Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

516975
Articulo Segundo.- ABRIR la partida correspondiente para que dicha persona juridica realice encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de MORDAZA, asignandole como codigo de identificacion el Registro Nº 252-REE/ JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1042649-1

YACHAY S.R.L. (IMAC YACHAY S.R.L.), solicito la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras de la referida encuestadora. Sin embargo, al no cumplir con los requisitos establecidos en el articulo 6 de la Resolucion Nº 50112010-JNE, Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resuelve requerir, mediante Auto Nº 1, de fecha 17 de setiembre de 2013, a la referida persona juridica para que cumpla, dentro del plazo senalado, con remitir la documentacion faltante. De esta manera, con fecha 16 de octubre de 2013, la persona juridica Investigacion de Mercados & Analistas Consultores YACHAY S.R.L. (IMAC YACHAY S.R.L.) cumplio con remitir la documentacion solicitada, subsanando las observaciones advertidas, acreditando al profesional MORDAZA MORDAZA Copa MORDAZA, licenciado en Ingenieria estadistica, adjuntando la MORDAZA de habilitacion emitida por el Colegio de Ingenieros del Peru, en la que se aprecia que esta inscrito en dicho gremio con el Registro Nº 86411. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo con los numerales 1 y 3 del articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 5, literal l de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, este organo constitucional tiene la funcion de fiscalizar la legalidad del MORDAZA electoral y velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el articulo 18 de la Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Organica de Elecciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones mantiene el Registro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitos y procedimientos de inscripcion, asi como tambien establece que solo podran publicarse encuestas de personas naturales o juridicas que cuenten con inscripcion vigente en el referido registro. 2. En ese sentido, en el Reglamento se establecen el procedimiento y los requisitos de inscripcion de las personas juridicas o naturales que pretendan realizar encuestas y proyecciones sobre intencion de MORDAZA, asi como lo referente a la publicacion, difusion y al procedimiento de sancion por la infraccion de estas normas. El articulo 6 del Reglamento establece que con la solicitud de inscripcion debe presentarse lo siguiente: a) nombre o razon social de la encuestadora; b) MORDAZA del documento nacional de identidad del solicitante; c) testimonio de la escritura publica de constitucion social de la empresa inscrita en los Registros Publicos, en el que conste, como parte del objeto social, la realizacion de encuestas o proyecciones de cualquier naturaleza sobre intencion de voto; d) domicilio del representante y del establecimiento en donde funcione la encuestadora; e) pago de la tasa correspondiente; y f) acreditacion de un profesional colegiado en Economia o especialista en Estadistica, para llevar a cabo las encuestas. 3. De lo MORDAZA expuesto, dado que se ha cumplido con presentar los requisitos senalados en el Reglamento, acreditando a un profesional calificado (fojas 40) y presentando el recibo por el pago de la tasa correspondiente (fojas 29), este Supremo Tribunal Electoral considera que debe estimarse la solicitud de inscripcion presentada, asignar un numero de registro y abrir la partida correspondiente. 4. Finalmente, cabe senalar que la inscripcion otorgada perdera vigencia luego de transcurridos tres anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente resolucion, de conformidad con el articulo 5 del citado reglamento. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- INSCRIBIR en el Registro Electoral de Encuestadoras a la persona juridica Investigacion de Mercados & Analistas Consultores YACHAY S.R.L. (IMAC YACHAY S.R.L.), la que debera sujetar su actividad a las reglas establecidas en las normas electorales respectivas.

Declaran fundado recurso de apelacion y revocan la Res. Nº 002-2013-2JEELO/ JNE, emitida por el MORDAZA Juzgado Electoral Especial de MORDAZA Oeste
RESOLUCION Nº 1070-2013-JNE Expediente Nº J-2013-1393 MORDAZA JEE DE MORDAZA OESTE (043-2013) MIRAFLORES MORDAZA, seis de diciembre de dos mil trece VISTO en audiencia publica de la fecha, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, contra la Resolucion Nº 002-2013-2JEELO/JNE, de fecha 29 de octubre de 2013, emitida por el MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Oeste, sobre infraccion del Reglamento de Publicidad Estatal en Periodo Electoral, en el MORDAZA de las Nuevas Elecciones Municipalidades para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA 2013. ANTECEDENTES Respecto del informe del fiscalizador distrital Mediante el Informe Nº 07-2013-WMHP-FD-2º JEE MORDAZA OESTE/JNE, del 24 de octubre de 2013 (fojas 2 a 5), elaborado por el fiscalizador distrital de Miraflores, se puso en conocimiento del MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Oeste (en adelante SJEELO), la existencia de cuatro paneles publicitarios ubicados en la avenida MORDAZA MORDAZA, cuadra 1, avenida MORDAZA y Bolona, cuadra 3, avenida MORDAZA, cuadra 59, y avenida MORDAZA MORDAZA, cuadra 2. Agrega el fiscalizador distrital que en dicha publicidad estatal se advierte la frase "Estamos trabajando para tener calles sin stress", acompanado de un corazon formado de hojas verdes de vegetales y los lemas "Miraflores con mas corazon", "Estamos en tu corazon", lo cual, a consideracion del citado fiscalizador, tendria relacion con el simbolo de la agrupacion politica Somos Peru, a la cual pertenece el actual MORDAZA y la mayoria de los regidores de la Municipalidad Distrital de Miraflores; asimismo, dicho partido politico presenta candidatos en el MORDAZA electoral de Nuevas Elecciones Municipalidades para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA a realizarse el 24 de noviembre de 2013. Dichos paneles estarian colocados, segun lo informado por el fiscalizador distrital por mas de cinco meses atras aproximadamente. Respecto al inicio del determinacion de infraccion procedimiento de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.