NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (18/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 57
57 NORMAS LEGALES Viernes 18 de setiembre de 2020 El Peruano / Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa; Que, a través de la Resolución Nº 235-2005-SUNARP/ SN del 06 de setiembre de 2005, se aprueba el Manual de Organización y Funciones de la Sede Central y Zonas Registrales. En dicho instrumento de gestión se preve el cargo de Jefe de la O fi cina Legal para el caso de las Zonas Registrales; Que, posteriormente, mediante las Resoluciones del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 282-2013-SUNARP/SN y Nº 291-2013-SUNARP/SN, se estableció la equivalencia de cargos como consecuencia de la aprobación del nuevo ROF de la Sunarp, precisando que el cargo de Jefe de la O fi cina Legal debe ser entendido como Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica; Que, por otro lado, a través de la Resolución Nº 074-2014-SUNARP/SN del 04 de abril de 2014, se aprobó el Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, que incluye lo concerniente al cargo de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de las Zonas Registrales; Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017- SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, que tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, en el acápite i) del literal a), del artículo 20 de la citada Directiva, se dispone la obligación de elaborar perfi les de puestos no contenidos en el MPP, para la contratación de servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276, 728 y 1057, en aquellas entidades públicas que no cuenten con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal d), del artículo 21 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los per fi les de puestos al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; sobre esta base, en el caso de la Sunarp, según el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General; Que, mediante la Resolución Nº 109-2018-SUNARP/ SN del 23 de mayo de 2018, se dispone que desde la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, la denominación de la Secretaría General de la entidad debe ser Gerencia General para todos sus efectos, en cumplimiento de lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo; Que, asimismo, el artículo 23 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH, establece que en caso los requisitos del per fi l de puesto di fi eran del clasi fi cador de cargos de la entidad, este último deberá modi fi carse en función al nuevo per fi l del puesto;Que, en ese contexto, a través del Memorándum Nº 446-2020-SUNARP/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en atención a lo propuesto inicialmente por la O fi cina General de Recursos Humanos con el Memorándum Nº 715-2020-SUNARP/PGRH, recomienda efectuar determinadas precisiones al per fi l de puesto de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Órgano Desconcentrado Zona Registral Nº IX-Sede Lima y de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de los Órganos Desconcentrados Zonas Registrales Nº I-Sede Piura, Nº II-Sede Chiclayo, Nº III-Sede Moyobamba, Nº IV-Sede Iquitos, Nº V-Sede Trujillo, Nº VI-Sede Pucallpa, Nº VII-Sede Huaraz, Nº VIII-Sede Huancayo, Nº X-Sede Cusco, Nº XI-Sede Ica, Nº XII-Sede Arequipa, Nº XIII-Sede Tacna y Nº XIV-Sede Ayacucho, las mismas que están vinculadas con la misión, funciones y conocimientos exigidos para ocupar el mencionado puesto; Que, siendo así, dicha propuesta cuenta con el pronunciamiento favorable de la O fi cina General de Recursos Humanos y la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; siendo esta última el área técnica competente para veri fi car la coherencia y alineamiento del referido per fi l con el ROF de le entidad, conforme lo dispuesto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH; Que, por tales consideraciones, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con el Informe Nº 442-2020-SUNARP/OGAJ, concluye que resulta procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación del per fi l de puesto de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Órgano Desconcentrado Zona Registral Nº IX-Sede Lima y de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de los Órganos Desconcentrados Zonas Registrales Nº I-Sede Piura, Nº II-Sede Chiclayo, Nº III-Sede Moyobamba, Nº IV-Sede Iquitos, Nº V-Sede Trujillo, Nº VI-Sede Pucallpa, Nº VII-Sede Huaraz, Nº VIII-Sede Huancayo, Nº X-Sede Cusco, Nº XI-Sede Ica, Nº XII-Sede Arequipa, Nº XIII-Sede Tacna y Nº XIV-Sede Ayacucho en el Manual de Organización y Funciones de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima y de las demás Zonas Registrales; De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; y la Directiva Nº 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR/PE; con el visado de la Ofi cina General de Recursos Humanos, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la incorporación de Per fi les de Puesto respecto al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Zona Registral Nº IX-Sede Lima. Formalizar la aprobación e incorporación del per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Órgano Desconcentrado Zona Registral Nº IX-Sede Lima en el respectivo Manual de Organización y Funciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Formalizar la incorporación de Per fi les de Puesto respecto al Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de las demás Zonas Registrales. Formalizar la aprobación e incorporación del per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica de los Órganos Desconcentrados Zonas Registrales Nº I-Sede Piura, Nº II-Sede Chiclayo, Nº III-Sede Moyobamba, Nº IV-Sede Iquitos, Nº V-Sede Trujillo, Nº VI-Sede Pucallpa, Nº VII-Sede Huaraz, Nº VIII-Sede Huancayo, Nº X-Sede Cusco, Nº XI-Sede Ica, Nº XII-Sede Arequipa, Nº XIII-Sede Tacna y Nº XIV-Sede Ayacucho en el respectivo Manual de Organización y Funciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto. Dejar sin efecto la descripción del cargo señalado en el Manual de Organización y Funciones de la Sede