la Oficina Regional de Administracion concluye que el Equipo de Mejora Continua de CETICOS PAITA ha elaborado los costos de los procedimientos segun las Tablas ASME, VM, cumpliendo con la "Metodologia de determinacion de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en los MORDAZA de las Entidades Publicas"; con Informe N° 3656-2014/GRP-460000 del 20 de noviembre de 2014, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, concluye que revisada la normatividad vigente, la propuesta presentada por CETICOS PAITA debe proseguir con el tramite de aprobacion; con Informe N° 176-2014/GRP-410300 del 01 de diciembre de 2014, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional concluye que la elaboracion, adecuacion y actualizacion de los procedimientos administrativos de la propuesta presentada han sido formalizados en atencion a las disposiciones contenidas en los Lineamientos establecidos en los Decretos Supremos N° 064-2010-PCM y 007-2011PCM, recomendando al Consejo Regional su aprobacion; y con Informe N° 054-2014/GRP-200010-ACCR del 28 de noviembre de 2014, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinion favorable; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria N° 20-2014, de fecha 03 de diciembre de 2014, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL CENTRO DE EXPORTACION, TRANSFORMACION, INDUSTRIA, COMERCIALIZACION Y SERVICIOS DE PAITA CETICOS PAITA, INCLUYENDOLOS EN EL MORDAZA DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la incorporacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

del Pliego Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 270-2013/GRP-CR del 25 de MORDAZA de 2013, de 47 procedimientos administrativos del Centro de Exportacion, Transformacion, Industria, Comercializacion y Servicios de Paita - CETICOS PAITA, de acuerdo a las denominaciones descritas conforme al texto integro del "Informe Legal", "Informe Tecnico y Formatos de Sustentacion Legal y Tecnica" y "Flujogramas, Tablas ASME, Estructura de Costos y Procedimientos"; que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Encargar a Gerencia General Regional, disponga la publicacion de la presente modificacion del MORDAZA en el MORDAZA Electronico Institucional; y, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, de conformidad al articulo 4° y 3° numerales 3.1 y 3.2 del Decreto Supremo N° 004-2008/ PCM y articulo 1° de la Ley N° 29091. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA BOULANGGER Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los once dias del mes de noviembre del ano dos mil catorce MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente 1180717-1

Ordenanza que declara como "Distrito Historico de la Region Piura" a la MORDAZA de San MORDAZA de Tangarara
ORDENANZA REGIONAL Nº 303-2014/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru y modificatorias, senala que los yacimientos, restos arqueologicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliograficos y de archivo, objetos artisticos y testimonios de valor historico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nacion, independientemente de su condicion de propiedad privada o publica. Estan protegidos por el Estado; Que, la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 28296, en el articulo IV del Titulo Preliminar, dispone que se declare de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes;

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