Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2014 (14/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 14 de setiembre de 2014

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articulo 1 del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR y normas modificatorias y Personal de Terceros, en el PDT Planilla Electronica - PLAME. b) Modificar y/o incluir los datos de identificacion referidos al MORDAZA y/o numero del documento de identidad del trabajador del hogar, en las declaraciones juradas mensuales." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1137135-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que el 1º Juzgado Civil de Ate, MORDAZA Juzgado Civil del MORDAZA Este, Distrito Judicial de MORDAZA Este, continue con la tramitacion de procesos provenientes de los Distritos de Lurigancho-Chosica y Chaclacayo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 281-2014-CE-PJ MORDAZA, 12 de agosto de 2014 VISTO: El Oficio N° 255-2014-P-CSJ-CE/PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, del 19 de marzo de 2014, se dispuso el funcionamiento del Distrito Judicial de MORDAZA Este, a partir del 5 de MORDAZA del ano en curso. Asimismo, por Resoluciones Administrativas Nros. 138 y 155-2014CE-PJ, de fechas 23 y 30 de MORDAZA del presente ano, se adoptaron diversas medidas a fin de complementar la adecuada implementacion de la citada Corte Superior de Justicia, entre las cuales se dispuso convertir el Juzgado Civil del MORDAZA Este en 1° Juzgado Civil de Ate. Segundo. Que, al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este, hace de conocimiento de este Organo de Gobierno que el Juzgado Civil del MORDAZA Este MORDAZA de su conversion tenia competencia en materia civil y familia, ademas del Distrito de Ate, en los Distritos de Lurigancho-Chosica y Chaclacayo; y a la fecha, como 1° Juzgado Civil de Ate, su competencia se circunscribe solo a dicho distrito. En ese sentido, y con el fin de no crear distorsiones, demoras, ni nulidades, en la tramitacion de los procesos del ex Juzgado Civil del MORDAZA Este en mencion, solicita se disponga que los expedientes que conocia, provenientes de los Distritos de Lurigancho-Chosica y Chaclacayo, continuen bajo su competencia hasta su conclusion. Tercero. Que siendo asi, teniendo en cuenta la propuesta presentada; resulta necesario, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes, adoptar medidas complementarias para el adecuado funcionamiento de la mencionada Corte Superior de Justicia, en aras de lograr una mejor atencion a litigantes y abogados; y coadyuvar de esa forma con una administracion de justicia eficiente y eficaz. Cuarto. Que el articulo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la facultad de crear, suprimir, convertir y reubicar organos jurisdiccionales, asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 680-2014 de la vigesimo octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad,

Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 080-024-0000316-2014-SUNAT/6I0000 MORDAZA, 8 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatoria, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el Articulo Unico de la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 0052014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente MORDAZA y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ambito de competencia de cada intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 0052014-SUNAT/600000. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA, a los trabajadores que se indica a continuacion: N° 1 2 REG. 8717 8902 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA YANETE MORDAZA MORDAZA Intendente Regional Intendencia Regional MORDAZA 1137138-1

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