Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2015 (19/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 118

569040

NORMAS LEGALES

Sábado 19 de diciembre de 2015 /

El Peruano

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH VISTOS: En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Ancash, llevada a cabo en la Ciudad de Huaraz, el día Miércoles 10 de junio del 2015, el Oficio Nº 147-2015-REGION ANCASH-GGR/GRPPAT, de la Gerencia General del Gobierno Regional de Ancash, para "Aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Inicio del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2016 del Gobierno Regional de Ancash"; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico imperante; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680 y Ley Nº 30305, dispositivo que es concordante con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias; Que, los artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Asimismo, establece que los Gobiernos tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas de los asuntos de su competencia; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que "el desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional; asimismo en su artículo 21º, literal "p", numeral 1. Establece que es atribución del Presidente Regional presentar ante el Consejo Regional el Plan de Desarrollo Regional Concertado; y en su artículo 32º, señala que la gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Mediano y Largo Plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del Ordenamiento Jurídico vigente; Que, por disposición de la Ley Nº 27293, se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, con la finalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinado a inversiones que guarden concordancia con el plan de desarrollo concertado y el presupuesto participativo; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se realiza en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, mediante Ley Nº 29298 se modifican los artículos 4º, 5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, referidos a las instancias, alcances, fases y oficialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo, precisando

además, que cada instancia del proceso distrital, provincial y regional formula su Presupuesto Participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas. Correspondiendo al Gobierno Regional organizar los mecanismos de Coordinación y consistencia presupuestal en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, así como procurando economías de escala, concertación de esfuerzos y coordinación de recursos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF se precisan los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital; Que, mediante Decreto Supremo Nº 142-2009EF, Aprueban el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y derogan el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, "Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados", que establecen los lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del proceso participativo; Que, la Gerencia General del Gobierno Regional de Ancash mediante el Oficio Nº 147-2015-REGION ANCASH-GGR/GRPPAT, de fecha 12 de Mayo del 2015, remite el Proyecto de inicio del proceso de Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal Nº 2016 del Gobierno Regional de Ancash; asimismo solicita, al Consejero Delegado que traslade a la Comisión de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; Que, mediante el Oficio Nº 04-2015-GRA/CPPAT el Presidente de la Comisión de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash presenta a la Secretaria del Consejo Regional el Dictamen Nº 02-2015-GRA/CE-CPPAT-C, mediante la cual se apruebe la propuesta de la Ordenanza Regional, que dispone: Aprobar el Inicio del Proceso del Presupuesto Participativo para el Año 2016; Estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, de fecha 10 de junio de 2015, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; y con el voto UNANIME de sus Miembros; y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE DA INICIO AL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2016. Artículo Primero.- DAR INICIO al Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2016, del Gobierno Regional de Ancash. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento General para el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo Ancash 2016, cuyo anexo adjunto constituye parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- CONFORMAR el Equipo Técnico del Gobierno Regional de Ancash, responsable de la conducción del Proceso del Presupuesto Participativo del 2016, el mismo que será aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Cuarto.- El proceso del Presupuesto Participativo estará bajo la supervisión de la Comisión de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Ancash, el cual dará cuenta de los avances de este, ante el Consejo Regional. Artículo Quinto.- ELEVAR copia de la presente Ordenanza Regional, a las instancias que conforman el Sistema Nacional del Presupuesto Público. Artículo Sexto.VIGENCIA, la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de mayor circulación de la Región Ancash y/o en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación del contenido de la presente Ordenanza en el Diario Oficial de mayor circulación de la Región Ancash y/o en el Diario

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.