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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (05/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / c) La delimitación del ámbito de intervención. d) La visión y el modelo de desarrollo urbano del área metropolitana. e) La estructuración urbana del área metropolitana, compuesta por la identi fi cación de macrozonas, zonas, sectores, áreas de tratamiento normativo, unidades de gestión territorial u otras que resulten convenientes; y por la clasi fi cación de suelo. f) Las estrategias de intervención metropolitana que permitan resolver las demandas del ámbito de intervención. g) Las estrategias de generación y densi fi cación del suelo urbano y acceso a la vivienda, sustentado en la proyección de la demanda de vivienda. h) La clasi fi cación del suelo. i) Las estrategias para el reasentamiento de personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social o asentadas en zonas de riesgo no mitigable, de corresponder, en aplicación de la normativa vigente. j) La zoni fi cación del área metropolitana. k) El análisis de riesgo en materia de gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático, la identi fi cación de las zonas con condiciones de protección ambiental y ecológica; incluyendo, además, las medidas de prevención y reducción del riesgo, así como las acciones que mejoren la calidad ambiental, de ser el caso. l) La propuesta de Sistemas Urbanísticos (Sistema de Equipamiento Urbano, Sistema de Espacios Públicos, Sistema de Infraestructura de Servicios y Sistema de Movilidad Urbana) a los que hace referencia el artículo 23 de la Ley. m) El Plan Provincial de Espacios Públicos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos, como parte de la propuesta de Sistemas Urbanísticos referidos en el literal l). n) La identi fi cación de Planes Temáticos para los Sistemas Urbanísticos a los que hace referencia el artículo 23 de la Ley, de corresponder, con el debido sustento. o) El Programa de Inversiones Urbanas Metropolitanas.p) La propuesta para la implementación de los instrumentos de gestión del suelo previstos en la Ley que resulten pertinentes. q) Los mecanismos de implementación, seguimiento, evaluación y actualización del PDM, en forma coordinada con municipalidades distritales del Área Metropolitana. Asimismo, en función a las necesidades identi fi cadas en el ámbito intervención, el PDM Regional puede incorporar, entre otros, los siguientes contenidos: a) La identi fi cación de Zonas Especiales de Interés Social a ser reguladas mediante Planes Especí fi cos, así como las Zonas de Desarrollo Prioritario. b) La delimitación de áreas para la elaboración de Planes Especí fi cos. Dicha delimitación de áreas puede comprender la jurisdicción de más de un distrito, incluyendo el debido sustento de su necesidad. c) Los criterios generales para la plani fi cación de las áreas delimitadas para la elaboración de Planes Especí fi cos. Artículo 39.- Preparación, elaboración y aprobación del PDM 39.1 La preparación y elaboración del PDM está a cargo del área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional en coordinación con las municipalidades distritales, el Gobierno Regional correspondiente, y los sectores del Gobierno Nacional. Se realiza siguiendo un proceso de participación ciudadana efectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del presente Reglamento. 39.2 El área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial conforma un equipo técnico multidisciplinario para la elaboración del PDM, el cual presenta un Plan de Trabajo que señala los plazos de las fases de elaboración y aprobación del PDM, considerando, además, lo establecido en el artículo 8 del presente Reglamento. El Plan de Trabajo es aprobado por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional. 39.3 Culminado el diagnóstico y la propuesta del PDM se inicia la consulta pública, conforme a lo establecido en el numeral 9 del párrafo 8.4 del artículo 8 del presente Reglamento. 39.4. Concluido el proceso de exhibición y consulta pública del PDM, el equipo técnico remite al área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la(s) municipalidad(es) provincial(es) de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional, según corresponda, la propuesta fi nal del plan, la cual incluye el sustento técnico producto del levantamiento de las observaciones, aportes y/o sugerencias de la consulta. 39.5. La propuesta fi nal del PDM con su respectivo Informe Técnico Legal es remitida por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. 39.6. En caso el PDM involucre más de una jurisdicción provincial este se aprueba de acuerdo a lo establecido en el mecanismo asociativo o del Convenio de Cooperación Interinstitucional o del mecanismo de coordinación apropiado, según sea el caso, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 30.2 del artículo 30 de la Ley. Artículo 40.- Horizonte de planeamiento del PDM40.1. El horizonte de planeamiento del PDM es de largo plazo hasta veinte años, con previsiones para el mediano plazo hasta diez años y de corto plazo hasta cinco años. 40.2. El PDM se mantiene vigente incluyendo la regulación urbanística establecida en el mismo, mientras no se actualice o se apruebe uno nuevo. Artículo 41.- Actualización del PDM41.1. Cualquier modi fi cación al contenido de los PDM se realiza dentro del proceso de actualización de los mismos. 41.2 Los procesos de actualización de los PDM deben respetar la participación ciudadana efectiva, conforme a los términos indicados en el artículo 8 del presente Reglamento. Para ello, la municipalidad provincial de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional adecúa las condiciones y actividades involucradas en el proceso participativo, de acuerdo al contenido y envergadura de la actualización implicada. 41.3. La(s) municipalidad(es) provincial(es) de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional evalúan y, de ser el caso, realizan actualizaciones parciales y/o totales de los PDM, como mínimo una vez al año. Para ello toman en consideración los pedidos de gracia y propuestas que se hayan acumulado en ese periodo. 41.4. Cuando las actualizaciones consisten en modi fi caciones parciales de ciertos aspectos o contenido del PDM, se realiza un análisis integral del PDM, considerando el impacto que estas tengan con respecto a los otros ámbitos y contenidos del plan. En caso se produzcan impactos respecto de otros ámbitos o contenidos, la actualización deberá considerar también la modi fi cación de los mismos. 41.5 Se consideran una actualización parcial del PDM, los casos no previstos en el párrafo 41.7 del presente artículo, debiendo seguir el proceso establecido en el artículo 39 del presente Reglamento. En este caso la municipalidad adecúa el mismo de acuerdo a la complejidad de la actualización. 41.6 En caso de una actualización total del contenido del PDM, la misma debe ser debidamente sustentada por el área responsable del Planeamiento Territorial o la unidad orgánica equivalente de la municipalidad provincial de la Metrópoli Nacional o Metrópoli Regional, debiendo seguir el proceso establecido en el artículo 39 del presente Reglamento. 41.7. Se considera una actualización total del PDM en los casos en que existan cambios sustanciales al mismo,