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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (04/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / Modifican el Artículo 2° de la Resolución del Consejo Directivo N° 00010-2023-OEFA/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00014-2023-OEFA/CD Lima, 2 de junio del 2023.VISTO: El Informe Nº 00151-2023-OEFA/OAJ, elaborado en conjunto por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización ambiental; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley del SINEFA ), dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el TFA ) que ejerce funciones como última instancia administrativa; Que, asimismo, el Numeral 10.2 del Artículo 10º de la Ley del SINEFA, establece que el TFA cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución del Consejo Directivo; y, que los/as vocales del TFA son elegidos/as, previo concurso público, por Resolución del Consejo Directivo, por un periodo de cuatro (4) años; Que, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, se aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (en adelante, el RIFTA ) cuyo objeto es regular la organización y las funciones del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA; Que, el Numeral 11.1 del Artículo 11º del RIFTA, precisa que las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental están conformadas por tres (3) vocales, como mínimo; y, son presididas por un/una vocal designado/a para tal efecto; Que, a su vez, el Numeral 11.5 del Artículo 11º del RIFTA, establece que la nueva conformación de las Salas se formalizará mediante una Resolución del Consejo Directivo; Que, bajo ese contexto, a través del Artículo 1º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 00010-2023-OEFA/CD, se establece la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, adicionalmente a ello, el Artículo 2º de la citada Resolución, dispone que la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, se encuentra conformada por los/as siguientes Vocales: (i) señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo; (ii) señor César Abraham Neyra Cruzado; (iii) señora Patricia Mercedes Gallegos Quesquén; y, (iv) señor Ramiz Ademir Martínez Polo; Que, posteriormente, mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 00012-2023-OEFA/CD, se designan como Vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA a la señora Ursula Liliana Patroni Vizquerra; y, al señor Ulises Simeón Medrano Recuay;Que, en ese sentido, a través del documento de visto, se sustenta la necesidad de modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 00010-2023-OEFA/CD, con la fi nalidad de modi fi car la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, formalizando así su composición y permitiendo su adecuado funcionamiento; Que, mediante el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 017-2023, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 010-2023 del 31 de mayo de 2023, el Consejo Directivo aprobó modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 00010-2023-OEFA/CD, que conforma la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su tramitación y vigencia inmediata; Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución del Consejo Directivo Nº 020-2019-OEFA/CD, modi fi cada por la Resolución del Consejo Directivo Nº 006-2020-OEFA/CD, que aprueba el Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; y, en el ejercicio de las atribuciones conferidas facultades otorgadas por mediante el Artículo 8º y los Literales f), n) y o) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el Artículo 2º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 00010-2023-OEFA/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º- La Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, se encuentra conformada por los/as siguientes Vocales: - Señor Rafael Mauricio Ramírez Arroyo - Señor Cesar Abraham Neyra Cruzado- Señora Patricia Mercedes Gallegos Quesquén- Señor Ramiz Ademir Martinez Polo- Señora Ursula Liliana Patroni Vizquerra- Señor Ulises Simeón Medrano Recuay ” Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a los/ as vocales de la Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.gob.pe/oefa) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOHNNY ANALBERTO MARCHÁN PEÑA Presidente del Consejo Directivo 2183995-1