Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2021 (24/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 224

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / Que, el numeral 72.5 del citado artículo establece que la Dirección de Hidrografía y Navegación autoriza, supervisa y aprueba los estudios hidro-oceanográ fi cos, hidro-lacustres, determinación de línea de más alta marea, adicionalmente los estudios hidro- fl uviales que someta a su consideración la Dirección General, de toda actividad, infraestructura e instalación que por su naturaleza se realice en el medio acuático o en acceso a instalaciones en la franja ribereña. Que, en ese orden de ideas, mediante Resolución Directoral Nº 0569-2003/DCG de fecha 15 de setiembre del 2003, la Dirección General del Capitanías y Guardacostas aprueba los términos de referencia o lineamientos para el desarrollo de los Estudios Hidro-Oceanográ fi cos; lineamientos que a la fecha requieren ser actualizados; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 137-2020/MGP/DGCG de fecha 12 de mayo del 2020, se refrenda la Resolución Directoral Nº 061-2019/MGP/DHN emitida por la Dirección de Hidrografía y Navegación que aprueba las Normas Técnicas Hidrográ fi cas Nº 45 – Elaboración de Estudios Hidro-Oceanográ fi cos (HIDRONAV-5174), 2da. Edición 2019, con clasi fi cación de seguridad Ordinaria, versión 02; Que, mediante Resolución Directoral Nº 147-2020/ MGP/DGCG de fecha 19 de mayo del 2020, se aprueban los lineamientos para el desarrollo de Estudios Hidro-Oceanográ fi cos, los cuales deben ser realizados de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica Hidrográ fi ca Nº 45 y las normas técnicas vinculadas a esta; Que, es necesario actualizar los lineamientos para la elaboración de los estudios hidrográ fi cos aprobados mediante las resoluciones directorales antes mencionadas que permita a la Autoridad Marítima Nacional determinar la viabilidad de los proyectos marítimos, así como identi fi car los perjuicios que estos podrían ocasionar en la zona costera, tales como la sedimentación, erosión y cambios en su geomorfología que impidan el desarrollo de las actividades acuáticas vinculadas al proyecto, estudio técnico que previamente es evaluado por la Dirección de Hidrografía y Navegación y aprobado por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en su condición de Autoridad Marítima Nacional; De conformidad con lo propuesto por el Director del Ambiente Acuático, lo recomendado por el Jefe de Normativa y por la Jefe de Asesoría Jurídica, y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y el Director de Hidrografía y Navegación; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar las Normas Técnicas Hidrográ fi cas Nº 45 - Elaboración de Estudios Hidro- Oceanográ fi cos (HIDRONAV-5174), 2da. Edición 2019, la cual establece los lineamientos básicos para la elaboración de los Estudios Hidro Oceanográ fi cos (EHO), con la fi nalidad de proporcionar información de las características hidrográ fi cas, oceanográ fi cas, meteorológicas y geomorfológicas de un espacio geográ fi co especí fi co en el ámbito marítimo, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución directoral. Artículo 2º .- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 0569-2003/DCG de fecha 15 de setiembre del 2003, la Resolución Directoral Nº 137-2020/MGP/DGCG de fecha 12 de mayo del 2020 y la Resolución Directoral Nº 147-2020/MGP/DGCG de fecha 19 de mayo del 2020. Artículo 3º .- La presente resolución directoral y anexo serán publicados en el portal electrónico de la Dirección de Hidrografía y Navegación www.dhn.mil.pe y de la Autoridad Marítima Nacional www.dicapi.mil.pe. Artículo 4º .- La presente resolución directoral entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.ALBERTO ALCALÁ LUNA Director General de Capitanías y Guardacostas 1976267-1DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Modifican la R.M. Nº 0341-2020-MIDAGRI, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0199-2021-MIDAGRI Lima, 20 de julio de 2021CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0341-2020-MIDAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0011-2021-MIDAGRI y Resolución Ministerial Nº 0088-2021-MIDAGRI se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, de fi ne las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios, señalando en el último párrafo de su artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, es necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0341-2020-MIDAGRI referido a delegación de facultades y atribuciones en el/la Secretario/a General, en el rubro “En materia de contrataciones del estado” y “En materia de recursos humanos”; Que, asimismo es necesario modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0341-2020-MIDAGRI referido a la delegación de facultades y atribuciones en el/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego en el rubro “En materia administrativa” y el artículo 8 referido a la delegación de facultades en la Oficina General de Administración en el rubro “En materia de contrataciones del estado”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0341-2020-MIDAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial 0011-2021-MIDAGRI y Resolución Ministerial 0088-2021-MIDAGRI de la siguiente manera: “Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Secretario/a General (...) En materia de contrataciones del Estado c) Aprobar las reducciones de obras de los contratos derivados de los procedimientos de selección establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225. (...) En materia de recursos humanos(...) e) Informar a la Unidad Transitoria de Pago – UTP del Ministerio de Economía y Finanzas si el Personal Altamente Cali fi cado – PAC deja de prestar servicios en el Sector, antes del vencimiento de su contrato.” Artículo 2.- Modi fi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0341-2020-MIDAGRI, modi fi cada por Resolución Ministerial 0011-2021-MIDAGRI y Resolución Ministerial 0088-2021-MIDAGRI de la siguiente manera: