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127 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Oído: el informe oral PRIMERO. ANTECEDENTESSolicitud de vacancia1.1. El 27 de diciembr e de 2023, don Junior Jesús Hernández Quispe solicitó ante el concejo municipal la vacancia del señor alcalde, por la causa establecida en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM. Así, fundamentó su pedido en los siguientes hechos: a) Desde el 27 de abril de 20 23, hasta la fecha de la presentación de la solicitud de vacancia, el señor alcalde no concurrió a las sesiones ordinarias de concejo, a pesar de estar debidamente noti fi cado. b) El señor alcalde no justi fi có con documentos idóneos su inasistencia a las sesiones de concejo. c) Mediante las Cartas N.º 003-2023-ALC-MDLA, N.º 004-2023-ALC-MDLA y N.º 005-2023-ALC-MDLA, del 2, 8 y 22 de mayo de 2023, respectivamente; así como, la Carta s/n del 12 de junio de 2023, el señor alcalde solicitó al concejo municipal licencias por salud; sin embargo, los certi fi cados médicos que presentó no fueron visados por el área de salud, convirtiéndose de ese modo, en documentos no idóneos para justi fi car sus inasistencias. 1.2. A su solicitud adjuntó copias simples de los siguientes documentos: a) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 08, del 27 de abril de 2023 . b) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 09, del 31 de mayo de 2023 . c) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 10, del 31 de mayo de 2023 . d) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 11, del 23 de junio de 2023 . e) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 12, del 26 de junio de 2023 . f) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 13, del 14 de julio de 2023 . g) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 14, del 24 de julio de 2023 . h) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 15, del 16 de agosto de 2023. i) Acta de Sesión de Concejo Ordinaria N.º 16 del 25 de agosto de 2023. Descargos de la autoridad cuestionada 1.3. El 10 de enero de 2024, el señor alcalde presentó su escrito de descargos indicando que: a) El 20 de abril de 2023, se dictó detención preliminar en su contra por el plazo de diez (10) días. Posteriormente, con la Resolución N.º 10 del 16 de mayo de 2023, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica declaró fundado el pedido de prisión preventiva solicitado en su contra, por el plazo de treinta y seis (36) meses. Dicho plazo fue modi fi cado por el superior. b) Mediante el Auto de Vista (Resolución N.º 8), del 15 de diciembre de 2023, se varió su situación jurídica a compareciente con restricciones. c) Conforme a dichas resoluciones el mandado de detención dictado en su contra rigió desde el 20 de abril de 2023 hasta el 14 de diciembre de 2023, hecho que fue de conocimiento del concejo municipal, ya que declaró su suspensión en el cargo. d) Las inasistencias a las sesiones de concejo están justifi cadas por la imposibilidad que tenía de acudir a las mismas, a razón de que contaba con un mandato de detención en su contra. e) Las sesiones de concejo ordinarias cuyas inasistencias se le atribuye no fueron convocadas con cinco (5) días hábiles de anticipación que exige la LOM. Asimismo, las respectivas actas no se encuentran fi rmadas por todos los miembros asistentes, tienen enmendaduras y otras falencias que las invalidan. Además, todas las sesiones se realizaron con posterioridad al referido mandato de detención y al acuerdo de concejo que declaró su suspensión en el cargo. f) Las noti fi caciones para las sesiones ordinarias de concejo no se realizaron en su domicilio real. En ese sentido, no se le noti fi có para que concurra a las sesiones ordinarias de concejo. Decisión del concejo municipal 1.4. En la Sesión de Concejo Extraordinaria N.º 09- 2024, del 10 de enero de 2024, el Concejo Distrital de Los Aquijes, con tre s (3) votos a favor, dos (2) en contra y una (1) abstención, aprobó la vacancia del señor alcalde. La decisión fue formalizada a través del Acuerdo de Concejo N.º 039-2024-MDLA de la misma fecha. 1.5. A la sesión extraordinaria de concejo asistieron los abogados del señor alcalde y del solicitante de la vacancia. 1.6. En el citado acuerdo se señaló que doña Karol Roossamary Rojo Ventura (quien asumía el cargo de alcaldesa) emitió su voto dirimente. Recurso de reconsideración 1.7. El 7 de febrero de 2024, el señor alcalde interpuso recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo N.º 039-2024-MDLA, alegando l a vulneración del principio de legalidad y los derechos de la tutela judicial y debido proceso. 1.8. En la Sesión Ordinaria N.º 29, del 19 de marzo de 2024, el Concejo Distrital de Los Aquijes, con dos (2) votos a favor y tres (3) en contra (el señor alcalde no votó), declaró improcedente el referido recurso. 1.9. La decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo N.º 045-2024-MDLA, del 20 de marzo de 2024. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. El 2 de julio de 2024, el señor alcalde interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N.º 045-2024-MDLA, solicitando que sea revocado, junta mente con el Acuerdo de Concejo N.º 039-2024- MDLA, y que se declare infundado el pedido de vacancia en su contra, esencialmente, bajo los siguientes argumentos: a) Se declaró improcedente el recurso de reconsideración sin que previamente se haya requerido un informe al área de Asesoría Jurídica y demás áreas competentes, como sí se hizo para decidir el pedido de vacancia. b) Los miembros del concejo municipal no tomaron en cuenta la constancia del 23 de enero de 2024, emitida por el secretario general de la entidad, ni la Resolución N.º 0003-2024-JNE, del 15 de enero de 2024, emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en el Expediente N.º JNE.2024000076, adjuntadas como prueba nueva. Además, no se pronunciaron sobre las alegaciones esgrimidas en el citado recurso. c) El concejo municipal no tomó en cuenta que existía un mandato de detención desde el 20 de abril hasta el 15 de diciembre de 2023, dictado en su contra. d) Tampoco se veri fi có el incumplimiento del plazo para convocar a las sesiones ordinarias de concejo y que no fue notifi cado con dichas convocatorias, conforme se advierte de la mencionada constancia del 23 de enero de 2024, en la que se informa sobre la inexistencia de noti fi caciones para que concurra a las sesiones de concejo durante el año 2023, con excepción de las sesiones extraordinarias realizadas en el marco del procedimiento de suspensión que se le siguió, por contar con mandato de detención. Además, el concejo municipal no incorporó de o fi cio información respecto a las referidas noti fi caciones. e) No se tuvo en cuenta su estado de salud y las licencias que le fueron otorgadas por el concejo municipal mediante el Acuerdo de Concejo N.º 008-2023-MDLA, del 11 de mayo de 2023. f) No se tuvo en cuenta la suspensión temporal del cargo declarada mediante el Acuerdo de Concejo N.º 10- 2023-MDLA. Además, el concejo municipal también tenía conocimiento de la Resolución N.º 0146-2023-JNE, del 8