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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (05/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / 32.12. La versión actualizada del PAT es parte integrante de la Ordenanza Provincial que la aprueba y se remite al MVCS para su inclusión en el Observatorio Urbano Nacional. Artículo 33.- Implementación, seguimiento y evaluación del PAT 33.1. La(s) municipalidad(es) provincial(es), según sea el ámbito de intervención, ejecutan cada una dentro de su jurisdicción, las acciones de implementación, seguimiento y evaluación del PAT, debidamente documentadas. 33.2. La(s) municipalidad(es) provincial(es), según sea el ámbito de intervención, pueden proponer mecanismos complementarios a los aprobados en el PAT para asegurar la implementación, seguimiento y evaluación del mismo. Artículo 34.- Régimen de excepción en la Metrópoli Nacional La Metrópoli Nacional no requiere de la formulación de un PAT, sólo le corresponde el Plan de Desarrollo Metropolitano Interprovincial, al cual se puede incorporar el contenido del PAT, en lo que corresponda. Artículo 35.- Estudios relacionados Los planes de prevención y reducción del riesgo de desastres, la Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE, el Diagnóstico Integral del Territorio - DIT y el Plan de Ordenamiento Territorial - POT, entre otros estudios referidos al ordenamiento territorial, contribuyen a la elaboración del PAT, debiendo este tomar en cuenta su contenido, en caso los mismos se encuentren aprobados. CAPÍTULO III INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN URBANA SUBCAPÍTULO I PLANES DE DESARROLLO METROPOLITANO Artículo 36.- De fi nición y alcance del Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) 36.1. Producto del proceso a cargo de las Municipalidades Provinciales, que orienta y regula la gestión territorial y el desarrollo urbano sostenible de las áreas metropolitanas identi fi cadas en el SICCEP, y dirige y promueve el desarrollo de la inversión pública y privada en el ámbito de intervención. Una vez aprobado pasa a formar parte del cuerpo normativo aplicable a la jurisdicción que corresponda. 36.2. Se elabora en concordancia con el PAT, cuando este ha sido previamente aprobado. 36.3. Se elabora en concordancia y complementa a los Planes de Desarrollo Concertado vigentes. 36.4. Cuando el área metropolitana involucre más de una jurisdicción provincial, se formula un único Plan de Desarrollo Metropolitano, el cual se denomina “Plan de Desarrollo Metropolitano Interprovincial”. Artículo 37.- Ámbito de intervención del PDM37.1. El ámbito de intervención del PDM comprende el conglomerado del continuo poblado dinamizador categorizado como Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional, según la clasi fi cación del SICCEP, e incluye a todos los continuos poblados y centros poblados que pertenecen a este ámbito. 37.2. La delimitación del ámbito de intervención del PDM debe considerar como mínimo: (i) el ámbito de intervención preliminar de fi nido en el SICCEP, (ii) el conglomerado del continuo poblado clasi fi cado como Metrópoli, (iii) la continuidad física de los continuos poblados que pertenecen al conglomerado, (iv) las condiciones hidrográ fi cas y geográ fi cas. El equipo técnico que formula el PDM puede incorporar otros criterios adicionales que respondan al enfoque territorial. 37.3. En el caso que el área metropolitana comprenda más de una jurisdicción provincial, se puede adoptar el mecanismo asociativo de la Mancomunidad Municipal y/o suscribir un Convenio de Cooperación Interinstitucional y/o establecer el mecanismo de coordinación más apropiado que determinen las municipalidades provinciales involucradas en el Plan, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 30.2 del artículo 30 de la Ley. Artículo 38.- Contenido mínimo del PDM38.1. En la determinación del contenido del PDM, los equipos técnicos toman en consideración la escala, las necesidades y características del territorio a ser regulado por este instrumento de plani fi cación, pudiendo adicionar más elementos a lo dispuesto en el presente artículo de acuerdo a la complejidad y características del área metropolitana. 38.2. Atendiendo a las categorías del SICCEP, en la elaboración de los PDM el equipo técnico encargado considera el siguiente contenido mínimo: 1. PDM para la Metrópoli Nacional: Constituye una primera visión del área metropolitana de la Metrópoli Nacional. Se efectúa de manera conceptual con el fi n de establecer la visión, el modelo de desarrollo urbano de la metrópoli, así como las estrategias de intervención del área metropolitana. a) El Resumen Ejecutivo, que incluye un breve desarrollo de los contenidos del PDM. b) El diagnóstico metropolitano del ámbito de estudio en relación a los principales problemas y oportunidades que condicionan el desarrollo urbano, articulados a la PNVU vigente. c) La delimitación del ámbito de intervención.d) La visión compartida del área metropolitana y el modelo de desarrollo urbano del área metropolitana. e) La estructuración urbana del área metropolitana, compuesta por la identi fi cación de macrozonas, zonas, sectores, áreas de tratamiento normativo, unidades de gestión territorial u otras que resulten convenientes. f) Las estrategias de intervención metropolitana que permitan resolver las demandas del ámbito de intervención. g) La clasi fi cación de suelo. h) La delimitación de áreas que deben contar con su correspondiente Plan de Desarrollo Urbano. i) El análisis de riesgo en materia de gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático, la identi fi cación de las zonas con condiciones de protección ambiental y ecológica; incluyendo, además, las medidas de prevención y reducción del riesgo, así como las acciones que mejoren la calidad ambiental, de ser el caso. j) La propuesta para la implementación de los instrumentos de gestión del suelo previstos en la Ley, que resulten pertinentes. k) La propuesta de Sistemas Urbanísticos (Sistema de Equipamiento Urbano, Sistema de Espacios Públicos, Sistema de Infraestructura de Servicios y Sistema de Movilidad Urbana) a nivel metropolitano a los que hace referencia el artículo 23 de la Ley. l) El Plan Provincial de Espacios Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos, como parte de la propuesta de Sistemas Urbanísticos referidos en el literal k). m) La identi fi cación de Planes Temáticos para los Sistemas Urbanísticos a los que hace referencia el artículo 23 de la Ley, de corresponder, con el debido sustento. n) El Programa de Inversiones Urbanas Metropolitanas.o) Los mecanismos de implementación, seguimiento, evaluación y actualización del PDM, en forma coordinada con municipalidades distritales del Área Metropolitana. 2. PDM para las Metrópolis Regionales: Plani fi ca las áreas metropolitanas de las Metrópolis Regionales. a) El Resumen Ejecutivo del plan, que incluye un breve desarrollo de los contenidos del PDM. b) El diagnóstico metropolitano del ámbito de estudio en relación a los principales problemas y oportunidades que condicionan el desarrollo urbano, articulados a la PNVU vigente.