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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, por lo que emite opinión técnica favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para proceder con la citada designación; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, con el Informe N° 1174-2021-SUNARP/OGAJ, concluye que se han cumplido con los presupuestos fácticos y normativos para la designación del señor Edwin Carreño Egas en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Comunicaciones, por lo que resulta viable la emisión del respectivo acto resolutivo, acotando que, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, corresponde disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo establecido en el literal j) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; con el visado de la Gerencia General, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Recursos Humanos y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único. - Designación. Designar, a partir del 01 de enero de 2022, al señor Edwin Carreño Egas, en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina General de Comunicaciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN Superintendente Nacional de los Registros Públicos 2026323-1 ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 010-2021/DP Lima, 28 de diciembre del 2021VISTO: El Informe N° 078-2021-DP/OPP, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Memorando N° 0845-2021-DP/OAF y el O fi cio N° 000731-2021-CG/GAD, relacionados con la emisión de la resolución que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una sociedad de auditoría externa; y, CONSIDERANDO:Que, el segundo párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como de los jefes de la O fi cina de Administración y de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, de acuerdo con la precitada resolución, el monto de la retribución económica a abonar por parte de la Defensoría del Pueblo es de S/ 117,056.00, por los periodos a auditar en los años 2021 y 2022, respectivamente; Que, a través de la Resolución Defensorial N° 007- 2020/DP, se aprobó la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por un monto total de S/ 112,602.00, destinado a la auditoria correspondiente al ejercicio 2020; Que, habiéndose cumplido con abonar el monto mencionado en el párrafo anterior; mediante el O fi cio N° 000731-2021-CG/GAD, la Contraloría General de la República comunica a la Defensoría del Pueblo que “(…) con la fi nalidad que sea incorporada en una convocatoria para un CPM su representada debe cumplir con: 1. Realizar la transferencia fi nanciera de la retribución económica por los periodos 2021 y 2022, según el siguiente detalle: ”; Que, en ese sentido, mediante el Memorando N° 0845-2021-DP/OAF, la O fi cina de Administración y Finanzas solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto “(…) gestionar y elaborar la Transferencia fi nanciera por los montos precitados; correspondiente al periodo 2021 a favor de la Contraloría General de la Republica”; asimismo señala que “(…) la transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República correspondiente al 50% del costo del servicio que equivale a S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) para el periodo 2021, asimismo la suma de S/ 11,904.00 (ONCE MIL NOVECIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES) para el pago de derecho de designación de la Sociedad Auditora, el mismo que deberá ser abonado