Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2014 (24/12/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

540932
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticuatro de marzo del dos mil catorce, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en sus articulos 191 y 192 que establecen: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia", y que: "(...) Son competentes para: (...) 7) Promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustrias (...) y medio ambiente, conforme a ley". Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en su articulo 51 sobre funciones de los gobiernos regionales en materia agraria establece: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo (...)". Que, la Ley 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica o Ecologica, en su articulo 3 dispone: "La produccion organica se fundamenta en los siguientes principios: (...) c) Promover la produccion de alimentos sanos e inocuos, obtenidos en sistemas sostenibles (...) d) Promover y mantener la diversidad genetica en el sistema productivo y en su entorno (...). h) Procesar los productos organicos utilizando, siempre que sea posible, recursos renovables, y considerar el impacto social y ecologico de los sistemas de produccion y procesamiento (...)" en tanto que en su articulo 7 prescribe: "Creanse los Consejos Regionales de Productos Organicos-COREPO como entes representativos regionales, con la finalidad de fortalecer la produccion organica (...)". Asimismo, en su articulo 10 dispone: "a) Los gobiernos regionales y locales priorizaran su apoyo a la produccion organica o ecologica en sus planes, programas y proyectos. (...)". Que, con Decreto Supremo Nº 010-2012-AG, se aprueban el Reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promocion de la Produccion Organica y Ecologica, que en su articulo 14 referido a la Constitucion de los Consejos Regionales de Productos Organicos, establece: "14.1 Para establecer la institucionalidad regional en materia de produccion organica, los Gobiernos Regionales (...), constituyen los Consejos Regionales de Productos Organicos (COREPO) (...)."; asimismo, establece en el 14.3 "El Gobierno Regional respectivo constituye, mediante MORDAZA regional, el Consejo Regional de Produccion Organica de la jurisdiccion" y en su articulo 21 prescribe: "(...) 21.1 Los Gobiernos Regionales y Locales deben incluir en sus presupuestos anuales el apoyo a los proyectos de promocion y fomento de la produccion organica. (...)". Que, con Decreto Supremo Nº 044-2006-AG, Aprueban Reglamento Tecnico para los Productos Organicos, en su articulo 2 establece: "Considerese PRODUCTO ORGANICO a todo aquel producto, originado en un sistema de produccion MORDAZA o que en su transformacion emplee tecnologias que, en MORDAZA con el medio ambiente, y respetando la integridad cultural optimicen el uso de los recursos naturales y socio-economicos, con el objetivo de garantizar una produccion MORDAZA sostenible. (...)". Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 140-2013CR/GOB.REG.TACNA de fecha trece de diciembre del ano dos mil trece, se dispuso: "Articulo Primero.- REGRESAR a la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna el Dictamen Nº 009-2013CORNyGMA-CR: "CREAR EL CONSEJO REGIONAL DE PRODUCTOS ORGANICOS DE LA REGION DE TACNACOREPO TACNA" (...)". Que, la Region de Tacna tiene como una de sus actividades economicas a la agricultura, de acuerdo a las condiciones climaticas y eco sistemicas, pudiendo implementarse un proyecto alternativo denominado agricultura organica, desechando el uso de sustancias quimicas artificiales, cuidando de no contaminar el MORDAZA desde la seleccion de la propia semilla, cosecha, hasta el traslado y comercializacion en los mercados regionales y nacionales. Que, con la Creacion del Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna, se

El Peruano Miercoles 24 de diciembre de 2014

promoveran, orientaran y apoyaran la elaboracion de planes, programas mediante los cuales, se concentraran, articularan y complementaran las iniciativas interinstitucionales publicas, de manera planificada y organizada, con el proposito de lograr un impacto mayor en la produccion organica en la Region de Tacna. En virtud de ello, resulta urgente crear el Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna, para fortalecer la produccion organica, mediante la promocion y fomento de la produccion organica y ecologica. Que, la Comision Ordinaria de Desarrollo Economico del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 003-2014-CR-CODE de fecha 20 de febrero del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "CREAR EL CONSEJO REGIONAL DE PROUCTOS ORGANICOS DE LA REGION DE TACNA ­ COREPO TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 24 de marzo del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- CREAR el Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna - COREPO TACNA, como ente asesor y consultivo en materia de produccion organica, con la finalidad de promover y fortalecer el desarrollo sostenible y competitivo de la produccion organica y ecologica en la Region de Tacna. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna - COREPO TACNA estara constituido por: a) Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de Tacna. b) Un representante de la Direccion Regional de Agricultura de Tacna. c) Un representante de la Direccion Regional de Salud de Tacna. d) Un representante de la Direccion Regional de Educacion de Tacna. e) Un representante de los Gobiernos Locales f) Un representante de los Productores Organicos. g) Un representante de las empresas de transformacion de productos organicos. h) Un representante de las empresas comercializadoras de productos organicos. i) Un representante de las organizaciones sin fines de lucro de apoyo a la agricultura ecologica. j) Un representante de las Universidades. k) Un representante de las Comunidades Campesinas. l) Un representante de las Organizaciones de Usuarios de agua m) Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). La Direccion Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna, actuara como Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna ­ COREPO TACNA. Asimismo, la designacion de los miembros del COREPO TACNA se efectuara de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 29196. Articulo Tercero.- Son funciones del Consejo Regional de Productos Organicos de la Region de Tacna - COREPO TACNA las siguientes: a) Desarrollar acciones de enlace con el CONAPO para la elaboracion conjunta del Plan Nacional Concertado para la Promocion y el Fomento de la Produccion Organica o Ecologica. b) Actuar en el ambito regional como instancia asesora y consultiva en materia de produccion organica. c) Elaborar anualmente el Plan Operativo Institucional de la Produccion Organica, en el MORDAZA de los lineamientos y estrategias del Plan Nacional Concertado de Promocion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.