Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004 MORDAZA de Infraccion Sancion Leve ( L) Grave (G) Muy Grave(MG) CONDUCTOR Y/O PROPIETARIO (% UIT) 2.0 3.0 5.0

NORMAS LEGALES
PERSONA JURIDICA (% UIT) 1.0 2.0 4.0

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1. Guardiania; 2. Multa de la papeleta de infraccion; y, 3. De traslado del vehiculo menor al deposito municipal en caso se MORDAZA necesitado hacer uso de otro medio movil para trasladar dicho vehiculo al deposito municipal. b) La Resolucion que declare fundado el recurso impugnativo presentado. Los vehiculos internados en el deposito municipal seran retirados por sus propietarios o representantes debidamente facultados, para lo cual presentaran como minimo los siguientes documentos: 1. MORDAZA de la tarjeta de propiedad (o contrato de compra - venta legalizado, MORDAZA del documento Nacional de identidad o carne de identificacion personal del propietario); 2. MORDAZA de la boleta de internamiento; y, 3. La original de la Orden de MORDAZA o la Resolucion correspondiente. Articulo 58º.- El (los) vehiculo (s) internado (s) en el deposito municipal, debera(n) ser puestos a disposicion de la policia Nacional del Peru o del juzgado competente, cuando MORDAZA solicitados de conformidad a los procedimientos legales respectivos. Cuando el vehiculo menor internado permanezca mas de sesenta (60) dias calendario en el deposito municipal sin ser reclamado por su propietario, la Municipalidad procedera a subastarlo mediante Subasta publica de acuerdo a Ley. Articulo 59º.- El importe correspondiente a los gastos por traslado del vehiculo al deposito municipal y guardiania es como sigue: - Traslado del vehiculo menor al deposito municipal - Costo diario por guardiania del vehiculo menor al deposito Municipal (0.90% UIT) (0.24% UIT)

Articulo 47º.- Las sanciones que se impongan por infracciones a la presente ordenanza son: a) Multa. b) Internamiento del vehiculo en el deposito municipal. c) Suspension temporal del vehiculo y conductor para la prestacion del servicio especial. d) Cancelacion de la Autorizacion otorgada. Articulo 48º.- Las sanciones por infracciones a la presente Ordenanza seran impuestas por los Inspectores Municipales y/o personal autorizado por la Municipalidad, pudiendo tener el apoyo de la Policia Nacional del Peru, tal como lo dispone el D.S. Nº 004-2000-MTC. Articulo 49º.- Con motivo de su intervencion y cuando el caso lo amerite, el Inspector Municipal o personal autorizado elaborara el Informe que servira para la aplicacion de la resolucion de sancion que sera emitida por la Gerencia de Seguridad Ciudadana. CAPITULO III DE LOS PROCEDIMIENTOS Articulo 50º.- Para la aplicacion de las papeletas de infraccion, el Inspector Municipal y/o personal autorizado, constatada la comision de la infraccion prevista en la presente Ordenanza, solicitara al conductor la credencial del conductor, certificado de operacion, y verificara el sticker de identificacion del vehiculo. Los documentos seran devueltos con la correspondiente papeleta de infraccion, la que debera ser firmada por el conductor. En caso que el infractor se negara a firmar la papeleta de infraccion, motivara que el Inspector Municipal y/o el personal autorizado deje MORDAZA de este hecho en la misma papeleta, sin que ello invalide o reste eficacia en modo alguno a la sancion impuesta. Articulo 51.- El conductor y/o propietario del vehiculo y en su caso, la persona juridica prestadora del servicio especial, son solidariamente responsables ante la Municipalidad de las infracciones que constate y sancione el inspector municipal o personal autorizado Articulo 52º.- Si en el momento de la intervencion, el conductor se negase a presentar o no tuviera consigo los documentos requeridos por el inspector municipal y/o personal autorizado, motivara que este disponga que el vehiculo menor sea trasladado e internado en el deposito municipal, aplicando la papeleta de infraccion segun corresponda. Articulo 53º.- El infractor con la MORDAZA de la papeleta de infraccion debera acercarse a la ventanilla de la SubGerencia de tesoreria de esta Municipalidad, para cancelar el importe establecido. Articulo 54º.- Si el monto de la multa impuesta a traves de la papeleta de Infraccion, es cancelado dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes a la fecha en que se impuso, tendra un descuento equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la misma. Articulo 55º.- Si la papeleta de infraccion correspondiente, no es cancelada en el plazo de treinta (30) dias calendarios de impuesta, se procedera de conformidad con la ley de ejecucion coactiva. Articulo 56º.- Los recursos impugnatorios contra los actos administrativos que se generen como producto de la aplicacion de la presente Ordenanza, seguiran el procedimiento siguiente: a) Recurso de Reconsideracion, en primera instancia sera resuelto por la Gerencia de Seguridad Ciudadana. b) Recurso de Apelacion, en MORDAZA instancia sera resuelto por Alcaldia. Articulo 57º.- Para recuperar los vehiculos internados en el deposito municipal se requiere: a) La Orden de MORDAZA firmada por el Gerente de Seguridad Ciudadana, luego que el infractor presente el (los) recibo (s) de pago cancelado(s) por concepto de:

TITULO V DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Para la prestacion del servicio especial en la jurisdiccion de San MORDAZA de Miraflores de conformidad a la Ley de Creacion del Distrito Nº 15382 se realizara en tres (3) zonas de Trabajo las cuales son: a) MORDAZA de Trabajo Nº I (Pamplona ­ Ciudad) con Codigo PC ­ ZOTRA I con los limites siguientes: Por el Este: Jr. Miraflores, Oeste: Panamericana Sur, Norte: Cementerio Senor de los MORDAZA, Sur: Av. Los Heroes; b) MORDAZA de Trabajo Nº II (San Juan) con Codigo: SJ ­ ZOTRA II con los limites siguientes: Por el Este: Av. 28 de MORDAZA y Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, Oeste: Av. Panamericana Sur, norte: AV. Los Heroes, sur: Av. MORDAZA Pumacahua; y, c) MORDAZA de Trabajo Nº III (Panamericana Sur) con Codigo: PASUR ­ ZOTRA III con los limites siguientes: Por el Este: Panamericana Sur, Oeste: Distrito de Chorrillos, Norte: Av. MORDAZA MORDAZA, Sur: Panamericana Sur KM 22. Segunda.- Los vehiculos menores autorizados por la Municipalidad deberan estar pintados con los MORDAZA autorizados, de manera uniforme: Techo: MORDAZA Electrico, Lateral: MORDAZA, segun diseno de la Sub-Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial. Tercera.- El pago de los derechos y multas se efectuaran en la Sub-Gerencia de Tesoreria y la recaudacion de las sanciones por infracciones que genera la presente Ordenanza, se destinara exclusivamente a las acciones de mantenimiento, mejoramiento de infraestructura Vial y al equipamiento de la Sub-Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial. Cuarta.- Las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza, seran sancionadas con una escala de multas, teniendo como referencia la unidad impositiva tributaria vigente. Quinta.- La Gerencia Municipal, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sub-Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial velara por el cumplimiento de la presente Ordenanza.

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