Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2016 (24/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de julio de 2016 /

El Peruano

Administración Documentaria y Archivo, como funcionario responsable de brindar la información que se solicite a la Municipalidad Distrital de El Agustino, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DÉJESE SIN EFECTO el Artículo 5º de la Resolución de Alcaldía Nº 005-2016-MDEA y las disposiciones emitidas con anterioridad a la presente Resolución de Alcaldía sobre designación de funcionario responsable de brindar información pública. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que todas las dependencias de la Municipalidad Distrital de El Agustino, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, provean en los plazos establecidos la información que les solicite el Funcionario responsable de brindar la información pública, bajo responsabilidad funcional. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal y demás Órganos de la Municipalidad Distrital de El Agustino, velar por el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General hacer de conocimiento la presente Resolución de Alcaldía a todos los órganos de la Municipalidad y disponer las acciones para la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Unidad de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe); y a la Subgerencia de Imagen Institucional, su difusión en lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la Municipalidad. Regístrese comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1408328-1

Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad y de las publicaciones en el Portal del Estado Peruano y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 303-2016-MDEA El Agustino, 18 de abril del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, es decir, ejercen sus atribuciones como poder del Estado en su territorio, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo al Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Que, conforme al inciso 5 del Artículo 2º de la Constitución, es un Derecho Fundamental de la persona, solicitar sin expresión de causa la información que requiera

y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; exceptuándose las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. Que, conforme a lo establecido en el Artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, la mencionada Norma tiene la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el Derecho Fundamental del Acceso a la Información, consagrado en el numeral 5. del Artículo 2º de la Constitución del Estado. Que, en atención a lo dispuesto en el Artículo 3º de la norma citada, todas las actividades y disposiciones de las entidades comprendidas en referida Norma están sometidas al Principio de Publicidad, teniendo el Gobierno Local, como organismo del . Asimismo, el numeral 3. del mencionado Artículo, precisa que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación al Principio de Publicidad. Para tal efecto, su último acápite establece que la Entidad Pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada. Que, el inciso c) del Artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que es obligación del Señor Alcalde, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia mediante una Resolución de Alcaldía, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Que, mediante Resolución Ministerial Nº 398-2008PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la Directiva Nº 004-2008-PCM/SGP, la cual establece los lineamientos para la Uniformización del Contenido de los Portales de Transparencia de las Entidades Públicas, complementarios a las disposiciones del T.U.O. de la Ley Nº 27806 y su Reglamento; señalando en su Artículo 5º que la responsabilidad de la aplicación de la referida Directiva recae en el encargado de implementar el Portal de Transparencia de la Entidad. Que, de acuerdo al contenido de la Ley Nº 29091, se tiene que el funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet al que se refiere el Artículo 5º del T.U.O. de la Ley Nº 27806, es el responsable de cumplir con la publicación de los documentos indicados en la referida Norma, como es el caso de las publicaciones en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y el Portal Institucional. Que, el inciso h) del Artículo 39º del Reglamento de Organización y Funciones de esta Entidad Municipal, señala que es función de la Unidad de Tecnología de la Información de la Municipalidad, desarrollar, diseñar, administrar y actualizar el portal web de la municipalidad (www.mdea.gob.pe). Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 845-2015MDEA de fecha 31 de diciembre del 2015, se designó al Señor EDIBERTO ROBERT CISNEROS ALMONACID como Jefe de la Unidad de Tecnología de la Información de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Que, de acuerdo al Artículo 43º de la Ley Nº 27972, las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo, es decir, son normas de interés particular que se aplican a la solución de cualquier proceso administrativo. Estando a lo expuesto y en uso a las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el inciso c) del Artículo 3º y el penúltimo párrafo del Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. RESUELVE: Artículo Primero.- DESÍGNESE a EDIBERTO ROBERT CISNEROS ALMONACID, Jefe de la Unidad de Tecnología de la Información, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de El

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