Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2020 (24/01/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de enero de 2020 /

El Peruano

casos con plazos suspendidos se sujetan a las siguientes reglas: a) Los procedimientos con acuerdos pendientes de ser ejecutados, serán materia de revisión previo informe oral, para adoptar la decisión que corresponda. La fecha de informe oral es impostergable y de no poder concurrir el administrado deberá designar un abogado para que ejerza su derecho de defensa. b) Los procedimientos cuya tramitación fue suspendida por efecto de las disposiciones de la Ley N° 30833, y que en dicho momento se encontraban expeditos para resolver, son convocados a informe oral con el propósito de adoptar la decisión que corresponda. c) Los demás casos se adecúan al procedimiento establecido en el presente reglamento en la etapa en que se encuentren. d) Los casos no iniciados se sujetan a las disposiciones del presente Reglamento. Concordancia: Ley N° 30916 ­Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia­: Décima disposición complementaria transitoria. DEFINICIONES 1. BOM : Boletín Oficial de la Magistratura. 2. Constitución : Constitución Política del Perú. 3. Comisión : Comisión Permanente de Procedimientos Disciplinarios. 4. Dirección : Dirección de Procedimientos Disciplinarios. 5. Días : Días hábiles. 6. JUNTA : Junta Nacional de justicia. 7. LOJNJ : Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia. 8. LCJ : Ley de la Carrera Judicial. 9. LCF : Ley de la Carrera Fiscal. 10. Miembro : Integrante del Pleno de la Junta Nacional de Justicia 11. ONPE : Oficina Nacional de Procesos Electorales. 12. Pleno : Pleno de la Junta Nacional de Justicia. 13. RENIEC : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 14. Reglamento : Reglamento de Procedimientos Disciplinarios. 15. TUO LPAG :Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 1848572-1

Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas"; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28968, Ley que Modifica la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de fecha 24 de enero de 2007, establece que: "Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional"; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría (...); Que, el artículo único de la Ley Nº 29053, Ley que Modifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifica el Artículo 13º respecto al Consejo Regional, en los siguientes términos: "(...) Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado." Que, el literal "a. a" artículo 10º del Reglamento Interno del Consejo Regional, entre sus atribuciones dispone "Elegir al Presidente de Consejo Regional" Asimismo, en el artículo 15º dentro de los derechos funcionales consigna: "El Consejo Regional, como órgano colegiado es representado y presidido por el Presidente(a) del Consejo Regional, quien es elegido anualmente en la primera sesión del Consejo Regional, por mayoría simple de sus miembros"; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 368-2015-G.R.P/CR; SE ACUERDA: Primero.- DESIGNAR al Sr. Bismark Alfonso RICALDI NANO Consejero Regional por la provincia de Oxapampa, como Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el periodo 2020. Segundo.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. BISMARK ALFONSO RICALDI NANO Presidente del Consejo Regional 1848109-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Designan Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, para el periodo 2020
ACUERDO Nº 001-2020-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 7 de enero de 2020 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias, en Primera Sesión Ordinaria del día siete de enero del año dos mil veinte, por mayoría de los consejeros presentes ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Artículos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen que "El

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Declaran de Interés Regional la promoción de la inversión privada para la Ejecución de Proyectos de Vivienda Regional de Interés Social denominados SUMA UTA
ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2019-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta de diciembre de dos mil diecinueve, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen DEL GOBIERNO

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