NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 34
El Peruano Domingo 14 de setiembre de 2014 532500 pase a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria del Supremo Tribunal, respecto a los procesos que se tramitan con la anterior Ley Procesal del Trabajo, Ley Nº 26636. Esta posición concuerda con la petición formulada por el Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente, a fi n que tales procesos no sean de competencia del mencionado órgano jurisdiccional, teniendo en cuenta la elevada carga procesal antes descrita. En ese sentido, la propuesta formulada resulta de igual modo coincidente con lo expuesto por el Presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, a efectos de coadyuvar con la disminución de la sobrecarga procesal que existe en la Sala Permanente de la especialidad; de forma tal que con la adopción de las medidas propuestas, se logre equiparar la distribución de la carga procesal de las tres Salas Supremas Constitucionales; tanto más si se considera que los procesos que son de su competencia necesitan una pronta atención por estar referidos a derechos fundamentales como son el derecho al trabajo y a la seguridad social. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República Nº 007-2013-SP-CS-PJ, del 6 de marzo de 2013, se delegó en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la facultad para proceder a la distribución de expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 730-2014 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor De Valdivia Cano, por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, remita a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria del Supremo Tribunal los siguientes expedientes en materia laboral, tramitados con arreglo a la Ley Nº 26636, y su modifi catoria Ley Nº 27021, que se encuentren pendientes de señalamiento de vista de causa y los que ingresen con posterioridad; ampliándose en estos extremos la competencia asignada a la referida Sala Transitoria mediante Resolución Administrativa Nº 037-2013-CE-PJ, de fecha 8 de marzo de 2013, conforme se establece a continuación: • Recursos de Casación, Apelaciones de Sentencias, Apelaciones de Autos; así como Quejas de Derecho, Consultas, Contiendas de Competencia, Discordias e Inhibitorias; y todo tipo de temas en Derecho Laboral y de Derecho de la Seguridad Social, a que se refi ere la mencionada ley. Artículo Segundo.- Establecer que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia seguirá conociendo los procesos laborales tramitados bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley Nº 29497. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial y la Ofi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, adopten las acciones y medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución, en cuanto sea de su competencia. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas de Derecho Constitucional y Social, Permanente y Transitorias, del Supremo Tribunal, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1137166-7 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 062-2014-BCRP Lima, 11 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para que el Banco Central designe un representante en el 18th Annual Working Party on Monetary Policy in Latin America, a realizarse en la Ciudad de México DF, México, los días 22 y 23 de setiembre de 2014; El objetivo de la reunión es facilitar la discusión e intercambio de opiniones sobre tópicos de Política Monetaria; La Gerencia Central de Estudios Económicos tiene entre sus objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente General, los estudios e informaciones necesarias para que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico permitan la consecución de la estabilidad monetaria; y entre sus funciones está la de representar al Banco en exposiciones y seminarios en el campo macroeconómico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus normas modifi catorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 14 de agosto de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Adrián Armas Rivas, Gerente Central de Estudios Económicos, a la Ciudad de México DF, México, los días 22 y 23 de setiembre y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 848,27 Viáticos US$ 640,00 TOTAL US$ 1488,27 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1136716-1