Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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caciones existentes. Se anexaran los planos y calculos de las instalaciones desde el punto de vista estructural y de anclaje a las edificaciones nuevas o existentes. g) Carta de compromiso por la que el Titular se compromete a tomar las medidas necesarias para la prevencion del ruido, vibraciones u otro impacto ambiental comprobado que pueda causar incomodidad a los vecinos por la instalacion o funcionamiento de la EBR. h) Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que debera considerar todos los impactos ambientales generados por la instalacion, operacion, mantenimiento (limpieza) y cierre de las EBRs, asi como las medidas de mitigacion de los mismos. El mencionado estudio debera ser realizado por una empresa autorizada y registrada ante la Municipalidad, hasta que el responsable del sector habilite el registro respectivo. i) En relacion al impacto visual se debera adjuntar el material fotografico (fotomontajes), que permita visualizar la ubicacion de las instalaciones en relacion con el entorno en el que se instalara, sus dimensiones, materiales y otras caracteristicas. j) Certificado de parametros urbanisticos y edificatorios vigente. k) Poliza de seguro vigente hasta el retiro de la EBR, contra todo riesgo, debidamente endosada a favor de la Municipalidad. l) Entrega del certificado vigente por el que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones acredita que las radiaciones electromagneticas de la antena se encuentran dentro de los Limites Maximos Permisibles de acuerdo con el D.S. Nº 038-2003 MTC. Este documento sera en MORDAZA certificada notarialmente. m) Entrega del estudio predictivo del nivel de radiaciones no ionizantes, en MORDAZA certificada notarialmente, debidamente aprobado por Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 7º.- Del Procedimiento.a) El procedimiento de solicitud de Autorizacion de Instalacion de Estaciones Base Radioelectricas, consta de dos etapas: Autorizacion para ejecucion de obras y Finalizacion de la obra. b) Solo con la resolucion de conformidad de obra se podra iniciar la operacion de la EBR. c) Si durante el procedimiento de Autorizacion de Instalacion de la EBR el operador procede a ejecutar las obras de edificacion y/o instalacion de equipos, el tramite sera declarado improcedente de plano. Articulo 8º.- Procedimiento de Autorizacion para Ejecucion de Obras.a) El tramite se inicia con la MORDAZA ante la Unidad de Tramite Documentario de la documentacion completa a que se refiere el articulo precedente. Esta Unidad derivara el expediente a la Subgerencia de Autorizacion y Control de Obra. b) La Subgerencia de Autorizacion y Control de Obra evaluara la documentacion presentada, la misma que una vez conforme sera remitida a la Comision Tecnica Calificadora de Proyectos. Una vez completa la documentacion emitira el informe tecnico correspondiente y se remitira el expediente a la Subgerencia de Defensa Civil para su verificacion e informe. c) Los estudios ambientales (EIA o PAMA) seran remitidos a la Subgerencia de Medio Ambiente y Ecologia para opinion. d) Para la subsanacion de las observaciones, derivadas de los documentos tecnicos que se emitan segun los literales b) y c) del presente articulo, el Operador tendra un plazo de 15 dias calendario de notificadas, vencido este plazo, subsanadas o no las observaciones, se expedira la resolucion correspondiente. e) La Subgerencia de Autorizacion y Control de Obras es competente para conocer el procedimiento de solicitud de Autorizacion de Instalacion de EBR y para expedir la Resolucion Subgerencial que resuelva la solicitud. f) La Resolucion de Autorizacion de Ejecucion de Obra tendra una vigencia de 60 dias calendario. g) MORDAZA del vencimiento del plazo de vigencia de la Autorizacion podra solicitarse una prorroga de la misma por 30 dias adicionales. Vencido este plazo debera iniciar nuevamente el tramite.

h) El Operador debera comunicar a la Subgerencia de Autorizaciones y Control de Obra la fecha del inicio de obra, a efecto que esta efectue el Control de Obra. Los controles de obras seran dos, el primero al inicio de la obra y el MORDAZA durante la ejecucion. Articulo 9º.- Procedimiento de Finalizacion de Obra a) MORDAZA del plazo de vencimiento de la Autorizacion el Operador debera presentar ante la Unidad de Tramite Documentario el operador debera presentar el formato de solicitud de finalizacion de obra y el recibo de pago del derecho correspondiente. b) La Solicitud de Finalizacion de Obra presentada por el Operador sera remitida a la Subgerencia de Defensa Civil y a la Subgerencia de Medio Ambiente y Ecologia a efectos que emitan los informes tecnicos sobre los aspectos de su competencia. Igualmente, la Subgerencia de Autorizacion y Control de Obras emitira el informe tecnico correspondiente. c) Con los informes favorables de las Subgerencias mencionadas, la Subgerencia de Autorizaciones y Control de Obra emitira la Resolucion Subgerencial de Finalizacion de Obra, de ser el caso. d) De existir observaciones en los informes tecnicos a que se refiere el literal c), el Operador debera subsanarlas en un plazo no mayor de 15 dias calendario de notificadas, vencido este plazo subsanadas o no las observaciones, se expedira la resolucion que concluya el proceso. Articulo 10º.- Obligaciones del Operador posteriores a la Instalacion.a) Presentar anualmente a la Municipalidad a traves de la Subgerencia de Medio Ambiente y Ecologia MORDAZA simple del certificado que acredite que las radiaciones electromagneticas de la antena se encuentran dentro de los Limites Maximos Permisibles, emitidos por los organos correspondientes. b) Comunicar a la Municipalidad a traves de la Subgerencia de Autorizacion y Control de Obras cualquier modificacion que se realice en las instalaciones de la EBR. c) Remitir el plan de mantenimiento anual a la Municipalidad a traves de la Subgerencia de Planeamiento, Catastro y Control MORDAZA indicando la fecha en que se ejecutaran los trabajos de mantenimiento y limpieza de las EBR. d) La ejecucion de los trabajos de construccion, instalacion, mantenimiento, modificacion de las EBR, debera realizarse de acuerdo al horario para la ejecucion de obras establecido en el Decreto de Alcaldia Nº 008-96-DASS, modificado por el Decreto de Alcaldia Nº 03-2001-MSS. e) Comunicar a la Municipalidad del inicio y cese de operaciones de la EBR. f) Desmontar totalmente la EBR que no se encuentre en operacion. g) Proceder al retiro de los equipos, desmontaje de las estructuras y demolicion de las edificaciones al requerimiento de la Municipalidad siguiendo los procedimientos establecidos en la Ley. Articulo 11º.- Procedimiento del Desmontaje y Retiro.- Para el retiro de la EBR, el operador debera presentar: a) Comunicacion por escrito, en la que senale la fecha en que se llevara a cabo el retiro y desmontaje de la EBR. b) Cronograma de las actividades para el retiro de los equipos, de las estructuras y demolicion de las edificaciones. Articulo 12º.- De los derechos administrativos.- El costo de los derechos administrativos sera el siguiente: ITEM Autorizacion para ejecucion de obras, para instalacion de EBR Conformidad de obra de instalacion de EBR COSTO 1,658.43 51.83% UIT 980.41 30.64% UIT

Articulo 13º.- De las infracciones y sanciones.- Cualquier trasgresion a las normas de la presente Ordenanza, sera sancionada con multa, decomiso, demolicion o desmontaje total de la Estacion Base Radioelectrica, de ser el caso.

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