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580701 NORMAS LEGALES Sábado 12 de marzo de 2016 El Peruano / jesusmaria.gob.pe y a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social su publicación y difusión en las instituciones educativas del distrito. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1354997-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Convocan a Elecciones para los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Lurigancho Chosica, para el período 2016 - 2018 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2016/MDLCH Chosica, 1 de marzo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 186-MDL, publicado el 18 de abril de 2013, se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Lurigancho – Chosica, estableciéndose en su artículo 17º la convocatoria a elecciones de representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Local Distrital, señalando que lo efectúa el Alcalde del distrito de Lurigancho, mediante Decreto de Alcaldía, de acuerdo al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, por tal motivo es necesario convocar a elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital. Que, mediante Informe Nº 049-2016-MDLCH/SGPC, el Sub Gerente de Participación Ciudadana, remitido a la Gerencia de Desarrollo Social, solicita se emita el Decreto de Alcaldía convocando a la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, señalando que la Ordenanza Nº 186-MDL y su Reglamento es la que regula las elecciones de los representantes de la Sociedad Civil, habiendo propuesto el cronograma de actividades del proceso de elecciones; ratifi cado por el Gerente de Desarrollo Social mediante Informe Nº 019-16/MDLCH/GDS. Que, mediante Informe Nº 132-2016-MDLCH/GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica teniendo en cuenta lo expuesto en el Informe Nº 049-2016/MDLCH/SGPC de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana expresa que la convocatoria a elecciones del CCLD deberá realizarse conforme al cronograma que adjunta; asimismo, expresa que el Concejo de Coordinación Local Distrital conforme lo establece el artículo 102 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales integrado por el alcalde distrital, los alcaldes de centros poblados del distrito y representantes de las organizaciones sociales de base y de cualquier forma de organización vecinal distrital de acuerdo a los porcentajes de participación en libres elecciones democráticas que esta misma disposición establece, señalando que el artículo 9 de la citada ley orgánica, en su numeral 34, se dispone que es atribución del Concejo aprobar la concertación y participación vecinal y reglamentar su funcionamiento, siendo que para este último efecto debe darse el correspondiente Decreto de Alcaldía; que, en consecuencia, conforme a lo expuesto y al basamento citado es de opinión la dación de dicho Decreto de convocatoria a elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2016 – 2018. Que, mediante Memorándum Nº 783-2016-MDLCH/GM, el Gerente Municipal expresa que por disposición de la Alta Dirección, se emita el Decreto de Alcaldía convocando a elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital 2016 – 2018, para posterior suscripción por parte del Titular; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- CONVOCAR a ELECCIONES para los representantes de la Sociedad Civil ante el CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL del distrito de Lurigancho Chosica, para el período 2016 – 2018, las que se llevarán a cabo de acuerdo al siguiente cronograma: CRONOGRAMA DE ELECCIONES DEL CCLD ACTIVIDAD FECHAS Difusión, invitación e inscripciones de delega- dos de las Organizaciones Sociales 02 al 11 de marzo 2016 Tachas y resolución de tachas 14 y 15 de marzo 2016 Elección preliminar de candidatos por cada grupo funcional: Grupo Funcional 1.- De Organizaciones de Vivien- da Grupo Funcional 2.- De Organizaciones de Mujeres Grupo Funcional 3.- De Organizaciones de Vecinos Grupo Funcional 4.- De Organizaciones de Economía Local Grupo Funcional 5.- De Organizaciones Culturales, Educativas, Deportivas y Juveniles 17 y 18 de marzo 2016 17 de marzo 09.00 a.m. 17 de marzo 11.00 a.m. 17 de marzo 02.00 p.m. 18 de marzo 09.00 a.m 18 de marzo 11.00 am Publicación de la lista ofi cial de candidatos aptos. Elección de los representantes de la Sociedad Civil (Instalación, Votación y Escrutinio) Publicación de resultados 18 de marzo 2016 22 de marzo 2016: de 09.00 am a 02.00 pm 22 de marzo 2016 La atención de información e inscripción de delegados se atenderá en la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, sito en el Jr. Chiclayo Nº 241, 2º piso – Chosica. Las elecciones preliminares y fi nales se llevarán a cabo en el Complejo Cultural Municipal (Ex Casa de la Mujer). Segundo.- El Comité Electoral como máxima autoridad del proceso, velará por su cumplimiento. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Sub Gerencia de Participación Ciudadana para que dicte las medidas que correspondan para el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1355042-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y Cuadro Único de Infracciones, Sanciones (CUIS) y Medidas Complementarias de la Municipalidad ORDENANZA Nº 403-MDSMP San Martín de Porres, 4 de marzo de 2016