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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2021 (24/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 224

TEXTO PAGINA: 133

133 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS Y FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: declarar barreras burocráticas ilegales los siguientes extremos: (ii) señalizar con círculos el distanciamiento de personas al local de un metro y medio (1.50 m), materializada en el numeral 1) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO, (iii) la desinfección con Hipoclorito de Sodio al 0.1% (20 ml de hipoclorito de sodio al 5% en 980 ml de agua), materializada en el numeral 1) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO, (v) la limpieza y desinfección de cara con agua y jabón para ingresar, materializada en el numeral 2) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO, (vi) que, los trabajadores están obligados a usar guantes y gorros descartables, así como llevar indumentaria necesaria para el inicio de las actividades, materializada en el numeral 2) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO, (vii) realizar a todos los trabajadores el descarte de COVID-19 de forma periódica, materializada en el numeral 2) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO, (ix) que, el usuario y/o cliente deberá evitar demorarse en sus trámites, materializada en el numeral 3) del Artículo 4º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO y (x) que, el personal de manera permanente debe utilizar guantes y gorros descartables, así como el uniforme de trabajo, materializada en el Artículo 5º “Medidas de Bioseguridad” de la Ordenanza Municipal Nro. 004-2020-CMPT-SO. El fundamento de dicha decisión es que las medidas impuestas exceden lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 972-2020-MINSA, que aprobó el Documento Técnico: “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2” De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de las barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por su imposición. VIGNES PAREJA ROCIO DE MARIA PresidentaComisión Adscrita a la O fi cina Regional del Indecopi de Cusco 1976162-2 Designan Jefa de la Unidad de Abastecimiento RESOLUCIÓN N° 000148-2021-GEG/INDECOPI San Borja, 21 de Julio del 2021VISTOS: El Memorándum N° 000437-2021-GEG/INDECOPI, el Informe N° 000053-2021-ORH/INDECOPI y el Informe N° 000091-2021/OAJ-INDECOPI, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 del artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el personal de con fi anza se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y modificatorias, establece como una de las funciones de la Gerencia General el designar y remover al personal de la Institución; Que, de conformidad al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del Indecopi, aprobado por Resolución Ministerial N° 182-2020-PCM, del 27 de julio de 2020, y cuyo reordenamiento fue aprobado con Resolución N° 000080-2021-GEG/INDECOPI, de fecha 14 de mayo de 2021, el puesto de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento (CAP 458) se encuentra clasi fi cado como un cargo de con fi anza; Que, con Memorándum N° 000437-2021-GEG/ INDECOPI, la Gerencia General solicita a la Oficina de Recursos Humanos evaluar a la señora María del Rosario Francisca Carranza para que ocupe el cargo de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento (CAP 458); Que, en atención a lo solicitado por la Gerencia General, la Oficina de Recursos Humanos emite el Informe N° 000053-2021-ORH/INDECOPI concluyendo que la señora María del Rosario Francisca Carranza Ugarte cumple con las competencias, méritos, requisitos y/o atributos propios para ocupar el cargo de Jefa de la Unidad de Abastecimiento (CAP-P 458); Que, en atención a la normativa expuesta, mediante Informe N° 000091-2021-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que, la Gerenta General se constituye en la autoridad competente para designar a el/la servidor/a que ocupe el cargo de Jefe(a) de la Unidad de Abastecimiento (CAP 458); Que, en atención a lo expuesto, la Gerencia General considera pertinente proceder con la designación de la señora María del Rosario Francisca Carranza en el cargo referido; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el numeral 2 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y con el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora María del Rosario Francisca Carranza Ugarte en el cargo de Jefa de la Unidad de Abastecimiento (CAP-P 458), con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones necesarias para la efi cacia de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILAGRITOS PILAR PASTOR PAREDES Gerenta General 1975574-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Designan Secretaria General del Instituto Nacional de Estadística e Informática RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 178-2021-INEI Lima, 23 de julio de 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza Nº 015, cargo de confi anza de Secretario (a) General del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, en este contexto, resulta necesario designar al funcionario que ocupará el cargo de Secretario (a) General del Instituto Nacional de Estadística e Informática; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.