Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 35

El Peruano Domingo 14 de setiembre de 2014 532501 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de trabajador a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN Nº 184 -2014-P/JNE Lima, 11 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta dirigida al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, el Director del Museo Histórico Municipal de La Para, como Coordinador de la Red de Museos de Ansenuza y como Coorganizador de las II Jornadas Internacionales “El Historiador y el Patrimonio”, solicita la presencia del señor Miguel Arturo Seminario Ojeda, trabajador CAS de la Institución, para que participe en las mencionadas Jornadas que se desarrollarán el 11 y 12 de setiembre de 2014; así también para que hable sobre la organización del Museo Electoral y de la Democracia del Perú, sobre las investigaciones históricas necesarias para su creación y sobre la organización y dinámica de la Red de Museos del Centro Histórico de Lima, espacio considerado como patrimonio cultural por la UNESCO; asimismo, para intercambiar información con el Museo de la Democracia en Plaza de Mercedes; además, señala que la organización de las Jornadas y la del intercambio de experiencias entre museos de la democracia, cubrirán los gastos de estadía y alimentación y los traslados internos, pero no cubrirán el costo del billete aéreo. Que, una de las funciones de la Dirección Nacional de Educación y Formación Cívica Ciudadana, área a la que pertenece el señor Miguel Arturo Seminario Ojeda, es la de administrar las actividades y servicios del Museo Electoral, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 78º del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado mediante Resolución Nº 0738-2011-JNE. Que, es de interés para nuestra Institución que sus funcionarios y trabajadores participen en programas de capacitación y/o reuniones internacionales de importancia estratégica que aborden temas que forman parte del quehacer institucional, tal como es el caso de las II Jornadas Internacionales “El Historiador y el Patrimonio”, y el intercambio de información con el Museo de la Democracia en Plaza de Mercedes, a realizarse en la ciudad de Córdoba - Argentina. Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, referido a la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispone: “(…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (…)”. Que, el artículo 1º de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, el Presidente del Pleno es quién lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13º y 14º de su Reglamento de Organización y Funciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; que señalan que también es su máxima autoridad administrativa, representante ofi cial y Titular del Pliego. Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, por el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)”. Que, el numeral g) del artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, dispone: “El Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: (…) Licencias con goce de haber por maternidad, paternidad, y otras licencias a las que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales (…)”. Que, en virtud a la norma referida en el considerando precedente, es aplicable al régimen especial de la contratación administrativa de servicios, el numeral k) del artículo 12º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante decreto Supremo Nº 003-97- TR, que dispone: “Son causas de suspensión del contrato de trabajo: (…) k) El permiso o licencia concedidos por el empleador (…)”. Que, con la Certifi cación Nº 02056-2014-DGPID/JNE, de fecha 01 de setiembre de 2014, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, otorga la certifi cación de existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2014, para el otorgamiento de pasajes aéreos a personal del JNE, a fi n de participar en las II Jornadas Internacionales “El Historiador y el Patrimonio”. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011- JNE; y, En uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior y la licencia con goce de haber, que corresponda, del trabajador Miguel Arturo Seminario Ojeda, contratado bajo el régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, por el período comprendido del 11 al 17 de setiembre de 2014, a la ciudad de Córdoba - Argentina, para que participe en las II Jornadas Internacionales “El Historiador y el Patrimonio”, y el intercambio de información con el Museo de la Democracia en Plaza de Mercedes. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá los gastos del viaje del trabajador referido en el artículo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: S/. 3,570.06 TOTAL: S/. 3,570.06 (Tres Mil Quinientos Setenta con 06/100 Nuevos Soles) Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido trabajador deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Recursos y Servicios y al interesado para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO A. TÁVARA CÓRDOVA Presidente 1136988-1