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65 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de agosto de 2022 El Peruano / la Universidad Nacional de Moquegua, de acuerdo con el siguiente detalle: 1. Viáticos: Días x 15 a S/. 313.33/día : S/. 4,700.00 soles 2. Pasajes aéreos: Tacna – Rio de Janeiro – Tacna : S/. 5,500.00 soles 3. Pasajes Terrestres Nacional: Ilo – Tacna – Ilo : S/. 40.00 soles 4. Pasajes Terrestres Internacional: Rio de Janeiro – Vicosa – Rio de Janeiro : S/. 370.00 soles Rio de Janeiro – Piracicaba – Rio de Janeiro : S/. 390.00 soles Artículo Tercero.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Vicepresidencia Académica, a través de la Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental, garantizar el normal desarrollo de las labores académicas, respecto a la carga académica del mencionado docente; así como a la Dirección General de Administración, adoptar las acciones necesarias para su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”, implementación y cumplimiento de la presente Resolución Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OSCAR ALFREDO BEGAZO PORTUGAL Presidente (E) GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 2095918-1 Autorizan viaje de tesista de proyecto de investigación de la Universidad Nacional de Moquegua para realizar pasantía en el Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 562-2022-UNAM Moquegua, 3 de agosto de 2022. VISTOS, el O fi cio Nº 151-2022-VPI/UNAM del 02.08.2022, el Informe Legal Nº 0440-2022-OAJ/CO- UNAM del 18.07.2022, el Informe Nº 1028-2022-OPP/UNAM del 13.07.2022, el Informe Nº 887-2022-UP-OPP/UNAM del 12.07.2022, el Informe Nº 0706-2022-DITT/ VPI/UNAM del 06.07.2022, el Informe Nº 001-2022- EMEE/DITT-VPI-UNAM del 01.07.2022; y, el Acuerdo de Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora de fecha 02 de agosto de 2022; y, CONSIDERANDO: Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua. Que, mediante Informe Nº 001-2022-EMEE/DITT-VPI- UNAM, el Dr. Alejandro Manuel Ecos Espino, Asesor del proyecto de Investigación “DESARROLLO Y VALIDACIÓN DE MÉTODO DE ANÁLISIS CROMATOGRÁFICO PARA LA DETECCIÓN Y CUANTIFICACIÓN EN EL EFLUENTE DE LA PTAR DE OMO MOQUEGUA”, solicita autorización, así como pasajes y viáticos para que el Tesista Elvis Jack Colque Ayma, pueda realizar una Pasantía en el Centro de Energía Nuclear y Agricultura de la Universidad de Sao Paulo – Piracicaba – Brasil, así como en el Laboratorio de Contaminantes en el Ambiente de la Universidad Federal de Vicosa – Minas Gerais – Brasíl, desde el 15 de agosto al 15 de setiembre del 2022; al respecto, con Informe Nº 0706-2022-DITT/VPI/UNAM, el Director de Innovación y Transferencia Tecnológica, con opinión favorable, autoriza la pasantía internacional a favor del mencionado Tesista y solicita opinión legal y presupuestal, así como la autorización correspondiente. Que, con Informe Nº 1028-2022-OPP/UNAM, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, remite la certi fi cación presupuestal por el importe de S/. 11,000.00 Soles, Meta: 051, Fuente de Financiamiento/Rubro: 5-18 Canon, Sobre canon Regalías, Renta de Aduanas y Part., Genérica de Gastos: 2.3 Bienes y Servicios, Nota Nº 2375, en mérito a la solicitud de autorización de viaje, conforme se encuentra descrito en el Informe Nº 887-2022-UP-OPEP/UNAM. Que, en tal sentido, resulta relevante el viaje al exterior del Sr. Elvis Jack Colque Ayma, Tesista del proyecto de Investigación “DESARROLLO Y VALIDACIÓN DE MÉTODO DE ANÁLISIS CROMATOGRÁFICO PARA LA DETECCIÓN Y CUANTIFICACIÓN EN EL EFLUENTE DE LA PTAR DE OMO MOQUEGUA”, con la fi nalidad de poder realizar una Pasantía en el Centro de Energía Nuclear y Agricultura de la Universidad de Sao Paulo – Piracicaba – Brasil, así como en el Laboratorio de Contaminantes en el Ambiente de la Universidad Federal de Vicosa – Minas Gerais – Brasíl, desde el 15 de agosto al 15 de setiembre del 2022. Que, con Informe Legal Nº 0440-2022-OAJ/CO-UNAM, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, es de opinión favorable para que se autorice el viaje al exterior del Sr. Elvis Jack Colque Ayma, en su condición de Tesista del proyecto de Investigación “DESARROLLO Y VALIDACIÓN DE MÉTODO DE ANÁLISIS CROMATOGRÁFICO PARA LA DETECCIÓN Y CUANTIFICACIÓN EN EL EFLUENTE DE LA PTAR DE OMO MOQUEGUA”, con la fi nalidad de poder realizar una Pasantía en el Centro de Energía Nuclear y Agricultura de la Universidad de Sao Paulo – Piracicaba – Brasil, así como en el Laboratorio de Contaminantes en el Ambiente de la Universidad Federal de Vicosa – Minas Gerais – Brasíl, desde el 15 de agosto al 15 de setiembre del 2022; autorización que debe ser formalizada, mediante Resolución del Titular de la Entidad y, publicación en el Diario O fi cial El Peruano antes del viaje. Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto de la Universidad Nacional de Moquegua. Que, conforme a lo descrito en el artículo 11º del Reglamento para la formulación y ejecución de Proyectos de Investigación de la UNAM, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 513-2021-UNAM, establece que, el responsable fi nanciero, es un docente ordinario, con grado de magister o doctor quien asume la responsabilidad fi nanciera del proyecto; considerando dicho precepto normativo, el Responsable fi nanciero del Proyecto, mediante Informe Nº 001-2022- EMEE/DITT-VPI-UNAM, viene canalizando la solicitud de viaje en comisión de servicios del Sr. Elvis Jack Colque Ayma. Que, por su parte, el artículo 19º del Reglamento antes señalado, prescribe, el fi nanciamiento de los proyectos de investigación comprende los gastos permitidos por las normas vigentes, contemplándose en el literal g) pasajes, viáticos o inscripción para participar en eventos y actividades de Investigación; sobre el particular, conforme a lo descrito en el Reglamento de Investigación, son funciones de la Dirección de Gestión de la Investigación, evaluar, aprobar y monitorear proyectos de investigación de docentes y de estudiantes de la UNAM; en ese sentido, la Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica previa evaluación del expediente de solicitud, autoriza la comisión de servicios a favor del Tesista.