Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2014 (15/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Sabado 15 de febrero de 2014

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de Honor remite el Informe Nº 008-2013-TH/UNAC sobre la no instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los profesores Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. EGARD MORDAZA PINTADO MORDAZA y los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHIUYARE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Facultad de Ciencias Administrativas. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Universitario Nº 1592003-CU del 19 de junio del 2003, se aprobo el "Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes", donde se MORDAZA los procedimientos a ser cumplidos por el Tribunal de Honor de nuestra Universidad, para el tramite adecuado y oportuno de los procesos administrativos disciplinarios de los docentes y estudiantes de esta MORDAZA Superior de Estudios; el cual se inicia con la calificacion de las denuncias, dictamen sobre la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario, la conduccion de estos procesos y la emision de la Resolucion respectiva, sea de sancion o absolucion, segun sea el caso, a aplicar por el Tribunal de Honor; Que, con Escrito recibido en la Facultad de Ciencias Administrativas el 13 de MORDAZA del 2012, once (11) Consejeros del Consejo de Facultad de dicha unidad academica comunican al Decano y Presidente del Consejo de Facultad que "Los miembros del Consejo de Facultad abajo firmantes manifestamos ante la situacion de desgobierno por la que atraviesa nuestra Facultad y al MORDAZA del Articulo 152º del Estatuto de la Universidad nos autoconvocamos a sesion extraordinaria de Consejo de Facultad para el dia jueves 19 de MORDAZA a las 16:00 horas en el Auditorio de la Facultad de Ciencias Administrativas, teniendo como punto de agenda el siguiente: 1. Gestion del Decano de la FCA"; formando dicho documento los profesores Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANTE, Mg. MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. EGARD MORDAZA PINTADO MORDAZA, asi como los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHIUYARE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALARCON; obrando a folios 25 de los actuados el Registro de Asistencia a la sesion convocada, figurando las firmas de los precitados Consejeros; obrando a folios 20 al 23 de los actuados MORDAZA del Acta de la acotada sesion extraordinaria, en la que se consigna el acuerdo de declarar la vacancia del Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas, Dr. MORDAZA MORDAZA GOMEZ; asimismo, que el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue designado como Decano encargado y acepto encargarse de convocar a elecciones MORDAZA de los quince dias, en concordancia con el Art. 179º del Estatuto; Que, con Escrito (Expediente Nº 16693) recibido el 25 de MORDAZA del 2012, los profesores Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lic. Adm. MORDAZA DE MORDAZA GARIVAY MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA, Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA IPANAQUE; asi como el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Decano y Secretario Docente de la Facultad de Ciencias Administrativas, respectivamente, solicitan se aperture MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los docentes Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mg. EGARD MORDAZA PINTADO MORDAZA y a los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHIUYARE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya reprochable conducta injustificada, segun manifiestan, fomenta el caos y el desgobierno en su Facultad, por lo que solicitan se les aperture inmediato MORDAZA administrativo; Que, argumentan su pedido manifestando que ha circulado la Citacion Nº 01-2012-D(e)-CF-FCA-UNAC suscrita por el profesor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

asimismo, se regira supletoriamente por los principios generales del derecho y demas leyes, y normas vigentes sobre la materia para docentes y estudiantes; Que, asimismo, el Art. 18º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes establece que "El expediente conteniendo la denuncia sobre presuntas faltas cometidas para el estudio sobre la procedencia o no de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario, debera adjuntarse, segun sea el caso, un informe con la fundamentacion y documentacion respectiva; asimismo, se adjunta, en caso de estudiantes, el informe academico emitido por la Oficina de Archivo General y Registros Academicos."(Sic); por lo que, no obrando en autos dicho informe, es pertinente que sea solicitado a la citada dependencia de esta MORDAZA Superior de Estudios; Estando a lo glosado; al Informe Legal Nº 719-2013-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 27 de agosto del 2013; a la documentacion sustentatoria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO a los estudiantes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Codigo Nº 032493-C y YHONATHAN MORDAZA PACARA MORDAZA, con codigo Nº 072600-E, ambos de la Facultad de Ingenieria Electrica y Electronica, Escuela Profesional de Ingenieria Electrica, de acuerdo a lo recomendado por el Tribunal de Honor mediante Informe Nº 10-2013-TH/UNAC de fecha 10 de junio del 2013, y por las consideraciones expuestas en la presente Resolucion, MORDAZA que sera conducido por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacional del Callao. 2º DISPONER, que los citados estudiantes procesados, para fines de su defensa, deben apersonarse a la oficina del Tribunal de Honor de nuestra Universidad, dentro de los diez (10) dias habiles que corren a partir de la notificacion de la presente Resolucion, a efectos de recabar el pliego de cargos para la formulacion de los descargos, los cuales deben presentar, debidamente sustentado, dentro de los cinco (05) dias habiles, contados a partir de la fecha de la notificacion del pliego de cargos; asimismo, si los estudiantes procesados no se han apersonado al Tribunal de Honor, o no quisieron recibir los pliegos de cargos o los mismos no han sido absueltos o contestados dentro de los plazos senalados, los procesados son considerados rebeldes, y se resolvera la causa con la documentacion que obra en el Tribunal de Honor, en cumplimiento de los Arts. 25º y 27º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes de nuestra Universidad. 3º DISPONER, que la Oficina de Archivo General y Registros Academicos, remita al Tribunal de Honor los respectivos Informes Academicos de los estudiantes procesados conforme a lo dispuesto en el Art. 18º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes y Estudiantes aprobado por Resolucion Nº 159-2003-CU del 19 de junio de 2003. 4º TRANSCRIBIR la presente Resolucion a las dependencias academico-administrativas de la Universidad, ADUNAC, representacion estudiantil, e interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Rector 1050396-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 968-2013-R Callao, 31 de octubre del 2013 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 147-2013-TH/UNAC recibido el 24 de MORDAZA del 2013, por medio del cual el Presidente del Tribunal

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