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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 256

TEXTO PAGINA: 236

236 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2022 El Peruano / establecido en los Términos de Referencia aprobados, según corresponda. 4) Copia simple del Certi fi cado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), otorgado por la autoridad competente, en caso corresponda, de acuerdo a las normas sobre la materia, que considere la ubicación y coordenadas del área del polígono del proyecto. CAPÍTULO V PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL NFORME TÉCNICO SUSTENTATORIO (ITS) Artículo 52.- Procedimiento de aprobación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) El Titular que cuenta con un Estudio de Impacto Ambiental aprobado y pretende hacer mejoras tecnológicas, modi fi car componentes o hacer ampliaciones en su proyecto o actividades, que tengan impactos ambientales negativos no signi fi cativos, solicita la conformidad del ITS para proyectos de infraestructura de residuos sólidos de gestión Municipal. La Subgerencia de Gestión Ambiental veri fi ca el cumplimiento de los requisitos, realiza la evaluación de admisibilidad y otorga la Resolución de Subgerencia que declara conforme o no conforme el ITS. La conformidad del ITS debe realizarse previo a la implementación de las acciones antes señaladas. Artículo 53.- Plazo de evaluación de la solicitud de conformidad del ITS El plazo máximo de evaluación del ITS es de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. Artículo 54.- Requisitos de la solicitud de conformidad del ITS El Titular solicita la conformidad del ITS a la Subgerencia de Gestión Ambiental, cumpliendo, en adición a los requisitos previstos en el Artículo 124 del TUO de la LPAG, con presentar los siguientes requisitos: 1) Formulario SGA 003 dirigido a la autoridad competente que contenga la siguiente información: h) Datos del titular del proyecto referidos a razón social de la empresa o nombre de la entidad. i) Número del RUC de la empresa, o de la entidad.j) Nombre del Titular o Representante Legal de la empresa o entidad. k) Número del Documento Nacional de Identidad (DNI) del Titular o Representante Legal. l) Número de la partida registral y asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP de la empresa o de la entidad, según corresponda. m) Número del documento que otorga el certi fi cado de compatibilidad de uso del terreno, en caso corresponda. n) Declaración jurada indicando la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2) Pago por derecho de tramitación. 3) Un (01) ejemplar impreso del ITS o un (01) ejemplar en formato electrónico, suscrito por las/los profesionales responsables, cuyo contenido debe ser desarrollado conforme a lo establecido en los Términos de Referencia aprobados, según corresponda. CAPÍTULO VI PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL COMPLEMENTARIOS AL SEIA Artículo 55.- Instrumentos de gestión ambiental complementarios al SEIA Los Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios al SEIA para proyectos de inversión de infraestructura de residuos sólidos son:a) El Plan de Recuperación y Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales b) El Programa de Reconversión y Manejo de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos c) La Ficha Técnica Ambientald) El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) e) Diagnóstico Preliminarf) Informe Técnico que modi fi ca el PAMA g) Otros instrumentos de carácter complementario que sean regulados por el MINAM, a través de Decreto Supremo. SUBCAPÍTULO I PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN DE ÁREAS DEGRADADAS POR RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES Artículo 56.- Procedimiento de aprobación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales Procedimiento mediante el cual una persona natural o jurídica solicita la aprobación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales. La Subgerencia de Gestión Ambiental veri fi ca el cumplimiento de los requisitos, realiza la evaluación de admisibilidad y otorga la Resolución de Subgerencia que aprueba el Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales. Artículo 57.- Plazo de evaluación de la solicitud de aprobación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales El plazo máximo de evaluación del Plan de Recuperación es de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. Artículo 58.- Requisitos de la solicitud de aprobación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales El Titular solicita la aprobación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales a la Subgerencia de Gestión Ambiental, cumpliendo, en adición a los requisitos previstos en el Artículo 124 del TUO de la LPAG, con presentar los siguientes requisitos: 1) Formulario SGA 003 dirigido a la autoridad competente que contenga la siguiente información: a) Datos del titular del proyecto referidos a razón social de la empresa o nombre de la entidad. b) Número del RUC de la empresa, o de la entidad.c) Nombre del Titular o Representante Legal de la empresa o entidad. d) Número del Documento Nacional de Identidad (DNI) del Titular o Representante Legal. e) Número de la partida registral y asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP de la empresa o de la entidad, según corresponda. f) Declaración jurada indicando la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 2) Pago por derecho de tramitación. 3) Un (01) ejemplar impreso o un (01) ejemplar en formato electrónico del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales, suscrito por el titular del proyecto de inversión y el/los especialistas(s) encargado(s) de su elaboración, cuyo contenido debe ser desarrollado conforme a lo establecido en los “Términos de Referencia para la Formulación de Planes de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales” y la “Guía para la Formulación del Plan de Recuperación de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos Municipales”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 150-2019-MINAM. 4) Informe con la descripción de las características del