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130 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / mediante un Depósito en la cuenta N° 0000282758 en el Banco de la Nación”; Que, a través del Informe N° 078-2021-DP/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto informa a la Secretaría General que “(…) es factible otorgar la conformidad a la transferencia de recursos en el presente año y otorgar la disponibilidad presupuestal para el año 2022, según el siguiente detalle: Que, mediante el proveído de Secretaría General de fecha 20 de diciembre de 2021, a través del Sistema de Gestión Documental, recaído en el Informe N° 078-2021-DP/OPP, se solicita a la O fi cina de Asesoría Jurídica elaborar el proyecto de resolución correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, se establece que el Despacho Defensorial es el órgano máximo de la Alta Dirección en la Defensoría del Pueblo, su conducción está a cargo del/de la Defensor/a del Pueblo, quien ejerce autoridad suprema y la titularidad del respectivo pliego presupuestal y representa a la entidad, gozando de total autonomía e independencia en el ejercicio de las funciones previstas en los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, estando a las consideraciones expuestas y en cumplimiento a la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una sociedad de auditoría externa, solicitado por la O fi cina de Administración y Finanzas y sustentado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Con los visados de la Secretaría General y de las o fi cinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6° y por los literales d) y q) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2021, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100.00 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2021. Artículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada a la que se re fi ere en el Artículo Primero de la presente Resolución, se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- AUTORIZAR el pago por concepto de designación de una sociedad de auditoría que realizará las labores de control posterior externo a la Defensoría del Pueblo, correspondiente al período 2021 y 2022, mediante depósito en la Cuenta Corriente de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 11,904.00 (ONCE MIL NOVECIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), con fondos de la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.5: Otros Gastos, Sub Genérica de Gasto 2.5.4: Pago de Impuestos, Derechos Administrativos y Multas Gubernamentales, Especí fi ca del Gasto 2.5.4 1 2 1: Derechos Administrativos. Artículo Cuarto.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo Primero de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 2026123-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito UNIVERSIDAD NACIONAL DIEGO QUISPE TITO DE CUSCO ESCUELA SUPERIOR AUTÓNOMA DE BELLAS ARTES “DIEGO QUISPE TITO” DEL CUSCO RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 434-2021-UNDQT/CO Cusco, 22 de octubre del 2021Visto, el Memorándum Nº 383-2021-UNDQT/PCO- SG, informe Nº 053-2021-UNDQT/PCO-SG, Informe Nº 285-2021-UNDQT/OPP presentado por la Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en su condición de responsable del Equipo de Mejora de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito de Cusco, aprobada mediante Resolución de Presidencia Nº 318-2021-UNDQT-PCO del 19 de Agosto de 2021 para la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA institucional, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 21 de octubre del 2021, se ha debatido y aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y demás documentos que se adjuntan a la presente resolución; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo