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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2021 (24/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 224

TEXTO PAGINA: 131

131 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / Acción para la Inclusión Social (PAIS), que en cuadros Nros 01 y 02 forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob.pe). Artículo 3.- Disponer que el Programa Nacional de Plataformas de Acción para la Inclusión Social (PAIS), publique en su Portal de Transparencia su Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) – cuadros Nros 01 y 02, así como la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANEYRI ELIZABETH BOYER CARRERA Presidenta EjecutivaAutoridad Nacional del Servicio Civil 1975847-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Establecen los ámbitos de acción de diversas Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 091-2021-PROMPERU/PE Lima, 23 de julio del 2021VISTOS: El Informe N° 025-2021-PROMPERU/DO y los Memorándums N° 441-2021-PROMPERÚ/DO, N° 454-2021-PROMPERÚ/DO y N° 478-2021-PROMPERÚ/DO de la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, el Memorándum N° 161-2021-PROMPERÚ/GG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 138-2021-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, según los artículos 1 y 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, este es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar las estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, mediante el artículo 24 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, se dispuso que las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior – OCEX dependan funcional, administrativa y orgánicamente de PROMPERÚ; Que, el artículo 73 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, señala que la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, en lo sucesivo la DO, es el órgano de línea encargado de dirigir, coordinar, evaluar y supervisar a las OCEX, en concordancia con las políticas, lineamientos, objetivos y metas sectoriales; Que, el literal c) del artículo 13 del ROF de PROMPERÚ, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene como una de sus funciones el dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecución de las actividades que cumplen los órganos de la Entidad; entre los que se encuentran, las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, como órganos desconcentrados de PROMPERÚ; Que, el literal a) del numeral 6.4.3.1 de la Directiva N° 004-2021-PROMPERÚ/DO “Lineamientos para la Gestión de los Consejeros Económicos Comerciales a cargo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 112-2021-PROMPERÚ/PE, señala que el Consejero Económico Comercial puede tener como ámbito de acción otros países, además del país al cual fue asignado y acreditado, dependiendo de su cercanía y la importancia que tenga el mercado en el marco de la estrategia institucional y Política de Estado; dicho ámbito de acción será establecido mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, a propuesta de la DO; Que, mediante Informe N° 025-2021-PROMPERÚ/ DO, la DO propuso la modificación del ámbito de acción de Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, señala que dicha propuesta no tiene impacto en la estructura orgánica de la Entidad definida en la Ley N° 30075 y en el ROF de PROMPERÚ, ni en el presupuesto de la Entidad; toda vez que se mantiene la asignación vigente en el PIM actual y las actividades de las OCEX, bajo el contexto de la modificación de los ámbitos de acción propuestos por la DO, deberán ajustarse al marco presupuestal disponible; Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Asesoría Jurídica de PROMPERÚ señala no tener cuestionamiento legal alguno sobre la propuesta realizada por la DO sobre la modificación del ámbito de acción, según lo referido en su Informe Nº 025-2021-PROMPERÚ/DO; Que, a través del Memorándum N° 454-2021-PROMPERÚ/DO, la Dirección de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, señala que, en atención a las precisiones realizadas por el Director de Promoción Comercial del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Consejeros Económicos Comerciales recibirán acreditación múltiple en los ámbitos de acción asignados, lo cual se encuentra sujeto a la aceptación de los Estados receptores interesados, de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y normas modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE; y, la Resolución Ministerial Nº 049-2021-MINCETUR; Con la visación de la Gerencia General, la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica de PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1. - Establecer los ámbitos de acción de las siguientes O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, los mismos que, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, quedarán determinados de la siguiente manera: OCEX ÁMBITO DE ACCIÓN Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)República de Irlanda Madrid (Reino de España) República Portuguesa Rotterdam (Reino de los Países Bajos) Reino de Bélgica, Gran Ducado de Luxemburgo, Reino de Dinamarca, Reino de Noruega, República de Finlandia, Reino de Suecia Hamburgo (República Federal de Alemania)República de Austria, República de Polonia París (República Francesa)Confederación Suiza, Principado de Mónaco