Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2019 (14/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 14 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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disponibilidad financiera en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, para la asignación presupuestaria a favor de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, por el monto de S/18,500.00 (Dieciocho Mil Quinientos con 00/100 soles); Que, mediante Informe Nº 1143-2019/GRP-460000 de fecha 18 julio del año en curso, la Oficina de Asesoría Jurídica precisa su opinión legal contenida en el Informe Nº 1100-2019/GRP-460000 de fecha 11 de julio, indicando que es favorable la Aprobación de Asignación Presupuestal por el importe de S/18,500.00 (Dieciocho Mil Quinientos con 00/100 soles) a favor de la Mancomunidad Macro Región Nor Oriente del Perú; Que, mediante Memorando Nº 2006-2019/GRP410000, de fecha 04 de setiembre de 2019, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal por el importe de S/18,500.00 (Dieciocho Mil Quinientos y 00/100 Soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados para hacer posible la operatividad de la Mancomunidad Regional Macro Regional Nor Oriente; Que, mediante Dictamen Nº 044-2019, de fecha 23 de setiembre de 2019, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, recomendó que "el Consejo Regional mediante Acuerdo de Consejo Regional APRUEBE la Transferencia Financiera a favor de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, por el monto de S/18,500.00 (Dieciocho Mil Quinientos con 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados" Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad de los presentes, en sesión Ordinaria Nº 10-2019, celebrada el día 27 de setiembre del 2019, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR La Transferencia Financiera hasta por la suma de S/18,500.00 (Dieciocho Mil Quinientos con 00/100 soles), para el cumplimiento del Plan Operativo Anual del Año Fiscal 2019 y la Ejecución del Presupuesto de la Mancomunidad Regional Macro Región Nor Oriente del Perú, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, sujeta a la acreditación de constitución del pliego como tal. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional Piura, para que, mediante Resolución Ejecutiva Regional formalice la transferencia financiera aprobado en el artículo primero, para lo cual, bajo responsabilidad, la Gerencia General Regional y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial adoptarán las acciones administrativas que correspondan para su debido cumplimiento. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal Institucional del Gobierno Regional Piura. Artículo Cuarto.- Dispensar al presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ ANTONIO LÁZARO GARCÍA Consejero Delegado Consejo Regional 1826127-1

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que regula los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas para el desarrollo de actividades económicas en el ámbito del Cercado de Lima
ORDENANZA N° 2186 Lima, 7 de noviembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, los Dictámenes N° 80-2019-MML/CMAEO de fecha 12 de setiembre de 2019, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y N° 074-2019-MML-CMAL de fecha 26 de setiembre de 2019, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, y en uso de las atribuciones establecidas en el inciso 8 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES CONEXAS PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN EL ÁMBITO DEL CERCADO DE LIMA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I OBJETO, FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, PRINCIPIOS, DERECHOS DE LOS AGENTES ECONÓMICOS Y COMPETENCIAS. Artículo 1.- OBJETO La presente ordenanza tiene por objeto regular el marco normativo, los aspectos técnicos y administrativos para el otorgamiento de licencia de funcionamiento y autorizaciones conexas, para el desarrollo de actividades económicas, profesionales y/o de servicios, lucrativas o no lucrativas en un establecimiento determinado. Artículo 2.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer parámetros legales que permitan facilitar el desarrollo de actividades económicas, comerciales y la prestación de servicios, a través de un procedimiento administrativo simplificado que permita hacer predecible su resultado; garantizando así los derechos e intereses de los administrados con sujeción al ordenamiento jurídico. Artículo 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza es de aplicación obligatoria en la jurisdicción del distrito del Cercado de Lima. Artículo 4.- PRINCIPIOS Los procedimientos objeto de regulación en la presente ordenanza se rigen, entre otros, por los siguientes principios:

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