Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2020 (24/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 24 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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noviembre del presente año, (cumpliéndose el plazo de 30 días hábiles), cumpliendo con lo acordado en la reunión de Comisión Técnica Mixta Distrital. De la evaluación consolidada en el Informe Nº 316-2019-MDA/GDESGPFET, en coordinación con las otras unidades orgánicas competentes como la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres y Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad se dictaminó la factibilidad de treinta y tres (33) ubicaciones previstas en la vía pública, determinándose también la aprobación, con recomendaciones, de otros diez (10) puntos adicionales, previo cumplimiento e implementación de la recomendaciones verificadas por la Sub Gerencia de Promoción, Formalización Empresarial y Turismo; solicitando la continuación del trámite de aprobación de cuarenta y tres (43) nuevos puntos factibles para la venta en la vía pública, los mismos que se adicionarán a los ya existentes en el Plan Regulador del Comercio en la Vía Pública del distrito de Ate, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 009-2016-MDA de fecha 10.05.2016; en concordancia con lo establecido por el Artículo 38º de la Ordenanza 317-MDA, Ordenanza que regula la venta de alimentos en la vía pública del distrito de Ate, y el Artículo 6º del Decreto de Alcaldía Nº 021 de fecha 16 de septiembre de 2013; Que, mediante Acta de Sesión Nº 002-2019/MDA, de fecha 26 de noviembre del 2019, la Comisión Técnica Mixta Distrital acuerda por unanimidad, aprobar la propuesta de aprobación de treinta y tres (33) nuevos puntos de venta de comercio en la vía publica detallados en el Anexo 01, asimismo, diez (10) espacios adicionales condicionados, como Anexo 02 conforme a los fundamentos expuestos en la presente sesión por la Sub Gerente de Promoción, Formalización Empresarial y Turismo, Sub Gerente de Gestión del Riesgo de Desastres y el Sub Gerente de Transito, Transporte y Vialidad; Que, mediante Memorándum Nº 02580-2019-MDA/A, el Despacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de Alcaldía respectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipaliades; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR; el Decreto de Alcaldía Nº 009-2016/MDA, de fecha 10 de mayo del 2016, en el sentido de aprobar cuarenta y tres (43) nuevos puntos de venta factibles para la venta en la vía publica, las mismas que se adicionarán a los ya existentes en el Plan Regulador del Comercio en la Vía Pública del Distrito de Ate, aprobado mediante el referido Decreto de Alcaldía, en concordancia con lo establecido por el Artículo 38º de la Ordenanza 317-MDA, Ordenanza que regula la venta de alimentos en la vía pública del Distrito de Ate, y el Artículo 6º del Decreto de Alcaldía Nº 021 de fecha 16 de septiembre de 2013; los mismos que como Anexo 01, y Anexo 02, forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y el íntegro del Anexo 01 y 02 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGUESE; a la Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, Sub Gerencia de Transito, Transporte y Vialidad, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia Municipal su supervisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDDE CUELLAR ALEGRIA Alcalde 1848164-3

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Designan responsable del portal transparencia de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0040-2020-MDLO Los Olivos, 21 de enero de 2020 VISTO: El Memorando N° 09-2020/MDLO/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 0432003-PCM promueve la transparencia del acceso a la información, derecho fundamental consagrado en el numeral 5) del Art. 2° de la Constitución Política del Perú, siendo responsabilidad de los gobiernos locales la implementación de portales de información acorde a lo que establece el Art. 5° del citado texto normativo. Precisa el Art 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal se hará efectiva a través de la resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 3642019, de fecha 01 de Abril de 2019, se designó como Subgerente de Imagen Institucional al Lic. José Manuel Paravecino Gallardo, siendo que con Resolución de Alcaldía N° 659-2019, de fecha 18 de Junio de 2019, se le designo, con eficacia anticipada al 01 de abril de 2019, como funcionario responsable del portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, la Resolución de Alcaldía N° 1208-2019, de fecha 31 de diciembre de 2019, se dio por concluida la designación del Lic. José Manuel Paravecino Gallardo al cargo de Subgerente de Imagen Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; Que, la Resolución de Alcaldía N° 1211-2019, de fecha 31 de diciembre de 2019, se designó a la Lic. Edith Elena Cáceres Carrillo el cargo de Jefe de Eventos y Protocolo de la Municipalidad Distrital De Los Olivos; Que, en este contexto es necesario actualizar la designación del funcionario responsable del Portal de Transparencia; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Artículo 6°, Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 01 de Enero de 2020, como funcionario RESPONSABLE DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS a la LIC. EDITH ELENA CACERES CARRILLO - JEFE DE EVENTOS Y PROTOCOLO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS; conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la SECRETARIA GENERAL la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y a la GERENCIA DE TECNOLOGIA DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES su publicación en la página web de la municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1848203-1

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