Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2003 (16/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, lunes 16 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 614-2003-OAJ de fecha 28 de MORDAZA de 2003, de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº E-180-2003(GTN/MON), la Gerencia Tecnica Normativa del CONSUCODE expresa algunas observaciones en relacion al Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 4 de enero de 2003, que declaro en situacion de urgencia en materia de poblacion, salud y saneamiento ambiental, en el area especifica del servicio de limpieza publica, en tanto los acuerdos mencionados no han considerado los aspectos que contempla la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE que aprueba la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; Que, la precitada Directiva senala que la resolucion que aprueba la exoneracion de un MORDAZA de seleccion debera precisar el MORDAZA y la descripcion basica de los bienes, servicios u obras, materia de exoneracion, el valor referencial, la fuente de financiamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneracion asi como determinar la dependencia u organo encargado de realizar la adquisicion o contratacion exonerada; aspectos que no han sido considerados en el Acuerdo de Concejo referido; Que, conforme a la Directiva pre anotada corresponde proceder a la aclaracion y precision por la misma via, tomando en consideracion lo expresado por la Direccion de Desarrollo Ambiental y Salud, segun el Informe Nº 0012003-DM/MSJL de fecha 2 de enero del 2003, la Oficina de Asesoria Juridica, segun el Informe Nº 001-2003-DAJ/ MSJL de fecha 2 de enero del 2003 y el Proveido Nº 0062003-DA/MDJSL de la Oficina de Administracion de fecha 3 de enero del 2003; Que, por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 35º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- ACLARAR y PRECISAR el Acuerdo de Concejo Nº 001 de fecha 4 de enero del 2003, en el sentido de que la urgencia declarada comprende la adquisicion y contratacion de los siguientes servicios por los valores referenciales que se expresan a continuacion, los mismos que se efectuan con cargo a la fuente de financiamiento 07 Fondo de Compensacion Municipal del Presupuesto Municipal vigente: - Servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos Hasta 13,500 toneladas por el primer cuatrimestre a un valor de S/. 38.52 nuevos soles por tonelada, lo que hace un valor referencial de S/. 520,000 nuevos soles. - Servicio de eliminacion de desmonte Hasta 22,000 metros cubicos de desmonte a un valor de S/. 15.23 por m3, recogido y transportado, lo que hace un valor referencial de S/. 335,000.00 nuevos soles. - Servicio de suministro de combustible
Gasolina de 84 octanos Gasolina de 90 octanos Gasolina de 97 octanos Petroleo D-2 1100 galones 1100 galones 600 galones 60,000 galones S/. 8.34 por galon S/. 9.31 por galon S/. 11.87 por galon S/. 7.22 por galon

traloria General de la Republica, asi como la publicacion del mismo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11303

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MORDAZA
Crean el Instituto de Vialidad Municipal
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2003-MPSC
Huamachuco, 29 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 del presente mes y ano; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Art. 91º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomia politica de la que gozan las Municipalidades, el citado precepto Constitucional ha otorgado expresamente al Concejo Municipal el ejercicio de la funcion normativa; Que, por mandato del articulo 192º incisos 4) y 5) de la Constitucion Politica, las Municipalidades tienen competencia para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su jurisdiccion, asi como planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones; competencia que en concordancia con lo establecido en el articulo 65º inciso 13) de la Ley Nº 23853, comprende la funcion de procurar, conservar y administrar, en su caso, los bienes de dominio publico dentro de los cuales se incluye los caminos rurales; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica, las Municipalidades pueden asociarse o concertar entre ellas, convenios operativos para la ejecucion de obras y la prestacion de servicios comunes; Que, en tal sentido, la creacion del Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de MORDAZA MORDAZA, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA y Municipalidades Distritales de Sartinbamba, Cochorco, Chugay, Sarin, Curgos, Marcabal y Sanagoran, constituye una manifestacion de la potestad de la que gozan las Municipalidades, dirigida a viabilizar el desarrollo y mantenimiento de los caminos rurales en el ambito de la jurisdiccion de las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA Carrion; Que, en la Asamblea de Alcaldes de las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA MORDAZA, presidida por el MORDAZA Provincial, realizada el 14 de marzo del presente ano, se presento a los Alcaldes el Proyecto de Estatuto del Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de MORDAZA MORDAZA, para su revision; De conformidad con lo establecido por el articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL INSTITUTO DE VIALIDAD MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- CREAR el Instituto de Vialidad Municipal de la provincia de MORDAZA MORDAZA (IVP-Sanchez

Lo que hace un valor referencial total de S/. 460,000 nuevos soles. - Servicio de disposicion final de residuos solidos Hasta 35,000 toneladas metricas, a un valor referencial de S/. 8.00 nuevos soles, lo que hace un valor referencial de S/. 280,000.00 nuevos soles. Articulo Segundo.- PRECISAR que corresponde a la Oficina de Administracion realizar la adquisicion o contratacion exonerada conforme al Acuerdo indicado en la parte considerativa. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificacion del presente Acuerdo a la Con-

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