Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

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Que mediante Proveido s/n de fecha 11 de febrero del 2014, el Despacho Rectoral autoriza la emision de la Resolucion Rectoral en el sentido de dejar en suspenso la aplicacion del MORDAZA 2013 aprobado con Resolucion Rectoral Nº 00455-R-14 del 29 de enero del 2014, restituyendose la vigencia del MORDAZA 2008 aprobado con Resolucion Rectoral Nº 01545-R-08 del 04 de MORDAZA del 2008; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: 1º.- Dejar en suspenso la aplicacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2013, aprobado con Resolucion Rectoral Nº 00455-R-14 del 29 de enero del 2014; por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 2º.- Restituir la vigencia del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, aprobado con Resolucion Rectoral Nº 01545-R-08 del 04 de MORDAZA del 2008, y sus modificatorias; por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion. 3º.- Encargar a la Secretaria General de la Universidad la publicacion de lo resuelto por la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina General de Imagen Institucional su publicacion en la pagina web de la Universidad. 4º.- Encargar a las Facultades y Dependencias Administrativas de la Universidad, el cumplimiento de la presente Resolucion Rectoral. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 1050650-1

perjuicio de ampliar sus alcances conforme se determinen otras zonas con las caracteristicas necesarias para tales fines. Setima.- Las diligencias judiciales se seguiran comisionando mediante exhorto en todos los Distritos Judiciales, tal como viene ocurriendo hasta la fecha, de conformidad con el Acuerdo de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de fecha 7 de enero de 2004; quedando prohibida la realizacion de notificaciones via exhorto dentro del Distrito Judicial en las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, Callao, MORDAZA Norte y MORDAZA Sur, manteniendose en el resto de las Cortes Superiores de la Republica. Octava.- La Autorizacion Judicial de Viaje de Menor es un MORDAZA no contencioso; en tal sentido, el pago del arancel judicial que corresponda se sujetara a los procesos no contenciosos en lo que sea aplicable. Novena.- El plazo de vigencia del arancel judicial es de un ano calendario, periodo que es computado a partir de la fecha en que el justiciable efectua el pago correspondiente en el Banco de la Nacion o entidad financiera designada. Decima.- Autoricese al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a actualizar los valores de los Aranceles Judiciales aprobados de acuerdo al incremento del valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP). Undecima.- Deroguese las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1050092-3

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Dejan en suspenso aplicacion del MORDAZA 2013 y restituyen vigencia del MORDAZA 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 00675-R-14 MORDAZA, 11 de febrero del 2014 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 00334-OGPL-14 de la Oficina General de Planificacion, sobre solicitud de dejar en suspenso la Resolucion Rectoral Nº 00455-R-14 del 29 de enero del 2014. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Rectoral Nº 00455-R14 del 29 de enero del 2014, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2013 de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, con vigencia a partir del 29 de enero del 2014; Que con Oficio Nº 618-OGPL-2014, el Jefe (e) de la Oficina General de Planificacion, organo responsable del sustento tecnico del MORDAZA, solicita al Rectorado se deje en suspenso la aplicacion del MORDAZA 2013 aprobado con Resolucion Rectoral Nº 00455-R-14 del 29 de enero del 2014, con la finalidad de efectuar una revision del contenido de dicho documento hasta contar con una decision concertada en su aplicacion, dentro del MORDAZA normativo establecido y de acuerdo a las coordinaciones pertinentes con la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros (SGP-PCM);

Instauran procesos administrativos disciplinarios a estudiantes y docentes de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 923-2013-R Callao, 17 de octubre del 2013 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 164-2013-TH/UNAC recibido el 20 de agosto del 2013, mediante el cual el Presidente del Tribunal de Honor, remite el Informe Nº 10-2013-TH/UNAC sobre instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Codigo Nº 032493-C y YHONATHAN MORDAZA PACARA MORDAZA, con codigo Nº 072600-E, ambos de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, Escuela Profesional de Ingenieria Electrica. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Universitario Nº 1592003-CU del 19 de junio del 2003, se aprobo el "Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes", donde se MORDAZA los procedimientos a ser cumplidos por el Tribunal de Honor de nuestra Universidad, para el tramite adecuado y oportuno de los procesos administrativos disciplinarios de los docentes y estudiantes de esta MORDAZA Superior de Estudios; el cual se inicia con la calificacion de las denuncias, dictamen sobre la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario, la conduccion de estos procesos y la emision de la Resolucion respectiva, sea de sancion o absolucion, segun sea el caso, a aplicar por el Tribunal de Honor; Que, con escrito recibido en la Escuela Profesional de Ingenieria Electrica de la Facultad de Ingenieria Electrica

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