Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2004 (12/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de junio de 2004

instituciones publicas y privadas, y los productores organizados de Maca de la provincia y departamento de Junin. Articulo 2º.- El Comite Organizador de la Feria a que se refiere el articulo precedente, presentara ante el Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados de su gestion, en un plazo de treinta (30) dias calendario despues de finalizado el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 11107

MINCETUR
Modifican el D.S. Nº 017-2003-MINCETUR, mediante el cual se creo la Comision Multisectorial de coordinacion para el Desarrollo de la Politica Comercial con EE.UU.
DECRETO SUPREMO Nº 009-2004-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo Nacional comprende como Vigesimo MORDAZA Politica de Estado, la Politica de Comercio Exterior para la Ampliacion de Mercados con Reciprocidad; Que, es interes de la nacion consolidar la relacion comercial con los Estados Unidos de MORDAZA, por ser este el principal socio comercial del Peru y ofrecer su MORDAZA interno inmensas posibilidades comerciales para la colocacion de los bienes y servicios que productores y trabajadores peruanos regularmente desarrollan; Que, para ello deben adoptarse en forma oportuna las acciones y decisiones destinadas a facilitar la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio con dicho MORDAZA, que permitan atraer nuevas inversiones y generar mayor empleo productivo y bienestar para los ciudadanos; Que, con tal fin, y conforme a las funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-MINCETUR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de MORDAZA de 2003, se creo la Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de la Politica Comercial con los Estados Unidos de MORDAZA, integrada por representantes del mas alto nivel del Gobierno del Peru, y que tiene como fin apoyar y optimizar las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos; Que, las negociaciones para la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio entre ambos paises se iniciaron el 18 de MORDAZA del ano en curso, y trataran aspectos que guardan una estrecha relacion con los Sectores Educacion, Salud, Justicia y Trabajo, a fin de propiciar reglas apropiadas para el desarrollo de las inversiones privadas y la consecuente creacion de puestos de trabajo; Que, a efectos de otorgar a la referida Comision creada por Decreto Supremo Nº 017-2003-MINCETUR, una mayor capacidad de apoyo a las negociaciones que se ha entablado con los Estados Unidos de MORDAZA, se hace indispensable contar con la participacion de los Ministros de Educacion, Salud, Justicia y Trabajo; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 1º del Decreto Supremo Nº 017-2003-MINCETUR Modificase el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0172003-MINCETUR, el cual quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Creacion de Comision Multisectorial Constituir la Comision Multisectorial de Coordinacion para el Desarrollo de la Politica Comercial con los Estados Unidos de MORDAZA, cuya conformacion sera la siguiente: - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo, quien la presidira; - El Ministro de Economia y Finanzas; - El Ministro de Relaciones Exteriores; - El Ministro de Agricultura; - El Ministro de la Produccion; - El Ministro de Energia y Minas; - El Ministro de Educacion; - El Ministro de Salud; - El Ministro de Justicia; - El Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo; - El Viceministro de Comercio Exterior; y, - El Embajador del Peru en los Estados Unidos de America.

Suspenden emision de Permisos Fitosanitarios de Importacion de arroz de los paises asiaticos afectados por el virus de la Influenza Aviar Altamente Patogena
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL Nº 141-2004-AG-SENASA MORDAZA, 11 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 64-2004-AG de fecha 10 de marzo de 2004, se dispuso que la Direccion General de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, suspenda por noventa (90) dias la emision de Permisos Fitosanitarios de Importacion de arroz de los paises asiaticos afectados por el virus de la IAAP - Influenza Aviar Altamente Patogena contemplados en el alcance de la Resolucion Jefatural Nº 044-2004-AG-SENASA de fecha 25 de febrero de 2004; Que, a la fecha existe informacion sanitaria respecto a la presencia de la IAAP en ciertos paises, particularmente de Asia; y los testimonios cientificos pertinentes aun no resultan suficientes para determinar que no existe riesgo de vehiculizacion del virus de la IAAP a traves del arroz; Que, la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO), y otros organismos internacionales, continuan buscando informacion y apoyando a los paises afectados por el virus de la IAAP, especialmente a los de MORDAZA, con la finalidad de erradicar la enfermedad en el mas breve plazo; Que, resulta necesario que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, se avoque a la busqueda de la informacion adicional necesaria para una evaluacion mas objetiva del riesgo MORDAZA citado; debiendo revisar la medida sanitaria de emergencia dentro de un plazo razonable; conforme a lo establecido en el numeral 7 del articulo 5º del Acuerdo sobre la Aplicacion de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organizacion Mundial del Comercio; De conformidad con el Acuerdo sobre la Aplicacion de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organizacion Mundial del Comercio, la Ley Nº 27322, Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, asi como el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-95-AG; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal, Sanidad Vegetal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender por sesenta (60) dias la emision de Permisos Fitosanitarios de Importacion de arroz de los paises asiaticos afectados por el virus de la IAAP Influenza Aviar Altamente Patogena consignados en el Anexo de la Resolucion Jefatural Nº 044-2004-AG-SENASA de fecha 25 de febrero de 2004. Articulo 2º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA revisara la medida sanitaria contenida en el articulo anterior dentro del plazo de vigencia de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 11193

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