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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2021 (06/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 6 de marzo de 2021 El Peruano / 2.2. De la Escritura Pública Nº 01, 759, del 7 de agosto de 2018, presentada por la organización política recurrente para acreditar la titularidad del citado bien inmueble, se advierte que el señor candidato adquirió la propiedad segregada del predio ubicado en el sector denominado “Catahui I” del Fundo Salcedo del distrito, provincia y departamento de Puno, detallándose los Lotes 12, 15, 16 y 17 de la manzana J y el Lote 20 de la manzana H, cada uno de 180.00 m2. 2.3. El JEE declaró la exclusión del candidato basándose en que la ubicación del predio declarado no coincide con la ubicación señalada en el documento de la transferencia y que, además, se acreditaría la adquisición de 5 bienes inmuebles que fueron omitidos. 2.4. Ahora bien, conforme a los descargos señalados y los medios de prueba incorporados al proceso, se advierte que, en efecto, el bien inmueble declarado con ubicación en “Salida a Moquegua - Mi Perú - Puno” es el mismo bien inmueble adquirido ubicado en “Catahui I del Fundo Salcedo del distrito, provincia y departamento de Puno”, pues de la consistencia de los medios probatorios se extrae lo siguiente: - Conforme al Dictamen emitido por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, antecedente de la Ley Nº 30565, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la creación del distrito de Salcedo en la provincia de Puno, departamento de Puno, la localidad denominada “Mi Perú” se encuentra dentro del Centro Poblado de “Salcedo”, ambos ubicados en el distrito, provincia y región de Puno. - De la consulta realizada en el Sistema de Información Geográ fi ca - Sistema de Consulta de Centros Poblados y en el Sistema de Rutas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se advierte que la localidad Catahui y la zona Mi Perú se encuentran próximas a la carretera transversal Nº 36B que conecta las regiones de Puno y Moquegua, de ahí que es posible inferir que, en efecto, el predio declarado por el señor candidato como “Salida a Moquegua - Mi Perú - Puno”, es el mismo predio adquirido mediante Escritura Pública Nº 01, 759, más aún si conforme a las máximas de la experiencia y la información material, dicha ubicación se encuentra a lo que, por usos y costumbres, se denominaría “Salida a Moquegua”. - Asimismo, dicha conclusión encuentra mayor sustento en el documento intitulado Declaración del Impuesto Predial 2019 de la Municipalidad de Salcedo, en el cual se indica como contribuyente al señor candidato y se detalla en el Rubro II: Nombre del Predio Rural: Mz “J”, Lote Nº 12, Lote Nº 15, Lote Nº 16, Mz “H” Lote Nº 20, “Catahui I, Fundo Salcedo - Salida Moquegua Mi Perú – Puno” ; y como ubicación del predio: Catahui - Fundo Salcedo - Salida Moquegua - Mi Perú , con Código Catastral 210101000000000, conforme a la siguiente imagen: 2.5. Determinada dicha identidad, corresponde analizar si el señor candidato omitió declarar los bienes inmuebles constituidos por los Lotes 12, 15, 16 y 17 de la manzana J y Lote 20 de la manzana H, del predio denominado “Catahui I” del Fundo Salcedo del distrito, provincia y departamento de Puno . 2.6. Conforme al Testimonio de Escrituras Públicas Nº 00, 185 del 23 de enero de 2019 y Nº 01, 879, del 17 de agosto de 2018, se advierte que trans fi rió los Lotes 16 y 17, manzana “J” de la calle sin nombre que forman parte del