Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2014 (12/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Miercoles 12 de noviembre de 2014

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s. Responsabilizarse por la autenticidad, veracidad y vigencia de la documentacion presentada a CAVALI, para el registro de cambios de titularidad e inscripcion de Afectaciones, los cuales se regulan en las disposiciones dictadas en el Capitulo Del Registro Contable del Reglamento Interno. t. Efectuar la devolucion de cualquier suma de dinero que pudiera haber sido entregada en exceso a la proporcion que le corresponda a los titulares por concepto de los Pagos de beneficios de Valores cuyos Emisores hayan suscrito contrato con CAVALI, o como consecuencia de recibir el servicio de la cuenta que CAVALI mantiene en otros depositos del exterior. Esta obligacion se mantiene cuando la entrega en exceso se MORDAZA producido por error no atribuible a CAVALI. En los casos en que los Pagos excedan la proporcion que corresponda, CAVALI tendra un plazo MORDAZA de hasta (3) dias desde la fecha de pago, para requerir por escrito al Participante la devolucion, debiendo este en un plazo MORDAZA de dos (2) dias de ser requerido, efectuar la devolucion de la suma de dinero entregada en exceso. En caso la entrega en exceso se deba a un error de CAVALI, el Participante brindara sus mejores oficios y facilidades a CAVALI, para la recuperacion de la suma de dinero entregada en exceso. u. En el caso de valores emitidos por Emisores con contrato suscrito con CAVALI, o en el caso de recibir el servicio de la cuenta que CAVALI mantiene en otros depositos del exterior, el Participante debera verificar y revisar que los valores entregados, por todo concepto, por CAVALI, se encuentran de acuerdo a las autorizaciones, solicitudes y tenencia de valores, siendo responsables de la devolucion inmediata a CAVALI de los valores que se le hubiese entregado en exceso, mas los beneficios respectivos, de ser el caso, en la medida que CAVALI notifique al Participante la devolucion en el plazo MORDAZA de tres (3) dias. Esta obligacion se mantiene cuando la entrega en exceso de valores se MORDAZA producido por error no atribuible a CAVALI. En este sentido, una vez notificado el Participante, CAVALI procedera con la regularizacion de inmediato en la Cuenta del Titular y Cuenta Matriz correspondiente, mediante los cargos correspondientes en dichas cuentas detrayendo el exceso de los valores acreditados. En caso los referidos valores no se encuentren disponibles, el Participante se obliga a restituir, a su costo, la cantidad de valores correspondiente mas los beneficios respectivos, de ser el caso; lo cual debera ser acreditado en su Cuenta Matriz en un plazo que no excedera de quince (15) dias de recibida la notificacion de CAVALI. Transcurrido el plazo con que cuenta CAVALI para la mencionada notificacion al Participante y si los valores en reclamo se encontraran en calidad de disponibles en su Cuenta Matriz, se procedera de acuerdo a lo senalado en el parrafo anterior. En caso la entrega en exceso de valores se deba a un error de CAVALI, o en caso el Participante no cuente con los valores en calidad de disponibles, este ultimo brindara sus mejores oficios y facilidades a CAVALI, para la recuperacion de los valores entregados en exceso. v. En los casos en que los custodios u otros depositos del exterior apliquen cargos en las cuentas que CAVALI mantiene en dichas entidades, en merito a la normativa que los rige, como consecuencia del procesamiento de eventos corporativos u otros procesos, respecto de valores extranjeros registrados en dichas cuentas, CAVALI procedera a solicitar al Participante el respectivo reembolso, quedando este obligado a realizar el pago correspondiente en un plazo de 3 dias utiles de solicitado, sin perjuicio de la facultad de estos ultimos de repetir contra los titulares finales de dichos valores. En caso los Participantes no cumplan con realizar el reembolso a CAVALI, esta podra iniciar las acciones de cobro que le faculta la normativa legal vigente. w. Entregar de inmediato a los Titulares registrados en su Cuenta Matriz, los Pagos recibidos por parte de CAVALI, siendo responsables de la oportuna entrega. x. Devolver oportunamente a CAVALI, mediante cheques o depositos en cuenta, los dividendos u otros beneficios, que no hubieran sido recogidos por los Titulares o beneficiarios. y. Responsabilizarse del correcto uso, custodia, seguridad, manejo y confidencialidad de las claves de acceso asignadas por CAVALI para su acceso al Sistema, lo cual incluye pero no limita la obligacion de modificar

