Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 14 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluido nombramiento y designación y nombran fiscal en el Distrito Fiscal de Ucayali
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3189-2019-MP-FN Lima, 13 de noviembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2559-2012-MP-FN, de fecha 28 de septiembre de 2012, se nombró al abogado Julio César Reátegui Urresti, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali, en virtud a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5124-2014-MPFN, de fecha 28 de noviembre de 2014. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal. Que, la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo expuesto en el oficio N° 12215-2019-FSC-FECOR-MP-FN, cursado por el abogado Jorge Wayner Chávez Cotrina, en su calidad de Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, así como lo señalado en el Informe N° 57-2019-FSC-FECORMP-FN, el mismo que ha sido elevado a través del oficio N° 12022-2019-FSNC-FECOR-MP-FN, suscrito por el mencionado Coordinador, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Julio César Reátegui Urresti, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 2559-2012-MP-FN, de fecha 28 de septiembre de 2012 y N° 5124-2014-MP-FN, de fecha 28 de noviembre de 2014, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Dennis Michael Vega Sotelo, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada (Supraprovincial ­ Corporativo), con Competencia Nacional, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1407-2017-MP-FN, de fecha 03 de mayo de 2017. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Dennis Michael Vega Sotelo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ucayali, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos

Fiscales de Lima y Ucayali, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1826648-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Jefes Titulares y Accesitarios y a los Coordinadores Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020
RESOLUCIÓN JEFATURAL N°000229-2019-JN/ONPE Lima,13 de Noviembre del 2019 VISTOS: el Oficio N° 04953-2019-SG/JNE, de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; los Informes N° 000088-2019-GOECOR/ ONPE, N° 000089-2019-GOECOR/ ONPE, N° 000090-2019-GOECOR/ONPE, N° 000093-2019-GOECOR/ONPE y N° 000094-2019-GOECOR/ONPE, de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; los Informes N° 000002, 000004 y 000005-2019-CSJCACLVODPEECE2020/ONPE, de la Comisión encargada de la organización, conducción y ejecución del proceso de selección de Jefes, Coordinadores Administrativos y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 ­ ECE 2020; el Informe N° 000185-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Memorando N° 003247-2019-GAD/ ONPE, de la Gerencia de Administración; el Informe N° 000196-2019-GCPH/ONPE, de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano; así como el Informe Nº 0003852019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 165-2019-PCM, publicado en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano, del 30 de setiembre de 2019, el Presidente de la República convocó a elecciones para un nuevo Congreso, para el día domingo 26 de enero de 2020, para que complete el periodo constitucional del Congreso disuelto; De acuerdo al artículo 24° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), en concordancia con lo dispuesto en los artículos 99 y 100 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso; teniendo como funciones, dentro de su respectiva circunscripción, entre otras: ejecutar el Plan de Actividades y Presupuesto Analítico de la ODPE; ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales; solicitar la contratación del personal necesario para el cumplimiento de sus funciones; y, ejercer las demás atribuciones relacionadas con su competencia y/o las previamente coordinadas por la Jefatura Nacional, la Gerencia General o la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional;

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