Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2016 (24/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Domingo 24 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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de las EPS que ejecuten los programas de asistencia regulados en este Título, entre otros, la transferencia de recursos, de conformidad con las normas legales vigentes. 74.2 Los mecanismos de compensación a favor de las EPS destinados a financiar la ejecución de programas de asistencia regulados en este Título son aprobados por el Ente Rector, incluidos en el PMO de la EPS e incorporados por la SUNASS en los estudios tarifarios de ésta. TÍTULO VIII POTESTAD SANCIONADORA DEL OTASS Capítulo I Infracciones Administrativas y Escala de Sanciones Artículo 75.- Ejercicio de la potestad sancionadora del OTASS El OTASS ejerce la potestad sancionadora sobre las EPS municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 4-A de la Ley, con excepción de las EPS municipales que se encuentran bajo el RAT. Artículo 76.- Tipificación y clasificación de las infracciones administrativas 76.1 Constituyen infracciones administrativas sujetas a la potestad sancionadora del OTASS, las siguientes conductas: 76.1.1 Infracciones vinculadas con la composición del Directorio y la designación, remoción y vacancia de sus miembros: a) Incumplir las disposiciones aplicables para la composición del Directorio, contraviniendo lo que dispone el artículo 20 de la Ley General. b) Designar como directores a quienes no cumplan con los requisitos que dispone el TUO del Reglamento de la Ley General. c) Designar como directores a quienes estén impedidos de asumir dicho cargo, contraviniendo lo que dispone el TUO del Reglamento de la Ley General. d) Incumplir con solicitar por escrito a las entidades de la sociedad civil la propuesta de candidatos para miembro del Directorio de la EPS, contraviniendo lo que dispone el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. e) Incumplir con comunicar al Ente Rector, al OTASS, a la SUNASS y a la Contraloría General de la República, la designación de sus directores, contraviniendo lo que dispone el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. f) Incumplir con realizar el trámite de inscripción de la designación de directores en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral correspondiente, contraviniendo lo que disponen el artículo 20-A de la Ley General y el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. g) Designar a los directores representantes de las municipalidades accionistas fuera del plazo establecido por el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. h) Remover del cargo al Director sin observar lo que dispone el artículo 21-A de la Ley General y las causales y/o procedimiento que establece el TUO del Reglamento de la Ley General y por el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. i) Disponer la vacancia del Director sin observar lo que dispone el artículo 21-A de la Ley General y las causales y/o el procedimiento que establece el TUO del Reglamento de la Ley General y el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. j) Incumplir con declarar la vacancia de los miembros del Directorio en los casos en que éstos incurran en las causales señaladas en el artículo 157 de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades. k) Incumplir con trasladar al Ente Rector la documentación remitida por la sociedad civil y/o el gobierno regional, que se requiere para la elección

y/o formalización de sus directores representantes, respectivamente. Las infracciones descritas en los literales a), b), c) y h) del presente numeral se circunscriben a los Directores designados por la EPS, a través de su órgano social respectivo. 76.1.2 Infracciones vinculadas con la designación y remoción del Gerente General: a) Designar como Gerente General a quien no cumple con el perfil y requisitos establecidos, contraviniendo lo que dispone el artículo 21-D de la Ley General, el TUO del Reglamento de la Ley General y el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. b) Designar como Gerente General a quien está impedido para asumir dicho cargo, contraviniendo lo que dispone el artículo 21-D de la Ley General y el TUO del Reglamento de la Ley General. c) Designar al Gerente General fuera del plazo que dispone el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. d) Incumplir con el procedimiento para la designación del Gerente General contraviniendo lo que dispone el TUO del Reglamento de la Ley General y el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. e) Incumplir con comunicar al OTASS, a la SUNASS y a la Contraloría General de la República, la designación del Gerente General, contraviniendo lo que dispone el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. f) Incumplir con realizar el trámite de inscripción de la designación del Gerente General en el Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral correspondiente, contraviniendo lo que dispone el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo. g) Incumplir con remover del cargo al Gerente General cuando se comprueba con posterioridad a su designación, que éste no cuenta con los requisitos para ejercer el cargo o tiene impedimento para ejercer el mismo. 76.1.3 Infracciones vinculadas con la rendición de cuentas, desempeño y buen gobierno corporativo: a) Incumplir con aprobar y/o publicar el Manual de Rendición de Cuentas y Desempeño de las EPS. b) Incumplir con las disposiciones que emita el Ente Rector sobre el contenido del Manual de Rendición de Cuentas de la EPS. c) Incumplir con aprobar y/o publicar el Código de Buen Gobierno Corporativo de la EPS. d) Incumplir con las disposiciones que emita el Ente Rector sobre el contenido del Código de Buen Gobierno Corporativo de las EPS. 76.1.4 Infracciones vinculadas con el proceso de evaluación para determinar la aplicación del RAT de las EPS: Incumplir con entregar la información o documentación requerida por el OTASS, dentro de los plazos fijados en la Ley, en el Reglamento o por el OTASS mediante Resolución del Consejo Directivo, en el marco del proceso de evaluación regulado en el Capítulo I del Título V del Reglamento. 76.1.5 Infracciones vinculadas con las funciones de supervisión y fiscalización del OTASS: a) Impedir, demorar u obstaculizar el acceso de los representantes del OTASS designados para la supervisión y/o fiscalización, a las sedes o los establecimientos de la EPS. b) Impedir, demorar u obstaculizar a los representantes del OTASS designados para la supervisión y/o fiscalización, la revisión de la documentación requerida a la EPS en el lugar fiscalizado o supervisado. c) Incumplir con la entrega de la información o documentación solicitada por el OTASS en ejercicio de su función de supervisión y/o fiscalización, en la forma y oportunidad requerida, así como no proporcionar copias de la misma. d) Presentar al OTASS información o documentación falsa o adulterada durante el procedimiento de supervisión y fiscalización.

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