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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (05/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / c) El Esquema de Acondicionamiento Urbano - EU: Para Villas, Pueblos y Caseríos identi fi cados en el SICCEP. 3. Instrumentos de Plani fi cación Urbana Complementarios: a) El Plan Especí fi co - PE: Para sectores que ameritan un tratamiento integral especial identi fi cados en los Instrumentos de Plani fi cación Urbana, y que se encuentran dentro del suelo urbano categorizado como suelo consolidado, suelo urbano de transformación, suelo urbano en consolidación, y suelo urbanizable, así como del suelo de protección, de ser el caso. b) El Planeamiento Integral - PI: Para predios rústicos no comprendidos en el ámbito de intervención de los Instrumentos de Plani fi cación Urbana que cumplan las condiciones para ser clasi fi cados como suelo urbanizable inmediato. 4. Otros planes maestros o temáticos: Para complementar los PAT, PDM y/o PDU respecto a los Sistemas Urbanísticos, con el debido sustento técnico. 20.2. Los Instrumentos de Plani fi cación Urbana Complementarios se sujetan a los PAT, PDM, PDU o EU. 20.3. El proceso de los PAT, PDM, PDU y EU consta de las siguientes fases: 1. Fase de Preparación: Incluye la conformación de un equipo técnico multidisciplinario, la de fi nición del ámbito de estudio, la identi fi cación de actores sociales, la propuesta del proceso de participación ciudadana efectiva en base a lo establecido en el artículo 8 del presente Reglamento, la determinación de mecanismos de coordinación cuando el Plan correspondiente comprenda más de una municipalidad provincial y la aprobación del plan de trabajo por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad correspondiente. Esta fase tiene una duración de hasta 3 meses. 2. Fase de Elaboración: Consiste en la delimitación del ámbito de intervención con base en el SICCEP, la comunicación del inicio del proceso de elaboración del Plan al MVCS, Gobiernos Regionales y actores sociales identi fi cados, así como la elaboración del diagnóstico, la propuesta y la realización de la consulta pública. Durante toda la fase de Elaboración del Plan se sigue el proceso de participación ciudadana efectiva establecido en el plan de trabajo. Para esta fase se puede tomar información de fuentes primarias y/o secundarias, según corresponda, con el fi n de contar con el debido sustento técnico para la toma de decisiones. Si la municipalidad cuenta con un catastro urbano del ámbito de intervención es utilizada como fuente de información y base cartográ fi ca para el Plan. Esta fase tiene una duración de hasta 18 meses. 3. Fase de Aprobación: Consiste en la aprobación del Plan por parte del Concejo Municipal. Esta fase tiene una duración de hasta 3 meses. 4. Fase de Implementación: Incluye la ejecución de acciones de gestión y control que aseguren el cumplimiento del Plan. Esta fase se realiza de forma permanente. 5. Fase de Seguimiento y Evaluación: Incluye la adopción de acciones de seguimiento y evaluación debidamente documentadas sobre el avance de la implementación del Plan y de la consecución de la visión y objetivos establecidos en él. 6. Fase de Actualización: Consiste en cualquier modi fi cación al contenido del Plan con base en la documentación de la fase de evaluación y siguiendo el proceso de participación ciudadana efectiva establecido en el artículo 8 del presente Reglamento. 20.4. El proceso de los PE, PI y los Planes Temáticos u otros planes maestros, consta de las siguientes fases: 1. Fase de Preparación: Incluye el análisis detallado del PAT, PDM, PDU o EU que le da origen, la identi fi cación de actores sociales, la propuesta del proceso de participación ciudadana efectiva en base a lo establecido en el artículo 8 del reglamento y la aprobación del plan de trabajo por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad correspondiente. Esta fase tiene una duración de hasta 3 meses. 2. Fase de Elaboración: Consiste en la comunicación del inicio del proceso de elaboración del Plan al MVCS, Gobiernos Regionales y actores sociales identi fi cados, así como la elaboración del diagnóstico y la propuesta en el marco de lo establecido en el PAT, PDM, PDU o EU que le da origen, salvo en el caso del Plan Especí fi co denominado “Plan Maestro de Centros Históricos”; y la realización de la consulta pública. Durante toda la fase de Elaboración se sigue el proceso de participación ciudadana efectiva establecido en el plan de trabajo. Esta fase tiene una duración de hasta 18 meses. 3. Fase de Aprobación: Consiste en la aprobación del Plan por parte del Concejo Municipal. Esta fase tiene una duración de hasta 3 meses. 4. Fase de Implementación: Incluye la ejecución de acciones de gestión y control que aseguren el cumplimiento del Plan. Esta fase se realiza hasta su incorporación en el Instrumento de Plani fi cación Urbana que le dio origen. Una vez incorporado, su implementación, seguimiento y evaluación se realiza en el marco de las fases de implementación, seguimiento y evaluación del Instrumento de Plani fi cación Urbana que le da origen. 5. Fase de Incorporación al Instrumento de Plani fi cación Urbana correspondiente: Consiste en la incorporación del PE o PI al Instrumento de Plani fi cación Urbana, la misma que se realiza durante la fase de la actualización de este último. Artículo 21.- Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano que comprenden la zona de playa protegida o medio acuático 21.1. Si el ámbito de intervención comprende la zona de playa protegida o medio acuático, se debe coordinar con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y/o la Autoridad Marítima Nacional, según corresponda, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 26856, Ley que declara que las playas del litoral son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles y establecen zona de dominio restringido, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2006-EF o norma que lo sustituya, el Decreto Legislativo Nº 1147, Decreto Legislativo que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2014-DE o norma que lo sustituya. 21.2 La coordinación que alude el párrafo precedente, comprende la participación de dichas autoridades en el proceso de participación ciudadana efectiva establecido en el artículo 8 del presente Reglamento, a fi n de articular de manera sostenible la organización de los mencionados espacios físicos. Artículo 22.- Subsanación de errores materiales en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano 22.1. Se consideran errores materiales en los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano a equivocaciones de nombres, fechas, operaciones aritméticas, nomenclaturas, colores, o incongruencias entre los componentes de la zoni fi cación, siempre que no alteren lo sustancial del contenido ni el sentido de lo propuesto en el Plan. 22.2. El área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad que elaboró el Plan, presenta la propuesta de subsanación sustentada en un Informe técnico para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. Artículo 23.- Nulidad de los actos que contravengan los Planes para el Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano En caso un acto administrativo contravenga lo dispuesto en los Planes para el Acondicionamiento