Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Jueves 14 de noviembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 3°.- DELEGAR las competencias y funciones, conforme a lo señalado en el Artículo Noveno del Estatuto de la "Mancomunidad Regional Macro Región Sur". Artículo 4°.- RATIFICAR la elección del señor Ing. Juan Tonconi Quispe, Gobernador del Gobierno Regional de Tacna, en el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo, y la designación del señor MSc. Abel Saravia Angles, en el cargo de Director Ejecutivo (Gerente General) de la "Mancomunidad Regional Macro Región Sur", de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución, de fecha 26 de abril de 2019, y del Acta de Sesión de Comité Ejecutivo de fecha 10 de mayo del 2019. Artículo 5°.- APROBAR las transferencias financieras, en la modalidad de aportes, para el cumplimiento del Plan Operativo Institucional y la ejecución del presupuesto de la "Mancomunidad Regional Macro Región Sur", para el año fiscal 2019. En servicios En bienes de capital Total Aporte : : : S/. 90.000.00 S/. 10.000.00 S/. 100.000.00 Noventa Mil Soles Diez Mil Soles Cien Mil Soles

Acta de Sesión Ordinaria del Comité Ejecutivo de La Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente Del Perú (13.04.2019), Informe Nº 56-2019/ GRP-200010-ACCR (17.05.2019), Memorando Nº 2842019/GRP-200010 (17.05.2019), Informe Nº 071-2019/ GRP-410000 (21.06.2019), Proveído de la Oficina de Tesorería (03.07.2019), Memorando Nº 1526-2019/ GRP-410000 (05.07.2019), Informe Nº 1100-2019/GRP460000 (11.07.2019), Oficio Nº 438-2019-GRP-DRSPHNSLMP-43002014261 (03.06.2019), Memorándum Nº 1327-2017/GOB.RG.PIURA-410000 (11.06.2019), Informe Nº 1106-2019/GRP-460000 (11.07.2019), Memorando Nº 012-2019/GRP-200000-CPPTyAT (16.07.2019), Informe Nº 1143-2019/GRP-460000 (18.07.2019), Informe Nº 087- 2019/GRP-200010-ACCR (06.08.2019), Dictamen Nº 044-2019 (23.09.2019) CONSIDERANDO: Que, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, ha dispuesto en el Artículo 15º: "Atribuciones del Consejo Regional a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional (...)"; Que, la Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional, modificada por la Ley Nº 30804 en su artículo 3; establece que la Mancomunidad Regional es una persona jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal, y en su artículo 6 numeral 3, señala que la mancomunidad regional se encuentra sujeta al Sistema Nacional de Control y Sistema Nacional de Presupuesto y a los demás sistemas administrativos del Estado; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 388-2017GRP/CR de fecha 17 de mayo del 2017, se aprueba la constitución de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, ratificando en su artículo primero el contenido del acta de constitución de fecha 30 de setiembre del 2016, suscrita por los Gobernadores de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura, San Martín, y Tumbes; Que, en Sesión del Comité Ejecutivo de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, de fecha 13 de abril de 2019 se aprobó el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto para el año fiscal 2019 de la Entidad; Que mediante el literal b), numeral 16.1 del Artículo 16 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019,considera como transferencias financieras las que se efectúen en aplicación a la Ley Nº 29768-Ley de Mancomunidad Regional y modificatorias; para aplicación de lo dispuesto por el artículo 10 de la mencionada ley, las transferencias financieras de recursos se efectúan solo a través de los Gobiernos Regionales en el marco de lo establecido por el presente inciso; Que, asimismo, en el numeral 16.2 del Artículo 16 de la Ley Nº 30879, se establece que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan en el caso de los Gobiernos Regionales mediante Acuerdo de Consejo regional o concejo municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o lo que haga a sus veces la entidad; asimismo, se señala que el acuerdo del Consejo Regional se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el Memorando Nº 1526-2019/ GRP-410000 de fecha 05 de julio del año en curso, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial indica que realizará la asignación presupuestaria correspondiente, por lo que se deberá continuar con el trámite de formalización del requerimiento correspondiente; Que, la Oficina de Tesorería manifiesta mediante proveído de fecha 03 de julio, que Sí cuenta con

Artículo 6°.- FACULTAR al Ejecutivo Regional para que emita disposiciones legales complementarias que sean necesarias para la efectiva implementación de la presente Ordenanza. Artículo 7°.- DEROGAR la Ordenanza Regional N°343 AREQUIPA, publicada en el diario oficial "El Peruano", el 17 de Julio del 2016 y las demás normas regionales, que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo 8°.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el Acta de Creación, el Estatuto de la "Mancomunidad Regional Macro Región Sur" y la presente Ordenanza Regional se publicará y en la página web del Gobierno Regional de Arequipa, www.regionarequipa. gob.pe Artículo 9°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los nueve días del mes de octubre del 2019. RONAL V. BERNAL HUARCA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintiocho días del mes de octubre del dos mil diecinueve. ELMER CACERES LLICA Gobernador del Gobierno Regional Arequipa 1826121-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Aprueban Transferencia Financiera para el cumplimiento del Plan Operativo Anual del Año Fiscal 2019 y la Ejecución del Presupuesto de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1607-2019/GRP-CR Piura, 27 de setiembre de 2019

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