Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2015 (26/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de agosto de 2015 /

El Peruano

establecidas en el artículo 22, numerales 4 (ausencia de la respectiva jurisdicción por más de treinta días consecutivos, sin autorización del concejo municipal) consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses), de la LOM. 4. Así las cosas, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2015-MPP-CM, de fecha 11 de marzo de 2015, el Concejo Provincial de Pachitea declaró la vacancia de Alfredo Edmundo Trinidad Simón en el cargo de regidor del referido concejo, por haber incurrido en las causales previstas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la LOM. 5. Igualmente, puede apreciarse que Alfredo real (fojas 05) el 11 de marzo de 2015, con la copia del Acuerdo de Concejo Nº 051-2015-MPP-CM, del 11 de marzo de 2015, en el que consta el acuerdo que declaró su vacancia en el cargo de regidor, por haber incurrido en las causales previstas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la LOM. 6. Es por ello que, el 24 de abril de 2015, Juan Pablo Díaz Vega, burgomaestre de la mencionada comuna, solicitó la acreditación de candidato no proclamado, tras haber transcurrido el plazo de quince días hábiles desde 073-2015-MPP/A (fojas 05), de fecha 11 de marzo de 2015, en el cual se pone en conocimiento el acuerdo de concejo que declara la vacancia al cargo de regidor y que, después aprecia que el vacado no ha interpuesto ningún recurso impugnatorio, quedando, en consecuencia, consentido, Secretaría General de Pachitea el 15 de abril de 2015 7. De este modo, el 15 de abril de 2015, se emite el Acuerdo de Concejo Nº 063-2015-MPP-CM, que declara consentido el Acuerdo de Concejo Nº 051-2015-MPP-CM, de fecha 11 de marzo de 2015, que declaró la vacancia de Alfredo Edmundo Trinidad Simón en el cargo de regidor del referido concejo, por haber incurrido en las causales previstas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la LOM. del procedimiento sobre la causal de vacancia establecida en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la LOM, corresponde aprobar la decisión del concejo municipal y emitir la credencial correspondiente del accesitario llamado por ley. 9. Finalmente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, en caso de vacancia de un regidor, este es reemplazado por el suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, por lo que, en este caso, se debe acreditar a Víctor Villanueva no proclamado del movimiento regional Movimiento Integración Descentralista, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pachitea, departamento de Huánuco, por lo que corresponde otorgarle la respectiva credencial que lo faculte como tal. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de fecha 24 de octubre de 2014, remitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, con motivo de las elecciones municipales para el periodo 2015-2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, como consecuencia de la declaratoria de vacancia de Alfredo Edmundo Trinidad Simón, en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pachitea, departamento de Huánuco, por las causales establecidas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Alfredo Edmundo Trinidad Simón como regidor del Concejo Provincial de Pachitea, departamento de Huánuco, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Víctor Villanueva asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de

el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1278931-1

Confirman Acuerdo de Concejo Nº 0082015-MPL, que rechazó solicitud de vacancia de regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN Nº 0185-2015-JNE Expediente Nº J-2015-00061-A01 LAMAS - SAN MARTÍN VACANCIA - APELACIÓN Lima, siete de julio de dos mil quince. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Gilberto Gonzales Vargas en contra del Acuerdo de Concejo Nº 008-2015MPL, de fecha 21 de abril de 2015, que rechazó la solicitud de vacancia presentada contra Rosa Ysabel Acuña Pinedo, regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por la causal de vacancia prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y oído el informe oral. ANTECEDENTES Mediante escrito de fecha 10 de marzo de 2015 (fojas 1 a 18 del Expediente Nº J-2015-061-T01), el ciudadano Gilberto Gonzales Vargas presenta una solicitud de vacancia contra Rosa Ysabel Acuña Pinedo, regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San Martín, por las causales de vacancia referidas a ejercer funciones o cargos ejecutivos o administrativos, y por sobrevenir algunos de los impedimentos establecidos en la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), después de la elección, previstas en el segundo párrafo del artículo 11 y en el numeral 10 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), respectivamente, basándose en los siguientes hechos: administrativos a) Con fecha 29 de diciembre de 2014, la regidora Rosa Ysabel Acuña Pinedo habría recibido un informe legal, por medio del cual se recomendaba y exhortaba a la realización del acto de juramentación del alcalde y los regidores de la Municipalidad Provincial de Lamas en el centro penitenciario de "Sananguillo", donde estaba recluido el alcalde (fojas 20 a 24 del Expediente Nº J-2015-061-T01). b) Con fecha 2 de enero de 2015, el alcalde Fernando del Castillo Tang se autonombra presidente del Comité Directivo del Instituto Vial Provincial de Lamas y convoca a una reunión para el 7 de enero de 2015, sin embargo, Ysabel Acuña Pinedo, pese a que debajo de esta consta el nombre del alcalde, con lo cual incurre en los delitos de usurpación de funciones y falsedad genérica (fojas 27 del Expediente Nº J-2015-061-T01).

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