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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 175

175 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2413991-1 Declaran fundado recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo Nº 038-2024-MDT , e infundada solicitud de vacancia presentada en contra de regidora del Concejo Distrital de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua RESOLUCIÓN Nº 0215-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025000176 TORATA - MARISCAL NIETO - MOQUEGUA VACANCIA APELACIÓN Lima, 6 de junio de 2025VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por doña Arla Nohelia Flor Cruz, regidora del Concejo Distrital de Torata, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua (en adelante, señora recurrente), en contra del Acuerdo de Concejo Nº 045-2024-MDT, del 16 de diciembre de 2024, que declaró infundado su recurso de reconsideración formulado en contra del Acuerdo de Concejo Nº 038- 2024-MDT, del 31 de octubre de 2024, que, a su vez, aprobó su vacancia, por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y teniendo a la vista los Expedientes Nº JNE.2024000784 y Nº JNE.2024002188. Oídos: los informes orales . PRIMERO. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia 1.1. El 22 de marzo de 2024, doña Antonia Noemí Gutiérrez Flores (en adelante, señora ciudadana) presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) su solicitud de vacancia en contra de la señora recurrente por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM –solicitud que fue trasladada al Concejo Distrital de Torata, a través del Auto Nº 1, del 25 del mismo mes y año, tramitado en el Expediente Nº JNE.2024000784–, argumentando esencialmente lo siguiente: a) La señora regidora desde el inicio de su gestión “deja constancia de la relación de familiares con los que no se debería contratar, toda vez que incurriría en presuntas causales de vacancia [sic]”; en dicha relación, consigna a su familiar don Cerelino Soto Gonzales. b) Don Cerelino Soto Gonzales, “tío - abuelo” de la señora regidora, trabaja en la Municipalidad Distrital de Torata, como vigilante en el palacio municipal; sobre este hecho, la autoridad cuestionada “no se ha opuesto de manera contundente, clara y oportuna”. c) La señora regidora formó parte de las comisiones altamente ligadas a la contratación de personal y proyectos. d) “[S]e encuentran acreditados los 3 elementos para la con fi guración de causal de Nepotismo [sic]”. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la señora ciudadana adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Partida de nacimiento de don Juan Jesús Flor Soto. b) Certi fi cado de Inscripción de don “Soto Gonzales Celerino”, expedido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). c) Certi fi cado de Inscripción de la señora recurrente, expedido por el Reniec. d) Copia literal de la Partida Nº 05013170, expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). e) Copia Informativa del Asiento Nº 00013, del Registro Nº P08027864, expedido por la Sunarp. f) Copia Informativa del Asiento Nº 00015, del Registro Nº P08027889, expedido por la Sunarp. g) Certi fi cado de Inscripción de don Juan Jesús Flor Soto, expedido por el Reniec. h) Carta Nº 009-2024-abg.RLJLL-RAIP-LT/MDT, del 18 de marzo de 2024. i) Informe Nº 309-2024-SGRRHH-GAyR-GM-MDT, del 19 de marzo de 2024. j) Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-001, del 6 de enero de 2023. k) Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-003, del 19 de febrero de 2024. l) Memorando Nº 0140-2023-SGRRHH-GAyR/MDT, del 23 de enero de 2023. m) Carta Nº 008-2024-abg.RLJLL-RAIP-LT/MDT, del 18 de marzo de 2024. n) Informe Nº 295-2024-SGRRHH-GAyR-GM-MDT, del 14 de marzo de 2024. o) Carta Nº 020-2024-MVCM-RT-GDESSP/MDT, del 12 de marzo de 2024. p) Informe Nº 008-2024-JCMB-MDT, del 13 de marzo de 2024. Descargo de la autoridad cuestionada1.3. El 2 de mayo de 2024, la señora recurrente presentó su escrito de descargos, alegando lo siguiente: a) A través de la Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-001, presentó ante la Municipalidad Distrital de Torata los Anexos Nº 1 y Nº 2, mediante los cuales comunicó la lista de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de a fi nidad, señalando, de manera explícita, que durante el periodo de su gestión no deberían ser contratados; no obstante, no recibió ninguna respuesta. b) El 19 de febrero de 2024, presentó ante la entidad municipal la Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-003, asimismo, adjuntó el Anexo Nº 1, en el cual comunicó la relación de sus parientes; sin embargo, tampoco recibió respuesta. c) “CERELINO SOTO GONZALES quien es tío – abuelo de la regidora” fue contratado en la municipalidad desde el 1 de julio de 2013, diez (10) años antes de que asuma funciones. d) El personal de la municipalidad inobservó la carta que remitió de manera oportuna. e) No tuvo injerencia en la contratación de don Cerelino Soto Gonzales. 1.4. A efectos de acreditar los hechos expuestos, la autoridad cuestionada adjuntó, entre otros documentos, los siguientes: a) Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-001, del 6 de enero de 2023. b) Carta Nº ANFC-R1-MDT-CA-003, del 19 de febrero de 2024.