Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2004 (12/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 12 de junio de 2004 Senorita MORDAZA MORDAZA Ampuero Miranda: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC (TUUA)

NORMAS LEGALES

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: US $ 836,81 : US $ 1 320,00 : US $ 28,24

Articulo 3º.- Los funcionarios MORDAZA mencionados, en el plazo de quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de su retorno al MORDAZA, deberan presentar un informe al Ministro de Economia y Finanzas, en el cual se describira las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolucion se aprueba. Articulo 4º.- La presente no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autoriza. Articulo 5º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 11215

EDUCACION
Autorizan contratar servicios de publicacion y difusion de spots televisivos, radiales y avisos de prensa con diversos medios de comunicacion, mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0282-2004-ED MORDAZA, 3 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Memorandum Nº 195-2004-SG-OPYC-ME la Oficina de Prensa y Comunicaciones, adjunta el Informe Tecnico Nº 006 -2004-SG-OPYC-ME, en el que se comunica la necesidad de difusion de una MORDAZA denominada "Por una Buena Nota" mediante spots televisivos y radiales, asi como avisos de prensa a traves de medios escritos para informar a la comunidad educativa y a la opinion publica en general sobre las acciones que desarrolla el Ministerio de Educacion en el MORDAZA de la reforma educativa; Que, es objetivo fundamental de la presente MORDAZA de difusion del Ministerio establecer como estrategia de comunicacion a nivel nacional y hacer de conocimiento a la opinion publica las acciones que se vienen implementando en el Sector Educativo, tales como: el Acta de Acuerdos entre el Ministerio y el SUTEP la entrega gratuita de mas de trece millones , de textos escolares y dos mil setecientos setenta y siete modulos de biblioteca, los planes de accion relativos al Sector de la Hoja de Ruta del Gobierno y de manera especial la promocion de la lectura en los educandos del MORDAZA en tanto constituye un compromiso del Sector Educacion, emprender una accion decidida y a largo plazo de fomento del habito de lectura por el significado que tiene para el pleno desarrollo de las personas como via de acceso privilegiada al conocimiento y como requisito imprescindible para el desarrollo educativo, cultural y economico del pais; Que, con la promocion del habito de la lectura, se busca instar a los alumnos para aprovechar el material educativo que sera puesto a su disposicion en los colegios de todo el pais; Que, en este MORDAZA promotor, surge la necesidad de contratar los servicios de publicidad de alcance nacional a efecto de convocar mediante esta MORDAZA de difusion, la participacion activa de los Consejos Consultivos Escolares como organos de consulta, apoyo y vigilancia, a fin de

que trabajen coordinadamente con las autoridades de los centros educativos y padres de familia para que ningun alumno quede excluido de la entrega de textos escolares, o en su defecto denuncien cualquier acto irregular que se presente durante el MORDAZA de distribucion de los mismos; Que, en relacion a los spots televisivos se ha considerado a los siguientes medios de comunicacion: MORDAZA 2 Frecuencia Latina, 4 MORDAZA Television, 5 Panamericana Television, 7 Instituto de Radio y Television del Peru y 9 ATV por sus caracteristicas de mayor audiencia; Que, en cuanto a los medios radiales se ha considerado a las siguientes emisoras: Radiomar Plus am/fm, Radio Moda fm, Radio Inolvidable am/fm, Radio MORDAZA fm, Radio Panamericana fm, Radioprogramas del Peru am/fm, Radio KE Buena am/fm, CPN Radio, Laser fm - Tumbes, Antena 10 fm - MORDAZA, JHC am/fm - Chiclayo, Frecuencia 100 fm MORDAZA, Studio 99 fm - Chimbote, Melodia am - MORDAZA, Uno am - Tacna, San MORDAZA fm - MORDAZA, Huancayo am/fm - Huancayo, Las Vegas am/fm - MORDAZA, Onda MORDAZA fm - MORDAZA, MORDAZA fm - Iquitos y Super am/fm - Pucallpa, por razon de su cobertura a nivel nacional; Que, para la publicacion de un aviso en medio de comunicacion escrito, se ha considerado al Diario El Comercio, Trome, Correo, Aja, La Republica, El Popular y Caretas respectivamente; Que el inciso h) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley; Que, al respecto, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 125-2002-PCM, que modifica el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que fuera adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, referido a los servicios personalisimos, hace la precision respecto a que se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificacion, los servicios de publicidad, que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distingue; Que, la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Informe Nº 660 -2004-ME/SG-OAJ, conforme a lo dispuesto en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que de conformidad con el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad y seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la MORDAZA de dicha Resolucion y el informe que los sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 114º del precitado Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones referidas en el MORDAZA considerando no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado; Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia los citados servicios de publicacion y difusion televisiva, radial y escrita; Que, mediante Hoja de Coordinacion Nº 438-2004-ME/ SPE-UP de la Unidad de Presupuesto se informa, garantiza y certifica la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la Resolucion de exoneracion; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese al Ministerio de Educacion del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico, y autoricese a contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, el servicio de publicacion y difusion de spots televisivos, radiales y avisos de prensa, por causal de pres-

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