Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

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ANEXO CAPITULO II "DE LOS PARTICIPANTES" MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º Y 10º Y ELIMINACION DEL ARTICULO 11º CAPITULO II: DE LOS PARTICIPANTES
Articulo 3º.- MORDAZA de admision Las personas juridicas, nacionales o extranjeras, comprendidas en el articulo 1º, que deseen ser admitidas como Participantes Directos o Indirectos, deberan presentar a CAVALI, para su aprobacion, los siguientes documentos: a. Solicitud de admision suscrita por el representante legal o apoderado con poderes suficientes de representacion de la persona juridica (Anexo 1 de la Disposicion Vinculada Nº 01). b. Vigencia de poder otorgada a favor del representante legal o apoderado que firma la solicitud de admision, emitida por Registros Publicos, con una antiguedad no mayor a treinta (30) dias calendario. En el caso de personas juridicas extranjeras debera presentar vigencia de poder o documento similar del representante legal o apoderado que firma la solicitud de admision, emitido por una entidad de su MORDAZA similar a los Registros Publicos del Peru. c. MORDAZA simple del documento de identidad del representante legal o apoderado. d. MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion social y del estatuto social vigente del postulante, con la debida MORDAZA de inscripcion en Registros Publicos del Peru o entidad similar en caso de ser extranjero. e. MORDAZA simple de la resolucion mediante la cual su organo supervisor le otorgo la autorizacion de funcionamiento o acto similar, segun corresponda. f. MORDAZA simple de los Estados Financieros Auditados al cierre del ultimo ejercicio, remitidos a su organo supervisor y, en los casos en que sus respectivas autoridades supervisoras asi lo exijan, la clasificacion de riesgo otorgada por una empresa especializada. Se debera adjuntar el analisis de sus ratios financieros patrimoniales, los cuales deberan contar con la opinion favorable de los auditores externos. Para el caso de postulantes constituidos dentro del ejercicio fiscal de MORDAZA de su solicitud de admision, la informacion financiera a que se refiere el parrafo precedente, podra ser la de su constitucion social o el ultimo estado trimestral disponible, segun corresponda. g. Declaracion Jurada de que se cumplen los requisitos exigidos para ser Participantes en lo que se refiere a los aspectos operativos e informaticos (Anexo 3 de la Disposicion Vinculada Nº 1). h. Declaracion Jurada de cumplimiento de la Normativa FATCA, en concordancia con la normativa peruana, suscrita por el representante legal o apoderado con poderes suficientes de representacion de la persona juridica, adjuntando obligatoriamente los documentos que estas senalen (Anexo 5 de la Disposicion Vinculada Nº 01). i. Ficha de Registro de Firmas acreditando a las personas autorizadas ante CAVALI, debidamente completada y suscrita por el representante legal, de acuerdo a lo senalado en la Disposicion Vinculada Nº 03. Se deberan adjuntar los poderes de representacion de quienes se encuentran en el Registro de Firmas como personas autorizadas ante CAVALI. j. Declaracion Jurada de que los directores y gerentes del Participante cumplen con el criterio de idoneidad moral (Anexo 6 de la Disposicion Vinculada Nº 01). Para el caso de las personas juridicas extranjeras, ademas de los documentos senalados precedentemente, deberan presentar lo siguiente: a. Declaracion Jurada suscrita por el representante legal o apoderado con poderes suficientes, en la que senale su sometimiento a la jurisdiccion peruana, por lo que de presentarse algun conflicto sera resuelto en los tribunales nacionales. b. Comunicacion de organo supervisor del postulante extranjero, que senale la vigencia de la autorizacion de funcionamiento del postulante y la indicacion de que es el encargado de regular las actividades del mismo. c. Informe legal suscrito por un estudio de abogados externo, que senale a satisfaccion de CAVALI, entre otras

la facultad de Cavali S.A. ICLV para inhabilitar codigos del Registro Unico de Titulares en determinados supuestos de incumplimiento de los requisitos exigidos para dicho registro; actualizar los tipos de transferencias de valores que dicha institucion registra considerando la nueva normativa aplicable a los valores de deuda publica; y, contemplar todos los supuestos de cambio de titularidad a que hace referencia el articulo 11º de las Normas relativas a la Negociacion Fuera de MORDAZA de Valores inscritos en Bolsa, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 027-95EF/94.10.0; Que, el Capitulo VI "De los Servicios Vinculados al Registro Contable" se modifica con el fin de incorporar la obligacion del emisor de valores representados por anotacion en cuenta en el registro contable que lleva Cavali S.A. ICLV de realizar la entrega de beneficios en efectivo, redenciones u otros derechos similares a traves de dicha institucion de compensacion y liquidacion de valores, en concordancia con la modificacion del articulo 209º de la Ley del MORDAZA de Valores, dispuesta por la Ley de Promocion del MORDAZA de Valores, Ley Nº 30050; Que, la modificacion del Capitulo XIV "Del Servicio de Matricula" tiene por objeto ampliar el alcance del servicio de matricula, de manera que el servicio no solo se circunscriba a la administracion de la matricula del emisor de acciones representadas mediante certificados fisicos inscritos en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, sino que tambien pueda comprender a emisores de acciones representadas mediante anotacion en cuenta siempre que se encuentren en las cuentas del emisor, otorgando de esta manera atencion a los accionistas de estos emisores, como parte del servicio de matricula, sin que ello involucre costo adicional para los primeros; Que, la modificacion de los articulos 1º, 2º, 5º, 7º, 9º, 10º, 15º y 16º del Capitulo XV "Del MORDAZA Integrado Latinoamericano" busca adecuar dicho capitulo a lo dispuesto por la Resolucion SMV Nº 003-2014-SMV/01, que modifica el Reglamento del MORDAZA Integrado a traves del Enrutamiento Intermediado -actualmente Reglamento del MORDAZA Integrado Latinoamericano - a fin de posibilitar la incorporacion de otras modalidades de liquidacion empleadas en las operaciones realizadas en MORDAZA de bolsa; Que, de la evaluacion de la documentacion y el sustento presentado, se concluye que Cavali S.A. ICLV ha cumplido con los requisitos establecidos para la modificacion de reglamentos internos de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores, y con difundir previamente las referidas modificaciones; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 228º de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Legislativo Nº 861; el articulo 26º del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 031-99-EF/94.10; y el numeral 7 del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, asi como a lo acordado por el Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en su sesion del 30 de octubre de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los articulos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10´, asi como eliminar el articulo 11º del Capitulo II "De los Participantes"; los articulos 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 10º del Capitulo IV "Del Registro Contable"; el Capitulo VI "De los Servicios Vinculados al Registro Contable"; el Capitulo XIV "Del Servicio de Matricula"; y, los articulos 1º, 2º, 5º, 7º, 9º, 10º, 15º y 16º del Capitulo XV "Del MORDAZA Integrado Latinoamericano" del Reglamento Interno de Cavali S.A. ICLV, cuyos textos se detallan en el Anexo de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a Cavali S.A. ICLV. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores

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