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16 NORMAS LEGALES Domingo 9 de enero de 2022 El Peruano / “Artículo 90.- Modi fi cación de los datos consignados en el Registro Autoritativo El procedimiento de modi fi cación de los datos consignados en el Registro Autoritativo se realiza a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), y requiere el pago de un derecho de tramitación. El procedimiento se inicia con la numeración de la Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE), la cual para obtenerse debe tramitarse con el Código de Pago Bancario (CPB) por el derecho de tramitación. Adicionalmente, se debe considerar lo siguiente: 90.1 La modi fi cación de la información consignada en el Registro Autoritativo de EO-RS relacionada con el cambio del representante legal, del domicilio legal, de la razón social de la empresa y/o del responsable técnico y ubicación de la planta de operaciones, es de aprobación automática. La Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE) es presentada al MINAM por el representante legal de la EO-RS, tiene carácter de declaración jurada, se encuentra sujeta a fi scalización posterior; y, debe contener la información y documentación que se detalla a continuación: 90.1.1 Para el cambio de representante legal, de domicilio legal y/o de razón social, se debe consignar lo siguiente: a) Los datos del nuevo representante legal, domicilio legal y/o razón social, señalando el número de la partida electrónica y el número de asiento inscrito en la SUNARP, en caso corresponda b) Declaración jurada indicando la autenticidad de los documentos presentados y la información remitida, en el marco del procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; 90.1.2 Para el cambio del responsable técnico, debe consignar lo siguiente: a) Datos del nuevo responsable de la dirección técnica de la empresa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Decreto Legislativo Nº 1278; b) Copia simple de los documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos del/la profesional responsable de la dirección técnica de las operaciones de la empresa, en caso corresponda. La especialización debe acreditarse con cualquiera de los estudios de post grado señalados en el artículo 43 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; debiendo presentar, para el caso de grado académico, sólo los datos de este. Asimismo, la experiencia debe acreditarse con curriculum vitae documentado. c) Carta de compromiso debidamente fi rmada por el/ la profesional quien se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS d) Declaración jurada indicando la autenticidad de los documentos presentados y la información remitida, en el marco del procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 90.1.3. Para el cambio de ubicación de la planta de operaciones, debe consignar lo siguiente: a) Datos de la nueva planta de operaciones. b) Datos de la licencia de funcionamiento vigente de la nueva planta de operaciones, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. c) Declaración jurada indicando la autenticidad de la información remitida, en el marco del procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 90.2 La modi fi cación de los datos consignados en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, se materializa mediante una constancia de modi fi cación de datos otorgada por el MINAM, la cual se expide en un plazo máximo de cinco días hábiles de acuerdo con lo establecido en el artículo 33.2 del TUO de la LPAG.” “Artículo 91.- Modi fi cación y/o ampliación de las operaciones vinculadas al manejo de los residuos sólidos, en el Registro Autoritativo de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos El procedimiento de modi fi cación y/o ampliación de las operaciones vinculadas al manejo de los residuos sólidos, en el Registro Autoritativo se realiza a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), y requiere el pago de un derecho de tramitación. El procedimiento se inicia con la numeración de la Solicitud Única de Comercio Exterior (SUCE), la cual para obtenerse debe tramitarse con el Código de Pago Bancario (CPB) por el derecho de tramitación. Adicionalmente, se debe considerar lo siguiente: 91.1 Los procedimientos de modi fi cación y/o ampliación de las operaciones vinculadas al manejo de los residuos sólidos no peligrosos, comprenden la ampliación de las operaciones, del manejo de residuos sólidos no peligrosos, de las plantas de operaciones, de las áreas de acondicionamiento y de las infraestructuras de residuos sólidos, y la ampliación y/o modi fi cación de la lista, ámbito de gestión de los residuos sólidos y/o unidades vehiculares para el manejo de los residuos sólidos no peligrosos, debiendo presentarse los requisitos relacionados únicamente a la modi fi cación y/o ampliación que se pretenda realizar, de acuerdo a lo siguiente: 91.1.1 La ampliación de las operaciones, del manejo de residuos sólidos no peligrosos, de las plantas de operaciones, de las áreas de acondicionamiento y de las infraestructuras de residuos sólidos, se encuentra sujeto al régimen del procedimiento de aprobación automática, y el administrado debe presentar la siguiente información y/o documentación: a) Datos de la ubicación del área de acondicionamiento, de la planta de operaciones y/o de la infraestructura de residuos sólidos no peligrosos, de corresponder. b) Lista y ámbito de gestión de los residuos sólidos que se pretende ampliar. c) Descripción de las operaciones que se pretenden ampliar. d) Descripción de equipos e infraestructuras para las operaciones que se pretende ampliar, de corresponder. e) En el caso de la operación de recolección y transporte, se debe consignar el número de placa de rodaje, número de la partida electrónica y tipo de carrocería de los vehículos propuestos. Para los vehículos alquilados, se debe adjuntar copia simple de los contratos de alquiler o leasing vigentes que contengan el número de placa de rodaje, número de la partida electrónica y tipo de carrocería. f) Consignar el número del certi fi cado de habilitación vehicular para transporte de mercancías en general, emitido por el MTC. g) Declaración jurada indicando la autenticidad de los documentos presentados y la información remitida, en el marco del procedimiento administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. h) Copia simple del Plan de contingencia suscrito por el responsable técnico, en el cual se detallen las medidas de atención de emergencia frente a desastres (originados por fenómenos naturales y/o por acción antrópica), para las operaciones que se pretenden ampliar. i) Copia simple de la póliza de seguro que cubre los riesgos por daños al ambiente y contra terceros, en el caso de manejo de infraestructuras de residuos sólidos. j) Copia simple de la Resolución o documento que aprueba el Instrumento de Gestión Ambienta (IGA), en caso corresponda; k) Copia simple de las licencias de funcionamiento vigente, de la planta de operaciones, del área de acondicionamiento y/o de la infraestructura de residuos sólidos, según corresponda, expedida por la autoridad