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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Domingo 14 de setiembre de 2014 532496 Artículo 2°.- DE LA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR DEL HOGAR EN LAS DECLARACIONES La modifi cación y/o inclusión del tipo y/o número del documento de identidad del trabajador del hogar en las declaraciones juradas mensuales correspondientes a los periodos tributarios de enero de 2009 y siguientes se realiza a través de SUNAT Virtual mediante el Formulario Virtual Nº 1601 – Corrección y/o Actualización de Datos de Identifi cación. Artículo 3°.- DE LA CONDICIÓN PARA REALIZAR LA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR DEL HOGAR EN LAS DECLARACIONES De corresponder la modifi cación del tipo y/o número del documento de identidad del trabajador del hogar también en el Registro, esta debe realizarse previamente a la modifi cación y/o inclusión del tipo y/o número del documento de identidad de dicho trabajador en las declaraciones juradas mensuales. De no cumplir el empleador con lo dispuesto en el párrafo precedente, el sistema de la SUNAT rechaza la presentación del Formulario Nº 1601 – Corrección y/o Actualización de Datos de Identifi cación. Artículo 4°.- DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORES DEL HOGAR EN LAS DECLARACIONES Para realizar la modifi cación y/o inclusión de los datos del tipo y/o número de documento de identidad, el empleador sigue el siguiente procedimiento: i) Ingresa a SUNAT Operaciones en Línea, con su código de usuario y Clave SOL. ii) Ubica el Formulario Virtual Nº 1601 – Corrección y/o Actualización de Datos de Identifi cación. iii) Ingresa los datos del tipo y/o número de documento de identidad del trabajador del hogar respecto del cual se modifi can y/o incluyen los datos, según lo solicitado por el sistema. iv) Selecciona las declaraciones en las que se debe efectuar la modifi cación y/o inclusión de los datos del tipo y/o número de documento de identidad, sea que estas hubieran sido presentadas utilizando el Formulario Nº 1076 – Trabajadores del Hogar y/o el Sistema Pago Fácil que genera el Formulario Nº 1676 – Trabajadores del Hogar y/o el Formulario Virtual Nº 1676 – Trabajadores del Hogar. Una vez concluida la presentación del Formulario Virtual Nº 1601 – Corrección y/o Actualización de Datos de identifi cación, el sistema de la SUNAT genera una constancia que contendrá el detalle de lo informado y el número de operación, la cual podrá ser impresa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entra en vigencia a partir del 15 de setiembre de 2014. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- FORMULARIOS VIRTUALES Nº 1693 PRESENTADOS CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN Los Formularios Virtuales Nº 1693 presentados con anterioridad a la vigencia de la presente resolución, a fi n de modifi car y/o incluir el tipo y/o número de documento de identidad del trabajador del hogar en las declaraciones juradas mensuales, se resuelven de acuerdo al procedimiento regulado en la Resolución de Superintendencia Nº 132-2004/SUNAT. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 245-2008/SUNAT Sustitúyase los numerales 5.1.1 y 5.1.2 del artículo 5° de la Resolución de Superintendencia Nº 245-2008/ SUNAT, por los siguientes textos: “Artículo 5°.- MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE DATOS 5.1 Para períodos tributarios de enero de 2009 y siguientes: (…) 5.1.1 De tratarse de la declaración presentada a través del Sistema Pago Fácil, se podrá modifi car la siguiente información: a) Código de Inscripción del empleador del trabajador del hogar. b) Período tributario. c) La indicación de si se trata de una declaración rectifi catoria o sustitutoria. 5.1.2 De tratarse del Formulario Nº 1076 – Trabajadores del Hogar, se podrá modifi car y/o incluir la siguiente información: a) Tipo de documento de identidad del empleador (casilla 50). b) Número de documento de identidad del empleador (casilla 51). c) Periodo tributario (casilla 7). d) Número de teléfono (casilla 28). e) Número de declaración que se rectifi ca o sustituye, de ser el caso (casilla 05).” Segunda.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 091-2011/SUNAT Sustitúyase el segundo párrafo de la primera disposición complementaria fi nal de la Resolución de Superintendencia Nº 091-2011/SUNAT, por el siguiente texto: “Primera.- MODIFICACIÓN DE DATOS (…) La información que se puede modifi car es la siguiente: a) Periodo tributario. b) La indicación si se trata de una declaración rectifi catoria o sustitutoria.” Tercera.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 109-2000/SUNAT Modifíquese el numeral 18 del artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT y normas modifi catorias, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 2°.- ALCANCE La presente resolución regula lo concerniente a la forma y condiciones en que los deudores tributarios y otros sujetos, podrán convertirse en usuarios de SUNAT Operaciones en Línea a fi n de poder realizar las siguientes operaciones: (…) 18. Presentar el Formulario Virtual Nº 1601 - Corrección y/o Actualización de Datos de Identifi cación, para: a) Actualizar o modifi car los datos de identifi cación referidos al tipo y número de documento de identidad y la fecha de nacimiento de: i. Los trabajadores, pensionistas y trabajadores independientes que sean incorporados como asegurados regulares de EsSalud así como del personal de terceros conforme al procedimiento establecido en el artículo 11°A de la Resolución de Superintendencia Nº 204-2007/ SUNAT y normas modifi catorias. ii. Los Trabajadores, Pensionistas, Prestadores de servicios de los numerales ii) y iii) del literal d) del