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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (22/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / Declaran infundado recurso de apelación y confirman el Acuerdo de Concejo Nº 046-2024-MDNP, que rechazó solicitud de vacancia presentada contra regidores del Concejo Distrital de Nicolás de Piérola, provincia de Camaná, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 0027-2025-JNE Expediente N° JNE.2024003751 NICOLÁS DE PIÉROLA - CAMANÁ - AREQUIPAVACANCIA APELACIÓN Lima, 27 de enero de 2025VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Luis Alfredo Guia Medina (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo N° 046-2024-MDNP, del 4 de diciembre de 2024, que rechazó su pedido de vacancia en contra de don Jeitter Jhoni Cutipa Mamani, doña Karla Granda Muñoz, don César Fernando Neira Huallpa y don Julio José Catunta Contreras, regidores del Concejo Distrital de Nicolás de Piérola, provincia de Camaná, departamento de Arequipa (en adelante, señores regidores), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y visto también el Expediente N° JNE.2024002822. Oídos: los informes orales. Primero.- ANTECEDENTESSolicitud de vacancia (Expediente N° JNE.2024002822) 1.1. El 17 de setiembre de 2024, el señor recurrente peticionó el traslado de la solicitud de vacancia formulada en contra de los señores regidores, por la causal prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM. Dicha solicitud se sustentó, esencialmente, en lo siguiente: a) Los señores regidores ejercieron funciones administrativas propias del alcalde y sus funcionarios al haber aprobado la compra directa de insumos del Vaso de Leche en la sesión de concejo extraordinaria del 22 de abril de 2024. b) El día de la referida sesión, don Nelson Ricardo Tito Eguia, alcalde de la Municipalidad Distrital de Nicolás de Piérola (en adelante, señor alcalde), informó a los regidores que la municipalidad se encontraba desabastecida de insumos del Vaso de Leche entre 2 y 3 meses, debido a que se declaró desierto el segundo proceso de licitación para la adquisición de tales productos, por lo que correspondía que el concejo municipal realice la compra directa. c) De manera posterior a la aprobación de la compra directa, en las sesiones de concejo del 6 y 29 de mayo de 2024, ningún regidor se pronunció en contra de la compra aprobada en la sesión de concejo del 22 de abril de 2024. d) En la sesión de concejo del 19 de junio de 2024, el concejo municipal recién analizó el recurso de reconsideración interpuesto por los regidores doña Karla Granda Muñoz, don César Fernando Neira Huallpa y don Julio José Catunta Contreras en contra del acuerdo de concejo que aprobó la compra directa de insumos para el Vaso de Leche. e) El Acuerdo de Concejo N° 18-2024-MDNP, del 23 de abril de 2024, con el que se había formalizado el acuerdo de realizar la compra directa el 22 de abril de 2024 fue adulterado, pues en la actualidad dicho acuerdo aprueba solo la donación de dos tanques de agua (Rotoplas) de 5000 litros c/u solicitado por don Fredy Llallerco Huisa. Sin embargo, la compra directa de los insumos del Vaso de Leche sí se realizó en virtud del acuerdo adoptado el 22 de abril de 2024, según se desprende de la Nota de Pago N° 840-24.81.2400356, del 22 de mayo de 2024, por la suma de S/ 17640.00 y la Nota de Pago N° 1013.24.81.2400470, de la misma fecha, por la suma de S/ 18900.00. El señor recurrente, a su solicitud, adjuntó los siguientes documentos: a) Acta de la sesión ordinaria de concejo de 22 de abril de 2024. b) Audio de la sesión de concejo del 22 de abril de 2024. c) Audio de la sesión de concejo del 6 de mayo de 2024. d) Actas de las sesiones de concejo del 6, 29 de mayo y 19 de junio de 2024. e) Acuerdos de Concejo N. os 17, 18, 19, 20-2024- MDN, del 23 de abril de 2024. f) Solicitud del acuerdo de concejo del 22 de abril de 2024. g) Carta Notarial del 24 de junio de 2024. h) Carta N° 74-2024-MDNP-REIP, del 3 de junio de 2024, cursada por el responsable de entrega de información de acceso público al señor recurrente, en respuesta a su solicitud de copia del acuerdo de concejo del 22 de abril de 2024. i) Solicitud de la copia del acuerdo de concejo del 8 de abril de 2024 y el acta de la sesión ordinaria en la que adoptó dicho acuerdo. j) Informe N° 063-2024-MDNP-SG, del 19 de agosto de 2024, mediante el cual la secretaria general remitió al gerente municipal, entre otros, el Acuerdo de Concejo N° 18, del 23 de abril de 2024. k) Acuerdo de Concejo N° 18-2024-MDNP, del 23 de abril de 2024. l) Escrito de reconsideración en contra del acuerdo de concejo adoptado el 22 de abril de 2024, signado con el Expediente N° 1340. m) Registro de la correspondencia recibida por mesa de partes el 24 de abril de 2024. n) Hoja de Coordinación N° 072-2024-GM-MDNP. o) Nota de Pago N° 840-24.81.2400356, del 22 de mayo de 2024. p) Nota de Pago N° 1013.24.81.2400470, del 22 de mayo de 2024. q) Capturas de pantalla de los ingresos y gastos realizados por la Municipalidad de Nicolás de Piérola con relación a los insumos del Vaso de Leche. Descargos de las autoridades cuestionadas 1.2. En la sesión extraordinaria de concejo del 29 de noviembre de 2024, los señores regidores, como parte de su defensa alegaron lo siguiente: Regidor Jeitter Jhoni Cutipa Mamani a. El 22 de abril de 2024, en efecto, votó a favor de la adquisición directa de los insumos para el Programa de Vaso de Leche, ante el desabastecimiento informado por el señor alcalde; sin embargo, el 24 de mayo de 2024, conjuntamente con otros dos regidores, presentó un recurso de reconsideración en contra del citado acuerdo, conforme al artículo 51 de la LOM. Este recurso fue registrado por mesa de parte con el número 1340. b. El señor recurrente a fi rmó que dicho recurso fue acomodado en el registro de mesa de partes; sin embargo, lo aseverado carece de fundamento, dado que debió corroborar la presentación de las solicitudes de licencia de construcción que ingresaron por mesa de partes antes del registro del recurso de reconsideración. c. Mediante la Hoja de Coordinación del 24 de abril de 2024, la exgerente municipal comunicó a la secretaria general de la municipalidad que no emita el acuerdo de concejo sobre el desabastecimiento y la contratación directa de los insumos del Programa de Vaso de Leche, debido a la presentación del recurso de reconsideración, que tenía que ser tratado en la siguiente sesión de concejo.