Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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dad, en funcion a sus respectivas metas, senalando las prioridades, la programacion respectiva y su perfil generico de las especificaciones tecnicas; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, sujetandose a las reglas establecidas en el Art. 7º del Reglamento y contener la informacion minima establecida en el Art. 6º del mismo cuerpo legal y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE; Que, de conformidad a la Ley Nº 22867, Ley de Descentralizacion y atribuciones del Sistema de Abastecimiento; la R.M. Nº 141-87-SA, que Regula la desconcentracion y descentralizacion administrativa; Estando a lo expuesto y con la opinion favorable de la Direccion Ejecutiva de Administracion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en vias de regularizacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, para el Ejercicio Presupuestal 2004, cuyo detalle esta contenido en el ANEXO 01 de la Resolucion Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Comunicar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de la Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina WEB de la institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General 12038

Proyectos Especiales: Chira MORDAZA - Alto MORDAZA, son organismos dependientes de la Gerencia General Regional; Que, mediante Informe Nº 062-2004/GR-410000, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, manifiesta que el Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira MORDAZA solicita que la dependencia funcional de dicho Proyecto sea la Presidencia del Gobierno Regional, por la envergadura del Proyecto y la importancia para el desarrollo regional; Que, mediante Informe Nº 049-2004/GRP-400000, la Gerencia General Regional solicita que se incluya en dicho articulo la percepcion de dietas para los miembros del Directorio del Proyecto Especial Chira MORDAZA, menciona que la Ordenanza Regional a modificar no precisa que el organo MORDAZA del Proyecto Especial Chira MORDAZA es el Consejo Directivo, tampoco establece que sus integrantes tengan derecho a percibir dietas conforme asi lo ha indicado en el numeral 1 literal a) del mismo articulo respecto del Directorio de la Actividad Productiva PIMA; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria Nº 05, de fecha 29 de MORDAZA de 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL NUMERAL 3 DEL ARTICULO 92º DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar y modificar el Numeral 3. del articulo 92º del Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como la Estructura Organica del Gobierno Regional MORDAZA, aprobados por Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP-CR, quedando el articulo redactado en los terminos siguientes: "3. DE LOS PROYECTOS ESPECIALES: Chira MORDAZA - Alto MORDAZA Son organismos dependientes de la Presidencia del Gobierno Regional con autonomia tecnica-economica y administrativa, su fuente de financiamiento sera con recursos de Tesoro Publico y/o recursos de Cooperacion Tecnica, de la Sociedad Civil u otras MORDAZA cooperantes. Las funciones, planes operativos, programas de inversion y otros documentos de gestion seran aprobados por el Gobierno Regional informando periodicamente sobre sus avances a la Gerencia General y coordinando con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Oficina Regional de Administracion la ejecucion de su presupuesto y MORDAZA de la informacion contable financiera. a) Del Proyecto Especial Chira Piura: El organo MORDAZA de esta entidad es el Consejo Directivo, cuyos miembros tienen derecho a percibir dietas, por un MORDAZA de dos sesiones por mes, pudiendo reunirse las veces que MORDAZA necesarias por convocatoria del Presidente del Consejo Directivo. Las dietas no tienen caracter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquier otra bonificacion o asignacion de similar concepto." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican numeral 3 del Art. 92º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demas Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Ley de Reforma Constitucional en el Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Nº 27680, establece en su articulo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa; asimismo en el inciso 1. del articulo 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRPCR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de diciembre de 2003, se aprobo la modificacion y complementacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional Piura; Que, en el numeral 3. del articulo 92º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 022-2004/GRP-CR, se establece que los

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