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61 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2021 El Peruano / fecha 30.11.2020 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 461-2020/GAJ/MDP de fecha 30.11.2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 798-2020-GM/MDP de fecha 30.11.2020 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, mediante Informe Nº 147-2020-GPP-MDP de fecha 30.11.2020, la Gerencia Planeamiento y Presupuesto sostiene la formulación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pucusana, manifestando que cumple con los lineamientos técnicos establecidos por el marco legal, asimismo emite opinión favorable; Que, mediante Memorándum Nº 797-2020-GM/MDP de fecha 30.11.2020, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión legal con relación al Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE); Que, mediante Informe Nº 461-2020-GAJ/MDP de fecha 30.11.2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Pucusana sosteniendo que se encuentra conforme a las normas legales dispuestas sobre la materia; Que, mediante Memorándum Nº 798-2020-GM/MDP de fecha 30.09.2020, la Gerencia Municipal solicita la emisión de Resolución de Alcaldía en base a los actuados administrativos que obran en el expediente; EN ESTE CONTEXTO, ESTANDO A LOS CONSIDERANDOS PRECEDENTES Y EN USO DE LA FACULTAD CONFERIDA POR EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR El TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS (TUSNE) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA, la misma que en documento Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER el estricto cumplimiento de la presente Resolución, a todas las Unidades Orgánicas de la Entidad, debiéndose sujetarse a los dispositivos legales vigentes según sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información y Sistemas, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ELOY ESPINOZA PEÑA Alcalde 1919238-1MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aprueban el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales 2020 - 2024 del distrito de Pueblo Libre ORDENANZA N° 578-MPL Pueblo Libre, 28 de diciembre del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto en unanimidad de los señores regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, el cual es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el inciso 8 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que el Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece que las municipalidades distritales en materia de residuos sólidos, son competentes para aprobar y actualizar el Plan Distrital de Manejo de Residuos, para la gestión e fi ciente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional. Asimismo establece que el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales (PMR) forma parte de los instrumentos para el uso e fi ciente de los materiales y la gestión de los residuos sólidos. Que, el artículo 10 del Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, establece que el Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos Municipales y el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales son instrumentos de plani fi cación en materia de residuos sólidos de gestión municipal y que estos tienen por objetivo generar las condiciones necesarias para una adecuada, e fi caz y e fi ciente gestión y manejo de los residuos sólidos, desde la generación hasta la disposición fi nal, además señala que estos son actualizados cada cinco (05) años; Que, el artículo 48 de la Ordenanza N° 551-MPL, Ordenanza de Gestión Integral de Residuos Sólidos en el distrito de Pueblo Libre, establece que la Municipalidad de Pueblo Libre a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental deberá elaborar el Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales, el cual deberá ser aprobado mediante Ordenanza y se actualiza cada cinco (05) años; Que, con fecha 03 de diciembre de 2019 se aprobó la Resolución de Alcaldía N° 478-2019-MPL, a través del cual se conformó el Equipo Técnico Municipal (ETM) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, como el colegiado encargado de la conducción del proceso para la elaboración del Plan Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Pueblo Libre; Que, con fecha 27 de noviembre de 2020 el Equipo Técnico Municipal (ETM) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre mediante Acta de Reunión acordó