Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004
COD. INFRACCION B-14 Por dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra su integridad fisica B-15 Realizar el servicio en vias prohibidas y/o de alta velocidad, aceras o pasajes peatonales. B-16 Adelantar Vehiculos entablando competencia o MORDAZA a la velocidad B-17 Prestar el servicio con audifonos y/o tener equipos de radio con volumen alto B-18 Llevar pasajeros en lugar diferente a los asientos de la cabina de pasajeros o fuera de MORDAZA, asi como movilizar persona(s) en la cabina del conductor. B-19 Por no haber asistido al (los) curso (s) de educacion y Seguridad vial B-20 Prestar el servicio sin portar la Credencial del Conductor B-21 Prestar el servicio especial sin cuidar la apariencia y el aseo personal B-22 Transportar materiales suspendidos en el chasis y/o arrastrando en la superficie B-23 Por no tener sticker codificado en el parabrisa del vehiculo B-24 Negarse a prestar el servicio a escolares, ancianos y minusvalidos. B-25 No contar con botiquin o maletin de primeros auxilios debidamente implementados para su uso B-26 Prestar el servicio especial sin portar el Certificado de Operacion. *

NORMAS LEGALES
MORDAZA MED. ACCESORIAS G

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Suspension de la Credencial del conductor por un mes

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Se considerara reincidencia a la comision de la misma infraccion dentro del periodo de 12 meses contabilizados a partir de la fecha en que fue aplicada la papeleta de infraccion. La(s) reincidencia(s) en la comision de infraccion(es) tipificada(s) como falta leve o grave, ocasionara que se imponga la sancion inmediatamente superior segun corresponda, pudiendo imponer la sancion tipificada como falta muy grave, manteniendose como tal todas las infracciones(reincidencias) que con posteridad cometa el infractor La primera o mas reincidencias que se cometan por infracciones de codigo B-12 y B18, tendran como medida accesoria el internamiento de la vehiculo menor al deposito municipal. En la primera o siguientes reincidencias que se cometan por infraccion de codigo B17, tendran como medida accesoria la suspension de un mes de vigencia de la credencial del conductor.

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Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000062-2004/MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 15 de junio del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES En Sesion Extraordinaria del 15 de junio del 2004, Vistos y Oidos, el Informe Nº 054-2004-GA/MDSJM de fecha 14.6.2004 emitido por la Gerencia de Administracion; Informe Nº 072-PVL-2004 de fecha 14.6.2004 emitido por la Administradora del Programa del Vaso de Leche; Informe Nº 868-2004-MDSJM/GM-OAJ de fecha 15.6.2004 emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, referente a la situacion de urgencia respecto a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, Item I: Tarros de leche evaporada entera e Item II: Hojuela de quinua enriquecida con cereales, vitaminas y minerales. CONSIDERANDO: Que, el Gerente de Administracion mediante Informe Nº 054-2004-GA/MDSJM del 14.6.2004, senala que

con fecha 21 de diciembre del 2003, se convoco la Licitacion Publica Nacional Nº 0004-2003-CE/MDSJM, para la Adquisicion de Suministro de Insumo para el Programa del Vaso de Leche, el mismo que se encuentra en MORDAZA en su etapa de OBSERVACIONES A LAS BASES, indicando que en esta etapa las empresas CORLAC S.A., MALTERIA MORDAZA S.A. e INSUMOS MANTARO S.R.L., presentaron observaciones a las Bases, los cuales parte de estas no han sido acogidas por el Comite Especial; razon por lo cual dichas empresas previo requerimiento del Comite Especial, cumplieron con cancelar las tasas correspondientes ante CONSUCODE, en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE, para elevar las Observaciones no acogidas al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, conjuntamente con los documentos del MORDAZA y el Informe Tecnico del Comite Especial, el mismo que fue elevado mediante Oficio Nº 001-2004-CE/MDSJM con fecha 22 de enero del 2004, dando cumplimiento de esta forma con lo dispuesto en el Articulo 78º del D.S. Nº 013-2001-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en consecuencia el Comite Especial en esa fecha se encontraba a la espera del PRONUNCIAMIENTO por parte del CONSUCODE, para proceder con INTEGRAR LAS BASES conforme a la MORDAZA acotada anteriormente; posteriormente el 18 de febrero del 2004, el Comite Especial recepciona el Oficio Nº 104-2004(PRE) - CONSUCODE, mediante el cual les alcanzan el PRONUNCIAMIENTO Nº 031-2004(GTN), dando respuesta al Pronunciamiento, se eleva el Proyecto de Integracion de Bases al CONSUCODE con Oficio Nº 002-2004-CE/MDSJM de fecha 26 de febrero del 2004, recepcionado por dicha entidad el 1.3.2004. Asimismo informa que posteriormente CONSUCODE remitio al Comite Especial el Oficio Nº 169-2004(GTN/ ATN) recibido el 15.3.2004 mediante el cual indica que se deben modificar y reformular las Bases, en el aspecto relacionado a la capacidad de acopio y recepcion de leche fresca de latas diarias, asi como la capacidad instalada de produccion de toneladas metricas respecto a la Hojuela de Quinua Enriquecida, y finalmente al Stock requerido entre otros puntos, y que en atencion a lo requerido, el 25.3.2004 el Comite Especial remitio el Proyecto de Integracion de Bases al CONSUCODE mediante el Oficio Nº 003-2004-CE/MDSJM, para su aprobacion; en respuesta a la remision del proyecto de Integracion de Bases el 12.4.2004, el Comite Especial recepciona el Oficio Nº 222-2004 (GTN/ATN), mediante el cual CONSUCODE manifiesta que aun no se han sujetado integramente a lo resuelto por el CONSUCODE mediante el Pronunciamiento Nº 0312004(GTN), reiterando con Oficio Nº 275-2004(GTN/ ATN) ­ CONSUCODE, recepcionado por el Comite Especial el 03.05.2004, por lo que el Comite Especial a fin de darle solucion a lo dispuesto por la Gerencia Tecnica Normativa respecto al Pronunciamiento Nº 0312004(GTN) remite nuevamente un MORDAZA proyecto de Integracion de Bases con Oficio Nº 005-2004-CE/ MDSJM de fecha 4.5.2004, recibido por CONSUCODE el 5.5.2004 y el Oficio Nº 007-2004-CE/MDSJM de fecha 20.5.2004, conteniendo un Informe Tecnico que fundamenta lo requerido por CONSUCODE, por lo que en consecuencia el Comite Especial se encuentra a la espera de la respuesta por parte del CONSUCODE, para proceder con INTEGRAR LAS BASES conforme a la normatividad establecida para las Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 072-PVL-2004 de fecha 14 de junio del ano en curso, la Administradora del Programa del Vaso de Leche, informa que los Contratos Suscritos bajo la modalidad de Menor Cuantia para la adquisicion el Suministro de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, aprobados por Acuerdo de Concejo Nº 000047 de fecha 15-4-2004 (Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua Enriquecida), vencera el 17 de junio del 2004, el cual abastecera para la atencion correspondiente a la semana 26ava. que comprende del 21 al 27 de junio del 2004 y a fin de no quedar desabastecidos solicita se tomen las medidas necesarias para que se adquiera los productos por la modalidad de Situacion de Urgencia por el lapso de 70 dias, en tanto culmine el citado MORDAZA de seleccion y de esta forma no quedar desabastecidos; Que, estando la Licitacion Publica Nacional Nº 004-

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