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El Peruano Miércoles 24 de diciembre de 2014 540934 CAMPAÑA DEL BUEN INICIO DEL AÑO ESCOLAR EN EL ÁMBITO DE LA REGIÓN TACNA que se realizará en el transcurso de los días del mes de febrero de cada año. Artículo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna determine en su presupuesto los recursos necesarios y sufi cientes para los fi nes a que se refi ere la presente norma regional. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna en coordinación con las autoridades educativas de la región, desarrollen acciones encaminadas a garantizar que los espacios de las Instituciones Educativas se encuentren en condiciones óptimas de seguridad y salubridad, para el inicio del año académico. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Regional de Educación de Tacna y las Unidades de Gestión Educativas Locales de la Región Tacna, realicen acciones que garanticen que todas y cada una de las Instituciones Educativas cuenten con el proceso de matrícula debidamente concluido, su Plan Anual de Trabajo y su Programa Curricular de Aula debidamente diversifi cado, así como de contar con sufi cientes profesores en todas las aulas de las Instituciones Educativas. Asimismo, desarrollar actividades cívico escolares específi cas, comprometiendo la participación de las autoridades de los diferentes Gobiernos Locales y la Sociedad Civil. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna en coordinación de la Dirección Regional de Educación Tacna la implementación de la presente norma regional Artículo Sexto.- EXHORTAR a los Gobiernos Locales para que en el marco de sus funciones y competencias, implementen la presente Ordenanza Regional, en sus respectivas jurisdicciones. Artículo Sétimo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Octavo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce. NOE FELIX SOTO PEREZ Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día once de noviembre del año dos mil catorce. TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1181402-2 Crean el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica de la Región de Tacna - CORCYTEC TACNA ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2014-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha veinticuatro de marzo del dos mil catorce, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 192 establece: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo (...)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 47 sobre funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología las siguientes: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología (...) de la región. (…). n) Identifi car, implementar y promover el uso de nuevas tecnologías efi caces y efi cientes para el mejoramiento de la calidad de la educación en sus distintos niveles (…)”. Que, el Decreto Supremo Nº 032-2007-ED, que Aprueba Texto Único Ordenando de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en su artículo 22 dispone: “Los Gobiernos Regionales están representados en el Consejo Directivo del CONCYTEC y en el Directorio del FONDECYT. Las instancias de los Gobiernos Regionales que ejecutan actividades de CTeI podrán convocar a las universidades, organizaciones y empresas de su jurisdicción para el cumplimiento de sus funciones”. Que, Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, “Defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional” en su artículo 2 numeral 7, establece: “(…) constituyen Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, las siguientes: (…) 7.2 Promover actividades de ciencia, tecnología e innovación tecnológica en forma desconcentrada y descentralizada, a escala nacional, regional y local, concertando con instituciones privadas la realización conjunta de programas y proyectos de innovación tecnológica”. Que, la Ley Nº 28673, Ley que Declara la Primera Semana de Noviembre como “La Semana de la Promoción y Desarrollo Científi co y Tecnológico del País”, en su artículo 1 establece: “Declárese a la primera semana de noviembre de cada año como “La Semana de la Promoción y Desarrollo Científi co y Tecnológico del País”, (...)”. Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 075-2009- PR/G.R.TACNA de fecha 13 de marzo del 2009, emitida por la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Tacna se resuelve conformar el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Región de Tacna. Que, con Ofi cio Nº045-2013-ILPC-CR/GOB.REG. TACNA de fecha 28 de Octubre del 2013, emitido por el Consejero Regional del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, Iván Luis Pérez Cárdenas a través del cual remite la propuesta de Ordenanza Regional: “CREAR EL CONSEJO REGIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA DE LA REGION DE TACNA”. Que, los estímulos a la investigación científi ca, al desarrollo tecnológico y a la innovación, repercutirán positivamente en mayores niveles de productividad y competitividad y consecuentemente en superiores tasas de crecimiento económico; por lo que, en este contexto resulta necesario constituir mediante ordenanza regional, norma con rango de ley, el Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación de Tacna - CORCYTEC TACNA, que permitirá tener un espacio de concertación entre las instituciones públicas, privadas y sociedad civil que impulsen y canalicen el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación y enriquezca las capacidades para generar y utilizar los conocimientos científi cos y tecnológicos, en el desarrollo de nuestra región. Que, con el Ofi cio Nº 3069-2013-SGPIE-GRDE/GOB. REG.TACNA de fecha 15 de agosto del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del G.R.T. que remite el Informe Nº 021-2013-SAA-SGPIE- GRDE/GB.REG.TACNA, de fecha 12 de agosto del 2013; el Informe Nº 013-2013-WFCL-GRDS/GRT, de fecha 21 de octubre del 2013; el Ofi cio Nº 1689-2013-GRDS/GOB. REG.TACNA de fecha 24 de octubre del 2013 emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Social del G.R.T.; y