Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2003 (16/06/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 16 de junio de 2003
1. Para Fabricacion

NORMAS LEGALES

Pag. 246093

realizar en vehiculos autorizados para el Transporte de Explosivos. 6. Para la comercializacion de productos pirotecnicos con fines industriales A la vigencia de la Directiva se presentara: - Relacion de los productos pirotecnicos a comercializar - Relacion de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de productos detonantes seguro contra terceras personas y danos a la propiedad. - Relacion y cantidad de productos pirotecnicos autorizados, adjuntando catalogos. - Hoja de Seguridad de cada producto. - Libro de registro de ventas de productos pirotecnicos para su visado 7. Para la Comercializacion de espectaculos A la vigencia de la Directiva se presentara: - Consumo anual previsto de los productos pirotecnicos a emplear por MORDAZA de producto - Relacion de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de productos detonantes seguro contra terceras personas y danos a la propiedad. - Relacion de productos pirotecnicos autorizados, adjuntando catalogos. - Libro de Registro de Ventas para su visacion. En un plazo MORDAZA de 10 dias calendario se presentara: - Hoja de Seguridad por cada producto. V. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A. Las Jefaturas Departamentales DICSCAMEC y las Delegaciones Departamentales y Provinciales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC; expediran las Autorizaciones para la realizacion de espectaculos pirotecnicos y transporte de productos pirotecnicos en el ambito de su jurisdiccion. En MORDAZA Metropolitana y Callao, la expedicion de estas Autorizaciones estara a cargo de la Sede Central-DICSCAMEC. B. La Sede Central y Jefaturas Departamentales DICSCAMEC; asi como, las Delegaciones Departamentales y Provinciales de Apoyo Policial a la DICSCAMEC mantendran permanente coordinacion con las autoridades y entidades competentes para el estricto cumplimiento de las actividades de pirotecnia. C. Las personas naturales o juridicas que cuenten con productos pirotecnicos de uso industrial o recreativo que se encuentren deteriorados o vencidos, deberan obligatoriamente ponerlos a disposicion de la DICSCAMEC para su destruccion MORDAZA 14 de MORDAZA del 2003. 11288

a. De acuerdo al plazo establecido en el Reglamento se presentara: - MORDAZA expedida por la Municipalidad de la jurisdiccion, indicando ubicacion del taller o fabrica en MORDAZA exclusiva y permanente. - Plan de Seguridad y de Contingencia que incluya cada una de las etapas de fabricacion, MORDAZA del plano de distribucion del taller o fabrica y los croquis de ubicacion de los equipos contra-incendios y primeros auxilios. - Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) Colectivo para el caso de Talleres que se encuentren en un mismo MORDAZA Industrial o MORDAZA Exclusiva; y en el caso de Fabrica, un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.). - Relacion de los productos pirotecnicos que se van a fabricar y que se encuentren registrados en la DICSCAMEC. b. A la vigencia de la Directiva se presentara: - Relacion de trabajadores. - Seguro para sus trabajadores y en el caso de productos detonantes seguro contra terceras personas y danos a la propiedad. - Diagrama de Flujo de Fabricacion (representacion grafica de las etapas de fabricacion). - Libro de registro de materia prima e insumos quimicos adquiridos o elaborados y utilizados en la fabricacion de productos pirotecnicos. - Libro de registro de productos pirotecnicos terminados indicando destino final (venta o uso). 2. Para Deposito a. A la vigencia de la Directiva se presentara: - MORDAZA del Testimonio de Constitucion de la Empresa inscrito en los Registros Publicos. - MORDAZA del Poder del Representante legal de la empresa. - Declaracion Jurada del Representante legal de la empresa de no tener antecedentes policiales, penales, ni judiciales. - MORDAZA expedida por la Municipalidad competente, indicando la ubicacion del deposito. - Relacion de trabajadores. - Poliza de Seguro para sus trabajadores. En el caso de productos detonantes ademas poliza de Seguro contra terceros (Personas y danos a la propiedad). b. En un plazo MORDAZA de 30 dias calendario se presentara: - El Plan de Seguridad y de Contingencia del almacen, MORDAZA de los Planos de distribucion del deposito y croquis de ubicacion de los equipos contra-incendios y primeros auxilios. 3. Para Importacion A la vigencia de la Directiva se presentara: - Relacion y cantidad de productos pirotecnicos a importar por cada MORDAZA de producto adjuntando catalogos. - Cantidad anual estimada por cada MORDAZA de productos pirotecnicos. - Relacion de trabajadores. - Seguro de MORDAZA para sus trabajadores y en el caso de productos detonantes seguro contra terceras personas y danos a la propiedad. - Hoja de Seguridad de cada producto expedida por el fabricante en idioma espanol. - Libro de registro de ventas de productos pirotecnicos, para su visacion. 4. Para Exportacion A la vigencia de la Directiva se cumplira con los requisitos establecidos en el parrafo IV. G.5 de la misma. 5. Para Transporte En tanto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aperture y autorice el Registro de Vehiculos para el Transporte de Productos Pirotecnicos, dentro del plazo de adecuacion establecido en el Reglamento de la Ley Nº 27718, el transporte de dichos productos se podra

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 006 y 007
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 450-2003-MTC/02 MORDAZA, 13 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC se creo el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.