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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (29/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Domingo 29 de junio de 2025 El Peruano / las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, cuentan al mes de abril del presente año con una carga procesal pendiente de aproximadamente 2410 expedientes, lo que evidencia una situación de sobrecarga procesal en los Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes, debido principalmente a la elevada carga inicial proveniente de años anteriores de 2480. • Es necesario la prórroga del funcionamiento del 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios, por un plazo de 3 meses, desde el 01 de julio hasta el 30 de setiembre de 2025; con una respectiva redistribución de expedientes. • Se debe exhortar a los magistrados, del 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios, para que mejoren su nivel resolutivo, el mismo que se evaluará en la siguiente prórroga de funcionamiento, ya que se cuenta con una necesidad de órganos transitorios en otras Cortes Superiores de Justicia bajo el ámbito de monitoreo del PPoR RVcM 1002. Quinto. Que, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Sexto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 818- 2025 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento del 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorio de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, por un periodo de tres (3) meses, desde el 1 de julio hasta el 30 de setiembre de 2025. Artículo Segundo.- Redistribuir de manera aleatoria doscientos cuarenta (240) expedientes en etapa de trámite provenientes del 16° y 18° Juzgados de Investigación Preparatoria de Independencia, de la Corete Superior de Justicia de Lima Norte. De este total, ciento veinte (120) expedientes serán redistribuidos al 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en delitos asociados a la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Independencia, y los ciento veinte (120) expedientes restantes al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio subespecializado en la misma materia en el distrito de Independencia. Artículo Tercero.- Disponer que los expedientes autorizados para la redistribución en la presente resolución deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos debidamente compaginados. Artículo Cuarto.- Disponer, que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte exhorte a los magistrados que conforman el 1º y 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Independencia, para que mantengan un nivel resolutivo óptimo; el mismo que se evaluará en la siguiente prórroga. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes; así como la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Lima Norte, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución.Artículo Sexto.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2414145-1 Disponen implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil - subespecialidad Comercial, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000212-2025-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2025VISTO: El O fi cio N° 000055-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000055-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Civil - Subespecialidad Comercial en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000155-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ y modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de