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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2021 (15/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 15 de julio de 2021 El Peruano / VISTOS: La solicitud s/n de fecha 15 de diciembre de 2015 presentada por COSMO INGREDIENTS S.A.C., identi fi cada con Registro Único de Contribuyentes N° 20551986838; así como los demás documentos vinculados a dicha solicitud; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 66 y 68 que los recursos naturales, renovables y no renovables, son Patrimonio de la Nación; siendo el Estado soberano en su aprovechamiento y estableciendo que es su obligación promover la conservación de la diversidad biológica; Que, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y su Protocolo de Nagoya sobre Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los Bene fi cios que se deriven de su utilización; se orientan a la participación justa y equitativa en los bene fi cios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos; Que, el artículo 38 de la Decisión N° 391 de la Comunidad Andina de Naciones que aprueba el Régimen Común de Acceso a los Recursos Genéticos, señala que, una vez adoptado y suscrito el contrato, en unidad de acto, se emitirá a Resolución correspondiente; la que se publicará junto con un extracto del contrato en el Diario o Gaceta O fi cial o en un diario de amplia circulación nacional y a partir de ese momento se entenderá perfeccionado el acceso; Que, el Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos establecido mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM, dispone en el literal b) de su artículo 15 que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), es la Autoridad de Administración y Ejecución para el acceso a los recursos genéticos y sus derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales; Que, el literal r) del artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del INIA; aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; establece que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA), tiene por función dirigir la implementación de las disposiciones técnicas de acceso a los recursos genéticos y sus derivados contenidos en las especies cultivadas o domésticas continentales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 002-2021- INIA, la Jefatura del INIA delega en la DGIA la facultad de celebrar contratos de acceso a recursos genéticos y emitir las resoluciones respectivas a dichos contratos, durante el ejercicio fi scal 2021; Que, mediante carta s/n de fecha 15 de diciembre de 2015, COSMO INGREDIENTS S.A.C. solicitó al INIA el acceso a los recursos genéticos de la especie cultivada Cacao Porcelana (Theobroma cacao) con fi nes comerciales, en el marco del proyecto denominado “Estudio de extracto de Porcelana Cacao (Theobroma cacao) como potencial ingrediente en cosmética”; Que, mediante Convenio Especí fi co y Adenda respectiva suscrita con fecha 25 de setiembre de 2018; el Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos se comprometió a participar en el proyecto denominado “Estudio de extracto de Porcelana Cacao (Theobroma cacao) como potencial ingrediente en cosmética”, en calidad de Institución Nacional de Apoyo; Que, mediante solicitud s/n recibida con fecha 08 de julio de 2019, COSMO INGREDIENTS S.A.C. precisó que en el presente procedimiento administrativo actúa en nombre propio y en representación de COSMO INTERNATIONAL INGREDIENTS SOCIÉTÉ PAR ACTIONS SIMPLIFIÉE À ASSOCIÉ UNIQUE según facultades inscritas en el Asiento A00003 de la Partida Electrónica N° 13489208 del Registro de Personas Jurídicas de la O fi cina Registral de Lima (Libro de Poderes otorgados por sociedades constituidas o sucursales establecidas en el extranjero) solicitando que está última sea incorporada como solicitante en igualdad de derechos y obligaciones;Que, a partir la evaluación realizada por la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria (SDRIA) a través del Informe Técnico-Legal N° 003-ZRFC-JLTN-011/013-2020-GEF-NAGOYA y contando con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente a través el O fi cio N° 00076-2020-MINAM/VMDERN/DGDB; la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria declaró PROCEDENTE la mencionada solicitud a través de la Carta N° 069-2020-MIDAGRI-INIA-DGIA/SDRIA; y posteriormente, mediante suscripción de la respectiva acta de negociación, se acordaron los bene fi cios monetarios derivados del acceso y utilización de los recursos genéticos de la especie cultivada Cacao Porcelana (Theobroma cacao) a otorgarse al INIA en representación del Estado Peruano; Que, los contratos de acceso de recursos genéticos deberán contener como mínimo las disposiciones señalas en el artículo 23 del Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos; Que, mediante Informe N° 166-2021-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica del INIA emite opinión favorable para continuar con el trámite para la suscripción del contrato de acceso; Con el visto de la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, el Reglamento de Acceso a Recursos Genéticos establecido mediante Decreto Supremo N° 003-2009-MINAM y la Resolución Jefatural N° 002-2021-INIA; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR a COSMO INGREDIENTS S.A.C. y a COSMO INTERNATIONAL INGREDIENTS SOCIÉTÉ PAR ACTIONS SIMPLIFIÉE À ASSOCIÉ UNIQUE el acceso a los recursos genéticos y sus productos derivados de la especie cultivada Cacao Porcelana (Theobroma cacao) para el uso exclusivo de ejecución del proyecto “Estudio de extracto de Porcelana Cacao (Theobroma cacao) como potencial ingrediente en cosmética”, con fi nes comerciales; por las razones expuestas en los considerandos de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- DECLARAR PERFECCIONADO el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos N° 007-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA suscrito con COSMO INGREDIENTS S.A.C. a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- ENCARGAR a la Subdirección de Regulación de la Innovación Agraria, la supervisión y control del cumplimiento del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos N° 007-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA. Artículo 4.- PUBLICAR la presente Resolución Directoral junto con un extracto del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos N° 007-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA, en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del INIA (www.inia.gob.pe). Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral a COSMO INGREDIENTS S.A.C. en su calidad de solicitante y representante de COSMO INTERNATIONAL INGREDIENTS SOCIÉTÉ PAR ACTIONS SIMPLIFIÉE À ASSOCIÉ UNIQUE, al Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en su calidad de Institución Nacional de Apoyo designada, y al Ministerio del Ambiente en su calidad de Ente Rector. Artículo 6.- INCORPORAR el Contrato de Acceso a Recursos Genéticos N° 007-2021-MIDAGRI-INIA/DGIA en el Registro de Acceso a Recursos Genéticos de la Subdirección de la Regulación de la Innovación Agraria. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESUS F. CALDAS CUEVA Director GeneralDirección de Gestión de la Innovación AgrariaInstituto Nacional de Innovación Agraria