j. Presentar la informacion requerida por CAVALI para su evaluacion como Participante. k. Enviar a CAVALI, toda la documentacion que sustente la solicitud de Inscripcion de gravamenes o derechos, bajo su responsabilidad, a mas tardar al dia siguiente de conocido el hecho. l. Mantener bajo reserva la informacion contenida en su Cuenta Matriz y a la que tiene acceso a traves del Sistema. Dicha informacion y datos no podran ser vendidos, comercializados, distribuidos o ser objeto de difusion publica, en forma alguna. Asimismo, se encuentra prohibida su reproduccion o utilizacion, para fines distintos a los previstos por la reglamentacion de la materia respecto de los servicios que presta el Participante. Es en especial, responsable de cualquier efecto derivado de actos y decisiones que realice o MORDAZA sobre la base de informacion recibida a traves del acceso al Sistema. CAVALI podra efectuar las auditorias que considere convenientes en los Sistemas del Participante a los efectos del control de lo estipulado en el presente literal. CAVALI se reserva el derecho de suspender la prestacion del servicio al Participante en caso los resultados de las auditorias revelen algun incumplimiento del presente literal. m. Suscribir un contrato con los Titulares cuyos valores registre en su Cuenta Matriz, en merito a lo dispuesto por el articulo 222º de la Ley, en el que debera constar como minimo el derecho de los mismos a lo siguiente: 1. Recibir toda la informacion concerniente a los Valores Anotados en Cuenta registrados en la Cuenta Matriz del Participante, asi como, de la realizacion de todo evento corporativo o situacion extraordinaria a que pudiera tener derecho el Titular. 2. Traspasar sus valores a la Cuenta Matriz de un Participante o a la Cuenta de Emisores, conforme a lo requerido por los Titulares, dentro de los plazos senalados en el Capitulo De las Cuentas del Reglamento Interno. 3. Recibir oportunamente los fondos provenientes de algun MORDAZA corporativo o situacion extraordinaria, siempre que el Emisor MORDAZA cumplido en los plazos establecidos con poner a disposicion de CAVALI los fondos necesarios para el cumplimiento oportuno de los Pagos. 4. Que se traslade a CAVALI los datos proporcionados por los Titulares, para la actualizacion del Registro Unico de Titulares. 5. Recibir un trato equitativo y no discriminatorio. 6. Que la informacion sobre sus datos personales, valores, transacciones o cualquier otra informacion de este, a la que el Participante tenga acceso, se mantenga en reserva y no sea utilizada para fines ajenos a aquellos para los cuales fue proporcionada, salvo expresa autorizacion del Titular, esto de conformidad a la regulacion vigente sobre proteccion de datos personales. 7. Recibir informacion sobre cualquier modificacion respecto de los responsables del manejo de sus valores y de los cambios domiciliarios y telefonicos que se sucedan. 8. Recibir informacion oportunamente sobre las modificaciones que se produzcan en el MORDAZA, en aspectos reglamentarios, en estructuras tarifarias y de cualquier otro acto o hecho que los afecten. n. Realizar pruebas por lo menos una vez al ano de los planes de contingencia informaticos y operativos, teniendo CAVALI acceso a los resultados de dichas pruebas. o. Cumplir con la observancia de las Normas o Codigos de Conducta que le son exigibles de acuerdo a la normativa que le resulte aplicable. p. Mantener informados a sus Titulares de los alcances de los servicios descritos en el Reglamento Interno, asi como proporcionarles toda la informacion relativa a los mismos, en lo que corresponda. q. Verificar la autenticidad e integridad de los Valores Anotados en Cuenta que entregue a CAVALI para su incorporacion al Registro Contable, responsabilizandose por estos ante CAVALI, hasta el perfeccionamiento del registro. Asimismo, el Participante se obliga a informar a sus Titulares que solo podran transferir tales valores una vez perfeccionada la incorporacion, en cuyo caso los valores de que se trate apareceran en la cuenta respectiva como "disponibles". r. Responsabilizarse por la autenticidad, veracidad y vigencia de las instrucciones y ordenes que reciban de sus Titulares respecto de los Valores Anotados en Cuenta de propiedad de los mismos, asi como de la capacidad y autoridad de los representantes de los Titulares, que a nombre de ellos cursen las instrucciones y ordenes.

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